Aprenda sobre Manteniendo a las Familias Unidas el 19 de Agosto de 2024
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) llevará a cabo dos sesiones de Enlace Público para grupos de interés en inglés y español sobre Manteniendo a las Familias Unidas, un nuevo proceso que permitirá que ciertos no ciudadanos que son cónyuges e hijastros de ciudadanos estadounidenses soliciten el permiso de permanencia temporal en el país (conocido en inglés como “parole in place”). Durante estas sesiones proporcionaremos información sobre los criterios de elegibilidad para este proceso y cómo presentar una petición. Los cónyuges e hijastros no ciudadanos a quienes se les concede el permiso de permanencia temporal en el país a través de este proceso y que cumplen con ciertos requisitos de elegibilidad adicionales pueden solicitar la residencia permanente legal en función de su relación con su cónyuge o padrastro o madrastra ciudadano estadounidense sin tener que salir de Estados Unidos.
Lo que Necesita Saber
Criterios de elegibilidad bajo Manteniendo a las Familias Unidas:
- Los cónyuges no ciudadanos deben haber estado en un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio de 2024; estar presentes sin haber sido admitidos ni haber recibido un permiso de permanencia temporal; haber estado físicamente presentes de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2014 hasta la fecha de presentación de la petición de permiso de permanencia temporal en el país; no representar una amenaza para la seguridad pública, seguridad nacional o seguridad fronteriza; y cumplir con ciertos otros criterios de elegibilidad, así como demostrar según su caso razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo para una concesión discrecional de un permiso de permanencia temporal en el país.
- Los hijastros no ciudadanos (solteros, menores de 21 años al 17 de junio de 2024) deben estar presentes en Estados Unidos sin haber sido admitidos ni haber recibido un permiso de permanencia temporal; haber estado físicamente presentes de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2024 hasta la fecha de presentación de la petición de permiso de permanencia temporal en el país; cumplir con la definición legal de hijastro de un ciudadano estadounidense basada en el matrimonio legalmente válido de sus padres con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio, 2024 (y antes de que el menor cumpla 18 años); no representar una amenaza a la seguridad pública o a la seguridad nacional, y cumplir con ciertos otros criterios de elegibilidad para ser considerado para una concesión discrecional de permiso de permanencia temporal en el país caso por caso por razones humanitarias urgentes o de beneficios público significativo.
Tarifas y formularios:
- Formulario I-131F. Usted debe presentar el Formulario I-131F, Solicitud de Permiso de Permanencia Temporal en el País para Ciertos No Ciudadanos Cónyuges e Hijastros de Ciudadanos Estadounidenses (PDF, 9.25 MB), en línea a través de su cuenta de myUSCIS y pagar la tarifa de presentación de $580. No hay un formulario en papel para este proceso. Si usted presenta una petición por correo postal usando una petición impresa, rechazaremos su petición (no será aprobada ni se le emitirá un recibo). No hay exención de pago de tarifas para el Formulario I-131F bajo este proceso.
- Autorización de Empleo. Si se le otorga el permiso de permanencia temporal en el país bajo este proceso, puede presentar un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. No puede presentar el Formulario I-765 y el Formulario I-131F al mismo tiempo. Si presenta el Formulario I-765 en formato impreso, la tarifa de presentación es $520. Si presenta el Formulario I-765 en línea, la tarifa de presentación es $470. Hay exención de pago de tarifas disponible para el Formulario I-765 para quienes cualifiquen.
Para solicitar un acomodo por discapacidad para participar en los enlaces comunitarios de USCIS, envíenos un correo electrónico a public.engagement@uscis.dhs.gov en o antes de las 5 p.m. del 16 de agosto y escriba en el asunto: “TBD-Date parole in place engagement in English” o “TBD-Date parole in place engagement in Spanish”, según corresponda.
Nota para los medios de comunicación: Estos Enlaces no son para fines de prensa. Envíe un correo electrónico a la oficina de prensa de USCIS a media@uscis.dhs.gov para cualquier consulta de los medios.