7.1 Residentes Permanentes Legales (LPR, por sus siglas en inglés)
Debe permitir que los empleados elijan qué documento(s) presentarán de las Listas de Documentos Aceptables. En la Sección 2, un LPR puede optar por presentar un documento de la Lista A (como el Formulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente, comúnmente conocida como Tarjeta Verde o Green Cards) o una combinación de documentos de las Listas B y C (como una licencia de conducir emitida por el estado y una tarjeta de Seguro Social sin restricciones). No está obligado a volver a verificar la elegibilidad de empleo de un residente permanente legal que presentó estos documentos y no debe volver a verificar su autorización de empleo.
Los Formularios I-551 pueden:
- No tener fecha de caducidad; emitimos estas tarjetas desde enero de 1977 hasta agosto de 1989.
- Tener una fecha de vencimiento de 10 años.
- Tener una fecha de vencimiento de dos años.
Los LPR también pueden presentar un PRC vencido o que expira, en combinación con cualquiera de estas notificaciones de recibo como un documento de la Lista A:
- Formulario I-797, Notificación de Acción, Notificación de Recibo para el Formulario I-90, Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente.
- Formulario I-797C, Notificación de Acción, Notificación de Recibo del Formulario N-400, Solicitud de Naturalización, que contiene una extensión automática de la Tarjeta de Residente Permanente.
La Notificación de Recibo extiende la validez de la Tarjeta de Residente Permanente más allá de la fecha en el anverso de la tarjeta. La Notificación de Recibo especificará la duración de la extensión automática.
La verificación no es necesaria cuando alguno de los documentos enumerados anteriormente en esta sección caduca.
El Formulario Temporal I-551 Requiere Nueva Verificación
Si un LPR o residente condicional presenta uno de los Formularios I-551 temporales que se enumeran a continuación, debe volver a verificar su autorización de empleo utilizando el Suplemento B, Nueva Verificación y Recontratación:
- Lista A de recibos: La parte de llegada del Formulario I-94551, Registro de Entrada/Salida, que contiene un sello temporal I- (ADIT) vigente y una fotografía del empleado. El empleado debe presentarle su Formulario I-551 a más tardar cuando expire el sello, o un año después de que el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos emita el Formulario I-94 si el sello no muestra una fecha de vencimiento.
- Documentos de la Lista A: Un pasaporte extranjero con un sello temporal I- 551 (ADIT) o una anotación impresa I-551 en una visa de inmigrante legible por máquina (MRIV). El empleado debe presentarle un documento de la Lista A o la Lista C cuando expire el sello, o un año después de la fecha de admisión, si el sello no contiene una fecha de vencimiento.
- La mayoría de los MRIV contienen el siguiente texto en la visa: “TRAS LA APROBACIÓN SIRVE COMO I-551 TEMPORAL QUE EVIDENCIA LA RESIDENCIA PERMANENTE DURANTE 1 AÑO”. El período de un año comienza en la fecha de admisión. Si el empleado recibe un MRIV sin la declaración “DURANTE 1 AÑO”, debe tratar el MRIV como prueba del estatus de residente permanente durante un año a partir de la fecha de admisión.
- Si el sello en el pasaporte está marcado “CR-1” y está cerca, pero no en el MRIV, sigue siendo un endoso válido.
- Ingrese el número en letra roja debajo de la fecha de caducidad en el MRIV como número de documento.
- Documento de la Lista C: Un PRC vencido con un Formulario I-797, Notificación de Acción, Notificación de Recibo para un Formulario I-751, Petición para Eliminar Condiciones o un Formulario I-829, Petición del Inversionista para Eliminar Condiciones en el Estatus de Residente Permanente, que indica que USCIS ha extendido la validez de la tarjeta. Debe volver a verificar la autorización de empleo del empleado antes de que finalice su prórroga.