Extender mi Estadía de No Inmigrante

Si usted desea extender su estadía en Estados Unidos, le recomendamos que solicite con al menos 45 días antes de que caduque su estadía autorizada. Si usted se queda en Estados Unidos después que caduque su periodo de estadía autorizado, no se le permitirá a usted regresar y/o puede ser removido (deportado) de Estados Unidos. También puede que usted tenga que solicitar una nueva visa en el país de nacionalidad.
Elegibilidad
Por lo general, puede que usted sea elegible para solicitar una extensión de su periodo de estadía autorizado si:
- Usted está actualmente en Estados Unidos con una visa de no inmigrante;
- Su estatus de visa de no inmigrante sigue siendo válido;
- Usted no ha cometido crímenes que lo conviertan en inelegible para una visa;
- Usted no ha violado las condiciones de su admisión; y
- Su pasaporte es válido y permanecerá válido por la duración de su estadía.
Usted puede encontrar la fecha en que expire su estadía autorizada en la esquina inferior derecha de su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida.
Para más información acerca de la elegibilidad y excepciones que pudieran aplicar, vea vea las instrucciones del Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante y nuestra página Extienda su Estadía.
Cómo Presentar el Formulario
Usted puede presentar su formulario en línea o impreso.
Presentación del Formulario En Línea
Cree una cuenta de USCIS en línea y:
- Presente evidencia y pague las tarifas de manera electrónica;
- Reciba actualizaciones de su caso y vea el historial completo de su caso;
- Comuníquese con nosotros de manera segura y directa, y
- Responda las solicitudes de evidencia.
Si usted ya tiene una cuenta de USCIS en línea, simplemente inicie una sesión para comenzar el proceso de presentación en línea.
Presentación del Formulario en Papel
Usted debe:
- Leer las instrucciones del Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante;
- Completar y firmar su Formulario I-539;
- Pagar las tarifas de presentación, si corresponde, y
- Proporcione toda la evidencia y documentación de apoyo requeridas.
Qué Sucede Después que Presenta su Formulario
Una vez que recibimos su FormularioI-539, usted recibirá una:
- Notificación de recibo que confirma que hemos recibido la petición;
- Notificación de servicios biométricos, si corresponde;
- Notificación para presentarse a una entrevista, si corresponde; y
- Notificación de nuestra decisión.
Formularios y Tarifas de Presentación
- Formulario I-539
- Use nuestro Calculador de Tarifas para determinar su tarifa.