10.2 Tipos de Discriminación Laboral Prohibidos bajo INA
Prácticas Documentales Injustas
INA prohíbe cometer prácticas documentales injustas, lo que significa discriminar a un empleado cuando verifica su identidad y autorización de empleo (generalmente, los procesos del Formulario I-9 e E-Verify). Las prácticas documentales injustas generalmente ocurren cuando los empleadores tratan a las personas de manera diferente debido al origen nacional, ciudadanía o estatus de inmigración en el Formulario I-9 o el proceso E-Verify, o cualquier otro proceso que un empleador pueda utilizar para verificar la elegibilidad de empleo. Esto se puede clasificar en términos generales en tres tipos de conducta:
- Solicitar que una persona presente más o diferentes documentos que los requeridos en el Formulario I-9 para demostrar su identidad y autorización de empleo;
- Solicitar que las personas presenten un documento en particular, como un Formulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente, para demostrar la identidad y / o autorización de empleo, y
- Rechazar documentos que razonablemente parecen ser genuinos y estar relacionados con las personas que los presentan.
Estas prácticas pueden constituir prácticas documentales injustas si se cometen en función de la ciudadanía, estatus de inmigración u origen nacional, y deben evitarse al verificar la elegibilidad de empleo.
Discriminación por Estatus de Ciudadanía
La discriminación por ciudadanía o estatus de inmigración ocurre cuando un empleador trata a las personas de manera diferente en función de su ciudadanía o estatus de inmigración real o percibido con respecto a la contratación, despido o reclutamiento, o referido por pago si el empleador tiene cuatro o más empleados. Los ciudadanos estadounidenses, asilados, refugiados y los residentes permanentes recientes están protegidos contra este tipo de discriminación.
Nota: Ciertos empleadores están obligados por ley, orden ejecutiva, reglamento o contrato gubernamental a contratar únicamente ciudadanos estadounidenses para ocupar puestos específicos.
Discriminación por Origen Nacional
La discriminación por origen nacional generalmente ocurre cuando un empleador trata a las personas de manera diferente por su origen nacional con respecto a la contratación, despido, reclutamiento o referido por pago. El origen nacional de una persona puede relacionarse con muchas cosas, como su lugar de nacimiento, país de origen, origen étnico, ascendencia, idioma nativo, acento, o la percepción de que una persona “se ve o habla como” extranjera. La prohibición de la discriminación por origen nacional de INA generalmente cubre a empleadores con de 4 a 14 empleados y protege a todas las personas autorizadas para el empleo. La EEOC generalmente tiene jurisdicción sobre las reclamaciones de origen nacional que involucran a empleadores con 15 o más empleados, independientemente del estatus de autorización de empleo de las víctimas de discriminación.
Represalias
Un empleador u otra entidad bajo estas disposiciones no puede intimidar, amenazar, coaccionar o tomar represalias contra un empleado porque:
- Presente una querella o denuncia de discriminación laboral relacionada con la inmigración;
- Testifique o participe en cualquier investigación, procedimiento o audiencia de IER, o
- De otra manera, reclamó sus derechos o los de otra persona según las disposiciones antidiscriminatorias de INA.