7.4.2 Estudiantes No Inmigrantes F-1 y M-1
Los estudiantes extranjeros que cursan estudios académicos y/o programas de capacitación en idiomas se clasifican como no inmigrantes F-1, mientras que los estudiantes extranjeros que cursan estudios no académicos o vocacionales se clasifican como no inmigrantes M-1. Los oficiales escolares designados (DSO) en las escuelas certificadas emiten el Formulario I-20, Certificado de Elegibilidad para Estudiantes No Inmigrantes (F-1) / (M-1). Los estudiantes académicos o vocacionales extranjeros pueden trabajar en Estados Unidos bajo ciertas circunstancias. DHS emite documentos que establecen la autorización de empleo según el tipo de estudiante y el tipo de empleo.
Estudiantes Académicos en Estatus de No Inmigrante F-1
Los estudiantes F-1 no pueden trabajar fuera del campus durante el primer año académico, pero pueden aceptar un empleo en el campus sujeto a ciertas condiciones y restricciones. Después del primer año académico, los estudiantes F-1 pueden buscar empleo fuera del campus a través de una variedad de programas. La siguiente tabla muestra dónde los estudiantes pueden localizar su fecha de “Autorización para trabajar hasta” para la Sección 1, así como los tipos de documentos que pueden recibir y presentar para fines del Formulario I-9.
Tabla 6: Guía para tipos de empleo F-1
Tipo de empleo F-1 | Estudiantes: dónde encontrar la fecha "Autorización para trabajar hasta" para la Sección 1 | Empleadores: Documentos aceptables para la Sección 2 |
---|---|---|
En el campus | Formulario I-20, Certificado de Elegibilidad al Estatus de Estudiante No Inmigrante, fecha de finalización del programa | Pasaporte extranjero vigente y Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida o Documento de la Lista B y la Lista C (Formulario I-94 vigente) |
Formación práctica curricular (CPT) | Formulario I-20, Certificado de Elegibilidad al Estatus de Estudiante No Inmigrante, fecha de finalización del CPT en el campo de autorización de empleo | Pasaporte extranjero vigente, Formulario I-94 y Formulario I-20 o Documentos de la Lista B y la Lista C (Formulario I-94 vigente con el Formulario I-20) |
Fuera del campus, graves dificultades económicas | Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD) Fecha de caducidad de la tarjeta | EAD |
Fuera del campus, patrocinado por una organización internacional | Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD) Fecha de caducidad de la tarjeta | EAD |
Formación práctica opcional (OPT) | Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD) Fecha de caducidad de la tarjeta | EAD |
OPT ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM) | Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD) Fecha de caducidad de la tarjeta | EAD |
Extensión STEM OPT | Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD) Fecha de caducidad de la tarjeta o EAD vencido Fecha de caducidad de la tarjeta de más 180 días. | EAD o EAD vencido* con el Formulario I-20 respaldado por un oficial escolar designado para la extensión STEM. |
Cubierta de brecha F-1 con petición H-1B pendiente | Ingrese 30 de septiembre y el año en que se presentó la petición H1B. | Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD) y Formulario I-797C, Notificación de Acción para el Formulario I-129, Petición para un Trabajador No InmigranteWorker |
*En circunstancias limitadas, los empleadores pueden aceptar un EAD que parezca estar vencido para la verificación del Formulario I-9. Consulte la extensión STEM OPT a continuación.
Empleo en el Campus
Sujeto a ciertas condiciones, los estudiantes F-1 pueden trabajar en el campus sin la aprobación de USCIS hasta que completen su curso de estudio. La anotación de admisión de no inmigrante F-1 en su Formulario I-94 generalmente indica “D/S” que indica la duración del estatus. El Formulario I-94 del estudiante F-120 proporciona un campo de fecha de finalización del programa, que es la última fecha en que pueden completar el programa académico indicado en el Formulario I-20. El estudiante debe ingresar la fecha de finalización del programa en la Sección 1 como la fecha de vencimiento de la autorización de empleo.
En la Sección 2, puede ingresar:
- Un documento de la Lista A, que incluye la combinación de:
- Un pasaporte extranjero; y
- Formulario I-94 que indica el estatus de no inmigrante F-1.
O
- Documentos de la Lista B y Lista C:
- Por ejemplo, una licencia de conducir estatal (documento de la Lista B) y, bajo la Lista C #7, un Formulario I-94 que indique el estatus de no inmigrante F-1.
No requerimos que registre información del Formulario I-20 del estudiante en la Sección 2 para el empleo en el campus.
Los estudiantes F-1 pueden trabajar:
- En las instalaciones de la escuela, incluidas las empresas comerciales en el lugar que brindan servicios a los estudiantes en el campus, como la librería o la cafetería de la escuela; y
- En una ubicación fuera del campus que esté afiliada educativamente con la escuela.
El empleo que no brinda servicios directos a los estudiantes no es un empleo en el campus. Por ejemplo, una empresa comercial en el campus, como una empresa constructora que construye un edificio escolar, no brinda servicios directos a los estudiantes. Las guías para el empleo en el campus están disponibles en ice.gov/sevis/employment.
El empleo en el campus está limitado a 20 horas semanales el periodo lectivo. Se aplica una excepción a esta limitación en casos de circunstancias emergentes que DHS anuncia en un Notificación del Registro Federal.
Formación Práctica Curricular
La formación práctica curricular (CPT) permite a los estudiantes aceptar trabajo/estudio alterno pagado, pasantía, educación cooperativa o cualquier otro tipo de pasantía o práctica requerida que los empleadores patrocinadores ofrecen a través de acuerdos cooperativos con la escuela. El programa CPT debe ser una parte integral del plan de estudios del programa de grado del estudiante. El DSO debe autorizar el CPT en el Formulario I-20 del estudiante. El estudiante debe ingresar la fecha de finalización del empleo de CPT de la sección de autorización de empleo de su Formulario I-20 en la Sección 1 como la fecha de vencimiento de la autorización de empleo.
En la Sección 2, puede ingresar:
- Un documento de la Lista A, que incluye la combinación de:
- Un pasaporte extranjero;
- Formulario I-94 que indica el estatus de no inmigrante F-1; y
- Formulario I-20 con la visa de empleo de la DSO.
O
- Documentos de la Lista B y Lista C:
- Por ejemplo, una licencia de conducir estatal (documento de la Lista B) y, en la Lista C #7, un Formulario I-94 que indique la condición de no inmigrante F-1 con un Formulario I-20 debidamente estampado. Deberá ingresar el documento adicional de la Lista C en el campo “Información adicional”.
Un Formulario I-20 aceptable para CPT debe tener todos los campos de Autorización de Empleo completados. Estos campos incluyen la situación laboral, el tipo de empleo, la fecha de inicio y fin del empleo, y el nombre y la ubicación del empleador. Utilice la fecha de finalización del empleo CPT del Formulario I-20 como fecha de caducidad en la sección 2.
Los estudiantes de las fronteras que entran a Estados Unidos como no inmigrantes F-1 sólo pueden trabajar como parte de su CPT u OPT posterior a la finalización.
Formación Práctica Opcional (OPT) para Estudiantes F-1 - EAD Obligatorio
OPT proporciona experiencia de formación práctica que se relaciona directamente con el área principal de estudio de un no inmigrante F-1 en el Formulario I-20. Un estudiante F-1 autorizado para OPT puede trabajar hasta 20 horas por semana mientras la escuela está en periodo lectivo y a tiempo completo cuando la escuela no está en periodo lectivo. Después de completar su programa de grado, USCIS puede autorizar a un estudiante F-1 hasta 12 meses de OPT. Ciertos estudiantes F-1 pueden ser elegibles para extender su OPT. Consulte extensión F-1 STEM OPT más adelante para más información.
El oficial escolar designado debe actualizar el Formulario I-20 para indicar una recomendación para OPT. Los estudiantes F-1 deben obtener un EAD de USCIS antes de ser autorizados a trabajar conforme a OPT. El estudiante no podrá empezar a trabajar hasta la fecha indicada en el EAD. El EAD establece la identidad del estudiante y su autorización de empleo a efectos del Formulario I-9.
Al completar la Sección 1, el estudiante debe ingresar la fecha de vencimiento del EAD en el campo “Autorizado para trabajar hasta” en la Sección 1. Al completar la Sección 2 para este estudiante, debe ingresar el número de EAD y la fecha de vencimiento d en la Lista A. Cuando vence el EAD del estudiante, debe volver a verificar la autorización de empleo del estudiante por medio del Suplemento B, Nueva Verificación y Recontratación.
Extensión F-1 STEM OPT
Un estudiante F-1 que recibió una licenciatura, maestría o doctorado en ciencias, tecnología, ingeniería o matemáticas de una escuela acreditada y certificada por el Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP) puede solicitar una extensión de 24 meses de su OPT antes de que expire su autorización de empleo OPT actual. El empleo debe estar directamente relacionado con su área principal de estudio, y usted debe estar inscrito y en buena reputación con E-Verify.
Se requiere el número de identificación de su compañía E-Verify para que el estudiante solicite a USCIS la extensión STEM mediante el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Un estudiante de STEM puede cambiar de empleador o trabajar en un sitio de contratación diferente para el mismo empleador, pero cualquier empleador nuevo o sitio de contratación nuevo debe estar inscrito y estar en buena reputación con E-Verify antes de que el estudiante comience a trabajar. Además, los nuevos empleadores o sitios de contratación deben informar oportunamente cualquier cambio en la información de empleo del estudiante, como se describe a continuación.
El EAD emitido al estudiante F-1 STEM OPT indica “STU: STEM OPT ONLY”. Los siguientes documentos establecen la identidad de un estudiante y la autorización de empleo para el Formulario I-9:
- Un EAD vigente; o
- Un EAD vencido presentado con el Formulario I-20 respaldado por el oficial escolar designado del estudiante que recomienda una extensión STEM si el estudiante presentó su Formulario I-765 a tiempo, pero su solicitud aún está pendiente. Si el estudiante ha cambiado de empleador, este Formulario I-20 también debe contener la información del nuevo empleador.
- En este caso, debe ingresar la siguiente información en la Lista A en la Sección 2:
- Ingrese EAD en el campo “Título del documento”;
- Ingrese el número de EAD en el campo “Número de documento””;
- Ingrese la fecha 180 días a partir de la fecha de caducidad de la tarjeta en el EAD en el campo Fecha de vencimiento”; e
- Ingrese “EAD EXT” en el campo “Información adicional”.
- En este caso, debe ingresar la siguiente información en la Lista A en la Sección 2:
Para actualizar la Sección 2 para un empleado actual con una extensión STEM OPT:
- Revise el Formulario I-20 del empleado respaldado por el oficial escolar designado del estudiante que recomienda una extensión STEM.
- Ingrese “EAD EXT” y la fecha 180 días a partir de la fecha de vencimiento de la tarjeta en el EAD en el campo “Información adicional”. Por ejemplo, EAD EXT mm/dd/aaaa. Si el Formulario I-9 original del empleado se completó en un Formulario I-9 que ya no es válido, ingrese esta información en el campo “Información adicional” en la Sección 2 de una nueva versión válida del Formulario I-9, coloque sus iniciales y la fecha en la anotación, y consérvelo con el Formulario I-9 original del empleado.
Debe volver a verificar la autorización de empleo de este estudiante en la fecha que ingresó en la Sección 2.
El Formulario I-20 del estudiante para STEM OPT debe tener todos los campos de autorización de empleo completados. Estos campos incluyen estatus laboral, tipo de empleo, fecha de inicio y finalización del empleo, y su nombre y ubicación.
Tiene responsabilidades específicas al brindar oportunidades de capacitación práctica a los estudiantes de STEM OPT, que incluyen:
- Inscribirse en E-Verify y permanecer en buena reputación antes de emplear a un estudiante F-1 STEM OPT;
- Implementar un plan de formación formal para aumentar el aprendizaje académico del estudiante a través de la experiencia práctica;
- Completar la porción del empleador y certificar el Formulario I-983, Plan de Capacitación para Estudiantes STEM OPT;
- Informar al DSO y actualizar el Formulario I-983 si hay cambios o desviaciones materiales del plan de capacitación formal del estudiante.
- Informar la terminación del empleo o la partida de un estudiante al DSO dentro de cinco días laborales.
Los requisitos adicionales y la información sobre sus responsabilidades están disponibles en studyinthestates.dhs.gov.
Cubierta de Brecha (Cap-Gap)
El término “brecha de cubierta se refiere al período entre el momento en que regularmente terminaría el estatus de estudiante F-1 de un no inmigrante y comienza su estatus H-1B. Los estudiantes F-1 que buscan cambiar al estatus H-1B pueden ser elegibles para una extensión de cubierta de brecha de estatus y autorización de empleo hasta el 30 de septiembre del año calendario en que presentó el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante (petición H-1B), pero solo si el estatus H-1B del estudiante comienza el 1 de octubre.
Si emplea a un estudiante no inmigrante F-1 en OPT y presentó oportunamente una petición H-1B para ese estudiante, es posible que pueda continuar trabajando más allá de la fecha de vencimiento en su EAD de OPT mientras espera la fecha de inicio de una petición H-1B aprobada o pendiente.
Existen dos tipos de extensiones de cubierta de brecha:
- Extensiones del estatus F-1 solamente (sin OPT): si un estudiante tiene el estatus F-1 cuando presenta una petición H-1B con un formulario de fecha de inicio de octubre, pero el estudiante no está participando actualmente en OPT, recibirá una extensión de cubierta de brecha de su estatus F-1 pero no estará autorizado a trabajar hasta que aprobemos la petición y su estatus H-1B comience el 1 de octubre.
- Extensiones del estatus F-1 y OPT: si un estudiante tiene el estatus F-1 cuando presenta una petición H-1B con una fecha de inicio de octubre y actualmente participa en OPT posterior a la finalización, recibirán una extensión automática de la cubierta de brecha tanto de su estatus de estudiante F-11 como de su período autorizado de OPT posterior a la finalización. Si seleccionamos su petición y permanece pendiente o la aprobamos, el estudiante permanecerá autorizado para trabajar como estudiante F-1 con OPT hasta el 30 de septiembre.
Prórroga automática de la cubierta de brecha por solicitud oportuna de cambio de estatus
Para que un estudiante F-1 pueda recibir una prórroga automática del EAD, debe:
- Presentar a tiempo una petición para cambiar el estatus del estudiante a H-1B; e
- Indicar que la fecha de inicio de empleo del estudiante es el 1 de octubre del año en que presentó la petición H-1B.
El EAD vencido del empleado en combinación con su Formulario I-797C, Notificación de Acción, que muestre los requisitos anteriores es un EAD vigente según la Lista A. Esta extensión automática finaliza si la petición H-1B es rechazada, denegada, revocada o retirada.
Presentado a tiempo significa que presentó la petición H-1B (que indica un cambio de estatus en lugar de un procesamiento consular) durante el período de aceptación mientras la duración de la admisión de estatus F-1 autorizada del estudiante aún estaba vigente. Esto incluye cualquier período de tiempo durante el curso académico de estudio, cualquier período autorizado de OPT posterior a la finalización y el período de preparación de salida de 60 días.
En la Sección 1, un nuevo empleado debe:
- Seleccionar “no ciudadano autorizado a trabajar hasta que”; e
- Ingresar “30 de septiembre” y el año en que se presentó la petición de cambio de estatus H-1B como fecha de vencimiento.
En la Sección 2, debe:
- Ingresar “EAD” como título del documento;
- Ingresar el número de recibo del Formulario I-797C en el campo “Número de documento”;
- Ingresar “30 de septiembre” y el año en que presentó la petición en el campo “Fecha de vencimiento”; e
- Ingresar “CUBIERTA DE BRECHA” en el campo “Información adicional”.
Para actualizar la Sección 2 de un empleado actual elegible para una extensión de cubierta de brecha una vez que reciba el Formulario I-797C, ingrese CUBIERTA DE BRECHA y “30 de septiembre” y el año en que presentó la petición en el campo “Información adicional”. Por ejemplo, CUBIERTA DE BRECHA 30/09/aaaa. Si el Formulario I-9 original del empleado se completó en un Formulario I-9 que ya no es válido, ingrese esta información en el campo “Información adicional” de la Sección 2 de una nueva versión válida del Formulario I-9 y consérvela con el Formulario I-9 original del empleado.
Nueva Verificación para Cubierta de Brecha
Si la extensión automática del EAD de un empleado vence el 1 de octubre, debe volver a verificar su autorización de empleo en el Suplemento B, Nueva Verificación y Recontratación antes del 30 de septiembre del año en que presentó la petición. Cuando aprobemos la petición H-1B, recibirá un Formulario I-797 con el nuevo Formulario I-94 de su empleado. Ingrese el título, el número y la fecha de vencimiento del documento del Formulario I-94 en un campo del Suplemento B para completar la verificación. El empleado también puede presentar cualquier documento de la Lista A o C, o un recibo aceptable de la Lista A o C descrito en la Sección 4.4, Recibos Aceptables, para volver a verificar su autorización de empleo. Si el Formulario I-9 original del empleado se completó en un Formulario I-9 que ya no es válido, vuelva a verificar la autorización de empleo del empleado utilizando un bloque del Suplemento B: Nueva Verificación y Recontratación de una nueva versión válida del Formulario I-9 y consérvelo con el Formulario I-9 original del empleado.
Los empleadores de E-Verify pueden crear un caso en E-Verify para un nuevo empleado con una extensión de la cubierta de brecha utilizando la información provista en su Formulario I-9.
Estudiantes Vocacionales en Estatus de No Inmigrante M-1
Los estudiantes extranjeros que cursan estudios no académicos o vocacionales se clasifican como no inmigrantes M-1. Los estudiantes M-1 solo pueden aceptar empleo después de completar su curso de estudio y si es parte de un programa de capacitación práctica. El estudiante debe recibir un EAD antes de trabajar y solo puede trabajar durante un máximo de seis meses de formación práctica. Ingrese la información del EAD del estudiante M-1 en la Lista A en la Sección 2 del Formulario I-9.
Los dependientes de estudiantes M-1 que tienen estatus M-2 no son elegibles para autorización de empleo.