Ir a la página principal
Este es el sitio web de prueba de USCIS. Visite uscis.gov/es para ver el sitio oficial de USCIS.
Respuesta de USCIS al Coronavirus (COVID-19)
U.S. flag
Un sitio oficial del Gobierno de Estados Unidos    Así es como usted puede verificarlo
English
Recursos Multilingües
Official Government Website

Los sitios web oficiales usan .gov
Un sitio web .gov pertenece a una organización oficial del Gobierno de Estados Unidos.

Secure Website

Los sitios web seguros .gov usan HTTPS
Un candado ( A locked padlock ) o https:// significa que usted se conectó de forma segura a un sitio web .gov. Comparta información sensible sólo en sitios web oficiales y seguros.

U.S. Department of Homeland Security Seal, U.S. Citizenship and Immigration Services
 
Registrarse  
Acceso a servicios de USCIS en línea.
  • Iniciar Sesión
  • Crear Cuenta
Iniciar Sesión
Crear Cuenta
Horizontal Menu
  • Temas
  • Formularios
  • Noticias
  • Ciudadanía
  • Residencia Permanente
  • Leyes
  • Herramientas
  • Contáctenos
  • Recursos Multilingües
  • Pregúntele a Emma
Main navigation
Ir a la página principal
  • Formularios
    • Todos los Formularios
    • Explorar Mis Opciones
    • Guías para Presentación de Formularios
      • Consejos para la Presentación de Formularios
      • Formularios por correo
      • Cómo Hacer una Petición para Procesamiento Expedito de una Solicitud
      • Cómo Prepararse para su Cita de Servicios Biométricos
      • Cómo Cambiar su Dirección
      • Cómo dar Seguimiento a la Entrega de su Tarjeta Verde, Documento de Autorización de Empleo y Documento de Viaje
      • Ley de Reducción de Papeleo
    • Tarifas de Presentación de Formularios
      • Desglose de Tarifas
      • Calculador de Tarifas
      • Tarifa de Inmigrante de USCIS
        • Guía para Pago de la Tarifa de Inmigrante de USCIS
        • Cómo pagar la Tarifa de Inmigrante de USCIS a través del Sistema Electrónico de Inmigración de USCIS
        • Verificación de Identidad y la Tarifa de Inmigrante de USCIS
        • Pago de la Tarifa de Inmigrante: Consejos sobre cómo encontrar su Número “A” y su número de Identificación de Caso de DOS
      • Formularios Procesados Localidades Seguras (Lockbox) de USCIS
      • Guías de Pobreza
      • Información Adicional sobre Cómo Presentar una Exención de Tarifas
      • Información Adicional Sobre Cómo Presentar una Petición de Reducción de Tarifas
      • Pagar con Tarjeta de Crédito
    • Actualizaciones de Formularios
      • Actualizaciones sobre los Lugares de Presentación de Formularios en Localidades Seguras
      • Requisitos para los Códigos de Barras 2D de USCIS
      • Actualizaciones sobre Transferencias de Cargas de Trabajo
    • Formularios del Departamento de Estado y otros formularios que no pertenecen a USCIS
Breadcrumb
  1. Inicio
  2. Formularios
  3. Explorar Mis Opciones
  4. EB-2: Inmigración Basada en Empleo – Título de Posgrado o Aptitud Excepcional

EB-2: Inmigración Basada en Empleo – Título de Posgrado o Aptitud Excepcional

The reflection on a window glass of a worker and computer data

Puede que usted sea elegible para recibir una visa de trabajador permanente de segunda preferencia (EB-2) basada en un empleo si es un profesional y tiene un título de posgrado o su equivalente, o tiene una aptitud excepcional.

Elegibilidad

Usted necesitará una certificación de condición laboral y deberá cumplir con los criterios básicos de su categoría.

Título de Posgrado

Usted deberá poseer un título de posgrado o su equivalente extranjero, que es un bachillerato o licenciatura más cinco años de experiencia laboral progresiva en su campo.

La documentación aceptable incluye:

  • Un registro académico oficial que muestre que usted tiene un título de posgrado de EE.UU. (o un título extranjero equivalente); o
  • Un registro académico oficial que muestre que usted tiene un título de bachillerato de EE.UU. (o un título extranjero equivalente) y cartas de antiguos empleadores o de su empleador actual que muestren que usted tiene al menos cinco años de experiencia laboral progresiva en su campo después de haber recibido el bachillerato.

Aptitud Excepcional

Usted tendrá que poder demostrar que tiene alguna aptitud excepcional en las ciencias, las artes o los negocios que beneficiará la economía estadounidense, intereses culturales o educativos, o el bienestar en el futuro. Por aptitud excepcional se entiende “un grado de habilidad notablemente por encima de lo que normalmente se encuentra en las ciencias, las letras o los negocios.”

Revisaremos la evidencia que usted presente en conjunto y determinaremos si usted cualifica para esta clasificación.

Exención por Interés Nacional

Si usted va a solicitar que se le exima de la certificación laboral (también llamada oferta de trabajo) porque es de interés para los Estados Unidos, usted es elegible para enviar la petición en su propio nombre. Usted puede hacer esto ya sea si desea clasificarse como miembro de una profesión con un titulo de posgrado o si tiene una aptitud excepcional.

Revisaremos toda la evidencia que usted presente para determinar si satisface los tres criterios y si es en el interés de Estados Unidos otorgarle esta exención discrecional.

Por favor, visite la página Inmigración basada en un empleo: Segunda preferencia EB-2 para más información.

Cómo Presentar el Formulario

Su empleador debe:

  • Revisar las instrucciones del Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero;
  • Completar y firmar el Formulario I-140;
  • Pagar la tarifa de presentación, si se aplica, y
  • Proveer toda la evidencia requerida y documentos de apoyo.

¿Desea recibir notificaciones sobre el estatus de su caso? Entérese como crear una cuenta de USCIS en línea para mantenerse informado.

Qué Sucede Después que Presenta su Formulario

Una vez que recibimos su Formulario I-140, procesaremos su petición y usted recibirá una:

  • Notificación de recibo que confirma que hemos recibido la petición;
  • Notificación de servicios biométricos, si aplica;
  • Notificación para presentarse a una entrevista, si aplica; y
  • Notificación de nuestra decisión.

Ajuste de estatus:

Una vez que aprobemos su petición, usted puede solicitar convertirse en residente legal permanente si hay una visa disponible de acuerdo con el Boletín de Visas del Departamento de Estado. Usted puede hacer esto mediante la presentación del Formulario I-485 si se encuentra en Estados Unidos, o mediante una solicitud en el consulado o embajada estadounidense si se encuentra fuera de Estados Unidos (este es llamado el proceso consular).

Formularios y Tarifas de Presentación

  • Formulario I-140
  • Use nuestro Calculador de Tarifas para determinar su tarifa.
Última Revisión/Actualización:
07/10/2020
¿Fue útil esta página?
0 / 2000
Para proteger su privacidad, por favor no incluya ninguna información personal en sus comentarios. Revise nuestra Política de Privacidad.
Arriba
  • Temas
  • Formularios
  • Noticias
  • Ciudadanía
  • Residencia Permanente
  • Leyes
  • Herramientas
U.S. Department of Homeland Security Seal, U.S. Citizenship and Immigration Services
Facebook
Twitter
YouTube
Instagram
LinkedIn
Email
Contáctenos
U.S. Department of Homeland Security Seal

USCIS.gov

Un sitio web oficial de U.S. Department of Homeland Security

Important links
  • Acerca de USCIS
  • Accesibilidad
  • Presupuesto y Rendimiento
  • Componentes de DHS
  • Ley de Libertad de Información
  • Datos de la Ley No FEAR
  • Privacidad y Descargo de Responsabilidad Legal
  • Mapa del Sitio
  • Oficina del Inspector General
  • Casa Blanca
  • USA.gov
Looking for U.S. government information and services?
Visit USA.gov