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Cambiar Mi Estatus de No Inmigrante Basado en el Empleo

Man in hard hat looking at the camera

Si usted está en Estados Unidos en una visa de no inmigrante basada en el empleo y tiene que cambiar a otra visa de no inmigrante basada en el empleo, su empleador debe presentar un Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante, a nombre de usted.

Elegibilidad

Su empleador puede solicitar cambiar su estatus actual de no inmigrante si:

  • Usted fue admitido legalmente en Estados Unidos con una visa de no inmigrante;
  • El estatus de su visa de no inmigrante sigue válido;
  • Usted no ha cometido ningún delito que lo haga inelegible para una visa;
  • Usted no ha violado las condiciones de su admisión; y
  • Su pasaporte es válido y seguirá válido durante la duración de su estadía.

Su solicitud de cambio de estatus depende de su estatus de no inmigrante. Su empleador debe completar el Formulario I-129 si usted está en una de las siguientes categorías basadas en el empleo:

  • E-1 o E-2 (comerciantes de tratados, inversionistas de tratados y empleados de comerciantes e inversionistas de tratados);
  • E-3 (profesionales especializados procedentes de Australia);
  • H-1B, H-2A, H-2B, o H-3 (trabajadores especializados y no especializados y aprendices);
  • L-1A o L-1B (personas transferidas dentro de la misma empresa);
  • O-1 o O-2 (extranjeros con habilidades extraordinarias y sus asistentes);
  • P-1, P-2, o P-3 (atletas y presentadores);
  • Q-1 (visitantes de intercambio cultural internacional);
  • R-1 (trabajadores religiosos); or
  • TN-1 o TN-2 (canadienses y mexicanos bajo el Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (NAFTA).

Usted no es elegible para cambiar su estatus de no inmigrante si fue admitido en Estados Unidos en las siguientes categorías:

  • Programa de Exención de Visas (VWP, por sus siglas en inglés);
  • Miembro de tripulación (no inmigrante D);
  • En tránsito a través de Estados Unidos sin visa (TWOV, por sus siglas en inglés);
  • Ciertos cónyuges o hijos dependientes de ciudadanos estadounidenses (no inmigrantes K-3 o K-4);
  • Prometido de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido (no inmigrante K-1 o K-2); o
  • Informante (y familia acompañante) sobre terrorismo o crimen organizado (no inmigrante de S).

Si usted es un visitante de intercambio internacional (no inmigrante J-1), no puede solicitar cambiar su estatus de no inmigrante si:

  • Fue admitido en Estados Unidos para recibir capacitación médica de posgrado, a menos que usted reciba una exención especial; o
  • Es un visitante de intercambio y tiene que cumplir con el requisito de residencia en el extranjero, a menos que reciba una exención.
    • Si no recibe una exención, solo puede solicitar cambiar su visa a una para funcionarios diplomáticos y otros funcionarios gubernamentales (visa A), o de representante de organizaciones internacionales (visa G).

Cómo Presentar el Formulario

Su empleador debe:

  • Revisar las instrucciones del Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante;
  • Completar y firmar el Formulario I-129;
  • Pagar la tarifa de presentación, si corresponde, y
  • Proporcionar toda la evidencia y documentos de apoyo requeridos. 

Cada categoría de visa tiene requisitos y límites específicos, incluso cuánto tiempo usted puede permanecer en Estados Unidos. Para más información, comuníquese con su empleador, un abogado licenciado o un representante acreditado por BIA.

Qué Sucede Después que Presenta su Formulario

Una vez recibamos su formulario, su empleador recibirá una:

  • Notificación de recibo que confirma que hemos recibido la petición;
  • Notificación de servicios biométricos, si corresponde;
  • Notificación para comparecer a una entrevista, si se requiere; y
  • Notificación de nuestra decisión.

Formularios y Tarifas de Presentación

  • Formulario I-129
  • Use nuestro Calculador de Tarifas para determinar su tarifa.
Última Revisión/Actualización:
10/27/2020
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