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      • I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus
      • I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
      • I-90, Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente (Green Card)
      • N-400, Solicitud de Naturalización
    • Formularios Basados en la Familia

      • I-129F, Petición de Prometido o Prometida Extranjero(a)
      • I-130, Petición de Familiar Extranjero
      • I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial
      • I-600, Petición para Clasificar Huérfano como Familiar Inmediato
      • I-751, Petición para Cancelar las Condiciones de Residencia
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      • I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero
      • I-526, Petición de Inmigrante por Inversionista Independiente
      • I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante
    • Formularios Basados en Asuntos Humanitarios

      • I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción
      • I-730, Petición de Familiar Refugiado/Asilado
      • I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal
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Book outline for Manual para Empleadores M-274
  • Manual para Empleadores M-274
    • 1.0 ¿Por qué los empleadores deben verificar la autorización de empleo y la identidad de los nuevos empleados?
    • 2.0 ¿Quién debe completar el Formulario I-9?
    • 3.0 Completar la Sección 1: Información y Certificación del Empleado
    • 4.0 Completar la Sección 2: Revisión y verificación del Empleador
    • 5.0 Extensiones Automáticas de Autorización de Empleo y/o Documentos de Autorización de Empleo (EAD) en Ciertas Circunstancias
    • 6.0 Completar el Suplemento B, Nueva Verificación y Recontratación del Formulario I-9
    • 7.0 Evidencia de Autorización de Empleo para Ciertas Categorías
      • 7.1 Residentes Permanentes Legales (LPR, por sus siglas en inglés)
      • 7.2 Indios Americanos
      • 7.3 Refugiados y Asilados
      • 7.4 Visitantes de Intercambio y Estudiantes
        • 7.4.1 Visitantes de Intercambio (J-1)
        • 7.4.2 Estudiantes No Inmigrantes F-1 y M-1
      • 7.5 H-1B Ocupaciones Especiales
      • 7.6 Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales H-2A
      • 7.7 Extensiones de Estadía para Otras Categorías de No Inmigrantes
      • 7.8 Estatus de No Inmigrante T y U
      • 7.9 Otros Trabajadores Temporales
    • 8.0 Reglas para la Continuación de Empleo y Otras Reglas Especiales
    • 9.0 Corregir Errores o Información Faltante en el Formulario I-9
    • 10.0 Retención del Formulario I-9
    • 11.0 Discriminación Ilegal y Sanciones por Prácticas Prohibidas
    • 12.0 Instrucciones para Reclutadores y Agentes Agrícolas a Cambio de una Pago
    • 13.0 Documentos Aceptables para Verificar la Autorización de Empleo y la Identidad
    • 14.0 Algunas preguntas que usted podría tener sobre el Formulario I-9
    • Apéndice A: Abreviaturas comunes para la presentación de documentos en la Sección 2
    • Resumen de cambios al M-274
    • Tabla de Contenido
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  1. Inicio
  2. Manual para Empleadores M-274

7.4.1 Visitantes de Intercambio (J-1)

Los visitantes de intercambio pueden trabajar en Estados Unidos si el trabajo es parte del programa aprobado por los participantes (por ejemplo, maestros J-1, profesores, consejeros de campamentos de verano, viajes de trabajo de verano, au pairs) o cuando el patrocinador oficial del programa aprueba su empleo (por ejemplo, estudiantes J-1). Los empleadores no pueden emplear a un participante J-1 a sabiendas de que el visitante de intercambio está realizando un trabajo fuera de su programa aprobado.

El Departamento de Estado (DOS) administra los programas de visitantes de intercambio y designa a los patrocinadores. Los patrocinadores del programa emiten el Formulario DS-2019, Certificado de Elegibilidad al Estatus de Visitante de Intercambio (J-1) a los participantes. Los visitantes de intercambio vienen a Estados Unidos por un período de tiempo específico para participar en un programa o actividad en particular, como se describe en su Formulario DS-2019. Solo los visitantes de intercambio J-1 con empleo autorizado bajo los términos de su programa pueden usar el Formulario DS-2019 como documentación al completar el Formulario I-9.

Actualmente, DOS designa entidades públicas y privadas para actuar como patrocinadores de intercambio para los siguientes programas:

Programas de Intercambio de Visitantes

  • Profesores e investigadores
  • Académicos a corto plazo
  • Aprendices y pasantes
  • Estudiantes universitarios
  • Profesores
  • Estudiantes de escuela secundaria
  • Especialistas
  • Médicos
  • Visitantes Internacionales
  • Visitantes gubernamentales
  • Asesores de campamento
  • Au pairs
  • Viajes de trabajo de verano

Programas de Memorándum de Entendimiento (MOU)

  • Trabajo de verano/viajes: Australia y Nueva Zelanda
  • WEST (trabajo/viajes/ estudio de inglés): Corea del Sur
  • Trabajo/viajes de pasantía: República de Irlanda
  • Pasante/aprendiz (programas innovadores): Portugal
  • Programa de pasantías (ciencias, ingeniería, arquitectura, matemáticas y ocupaciones industriales): México

Los estudiantes de secundaria o preparatoria y los visitantes internacionales no están autorizados a trabajar.

Los oficiales responsables pueden autorizar a otros estudiantes J-1 para el empleo a tiempo parcial en el campus de acuerdo con los términos de una beca, asistencia económica o empleo en el campus basado en circunstancias económicas graves, urgentes o imprevistas. Los oficiales responsables también pueden autorizar a los estudiantes J-1 por un máximo de 18 meses (o para estudiantes de doctorado, un máximo de 36 meses) de formación práctica durante o inmediatamente después de sus estudios. La capacitación práctica J-1 incluye empleo remunerado en el campus y/o pasantías no remuneradas que forman parte del programa de estudio del estudiante. Su oficial responsable debe autorizar el empleo por escrito para la capacitación práctica. Aplican reglas especiales a los estudiantes en pasantías.

El empleo para otros visitantes de intercambio J-1 a veces es específico del trabajo y del sitio y se limita a unos meses.

Para obtener más información sobre estas categorías y su autorización de empleo, comuníquese con el oficial responsable cuyo nombre y número de teléfono se encuentran en el Formulario DS-2019 del empleado o visite el sitio web del DOS en j1visa.state.gov.

DHS emite el Formulario I-94 para visitantes de intercambio que refleja el estatus de no inmigrante J-1. Los patrocinadores del programa designados por el DOS emiten el Formulario DS-2019 respaldado por un oficial responsable, que indica el tipo de trabajo que un visitante de intercambio está autorizado a realizar. Para los estudiantes J-1, el oficial responsable prepara documentación informal adicional (una carta) que verifica la autorización de empleo.

El visitante de intercambio J-1 debe ingresar la fecha de finalización del programa DS-2019 en la Sección 1 como la fecha en que expira la autorización de empleo. Un estudiante J-1 debe ingresar en la Sección 1 la fecha de caducidad de la carta del oficial responsable que autoriza el empleo, o la fecha de finalización del programa en el DS-2019 si se emite para capacitación académica.

En la Sección 2, puede ingresar:

  • Un documento de la Lista A, que incluye la combinación de:
    • Un pasaporte extranjero;
    • Formulario I-94 que indica el estatus de no inmigrante J-1; y
    • Formulario DS-2019 con el endoso del oficial responsable. Ingrese el número del Sistema de Información para Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS) como número de documento y la fecha de finalización del programa como fecha de vencimiento del documento.
  • Un estudiante J-1 también debe proporcionar una carta del oficial responsable. Ingrese la información del documento en el campo “Información adicional”.

Documentos de la lista B y C:

  • Por ejemplo, una licencia de conducir estatal (Lista B) y un Formulario I-94 que indique el estatus de no inmigrante J-1 con un Formulario DS-2019 debidamente aprobado (Lista C Nro. 7).
    • Ingrese el número SEVIS como número de documento y la fecha de finalización del programa como fecha de vencimiento.
  • Un estudiante J-1 también debe proporcionar una carta del oficial responsable. Ingrese la información en el campo Información adicional.

Si el visitante de intercambio J-1, se transfiere a un programa diferente o cambia de patrocinador, su Formulario DS-2019 debe indicar el nuevo programa o patrocinador.

Algunos visitantes de intercambio pueden extender su estatus. Si tiene preguntas sobre la autorización de empleo continua de cualquier visitante de intercambio, comuníquese con el oficial responsable cuyo nombre y número de teléfono se encuentran en el Formulario DS-2019 del empleado.

Los dependientes de un visitante de intercambio J-1 se clasifican como no inmigrantes J-2 y solo están autorizados a trabajar si USCIS les emitió un EAD. El pasaporte extranjero de un no inmigrante J-2 y el Formulario I-94 no son evidencia de identidad y autorización de empleo para fines del Formulario I-9.

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Última Revisión/Actualización: 10/17/2023
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