G-325R, Información Biográfica (Registro)
Utilice este formulario para proporcionar información biográfica cuando solicita el registro de extranjero y que se le tomen las huellas dactilares bajo la sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (8 U.S.C. 1302). Consulte nuestra página Requisito de Registro de Extranjero para obtener información adicional sobre quién debe registrarse y el proceso de registro.
La Herramienta para Determinación del Requisito de Registro de Extranjeros (ARR) le ayudará a determinar si necesita registrarse. Si no cumple con el ARR, puede enfrentar sanciones penales.

Antes de comenzar su Formulario G-325R, Información Biográfica (Registro), por favor, responda algunas preguntas simples para saber si necesita registrarse.
Si usted no está seguro de si necesita registrarse, esta herramienta podría ayudarle a determinar si tiene que hacerlo. Estas preguntas tienen el único propósito de ayudarlo a determinar si debe presentar el Formulario G-325R. Esta herramienta es solo para fines informativos. No constituye asesoramiento legal. No sustituye una consulta con un abogado o un representante acreditado.
La Ley de Inmigración y Nacionalidad requiere que todos los extranjeros, con limitadas excepciones, soliciten el registro y provean sus huellas dactilares si:
- Tienen 14 años de edad o más;
- No se registraron ni proveyeron sus huellas dactilares (si era requerido) cuando solicitaron una visa estadounidense; y
- Permanecen en Estados Unidos por 30 días o más.
Los padres y tutores legales de extranjeros menores de 14 años de edad deben asegurarse de que dichos extranjeros estén registrados. Dentro de los 30 días posteriores a cumplir 14 años, todos los extranjeros previamente registrados deben solicitar registrarse nuevamente y proveer sus p huellas dactilares.
Después de que un extranjero se registre y se presente para la toma de huellas dactilares (a menos que se les exima), DHS le emitirá evidencia de su registro. Si usted es un extranjero de 18 años o más, debe llevar y mantener esta evidencia de registro consigo en todo momento. Si usted es un extranjero que no está registrado (o es un extranjero registrado anteriormente que cumplió 14 años de edad) y está en Estados Unidos por 30 días o más, debe cumplir con estos requisitos. Si usted no cumple, podría enfrentar sanciones penales y civiles, hasta un máximo e incluyendo enjuiciamiento por un delito menor, imposición de multas y encarcelación. Visite la página web Requisito de Registro de Extranjeros para información adicional sobre cómo registrarse.
Detalles del Formulario
Usted debe presentar el Formulario G-325R en línea.
Puede encontrar la tarifa de presentación del Formulario G-325R en nuestra página Desglose de Tarifas.
Cada extranjero que vaya a presentar el Formulario G-325R debe tener su propia cuenta de USCIS en línea individual. Esto incluye a los extranjeros menores de 14 años de edad. Si usted es el padre o tutor legal de un extranjero menor de 14 años que necesita registrarse, usted deberá crear una cuenta de USCIS en línea individual en nombre del menor y con el nombre de este.
Cada extranjero que necesite registrarse debe presentar el Formulario G-325R desde su cuenta individual de USCIS en línea. El Formulario G-325R solo lo puede presentar el propio dueño a nombre de quien está la cuenta de USCIS en línea. Si usted es el padre o tutor legal de un extranjero menor de 14 años de edad que necesite registrarse, deberá presentar el Formulario G-325R en nombre del extranjero a través de la cuenta individual de USCIS en línea de dicho extranjero.
A medida que vaya llenando su Formulario G-325, corrobore cuidadosamente si usted ya se registró. Consulte nuestra página Requisito de Registro de Extranjero para obtener información adicional sobre quién debe registrarse y el proceso de registro.