Visas E (E-1, E-2 y E-3) para Trabajadores Temporales

La categoría de visa E incluye a comerciantes e inversionistas por tratado que vienen a Estados Unidos bajo en tratado de comercio y navegación entre Estados Unidos y el país del que son ciudadanos o nacionales. Esta categoría también incluye a trabajadores australianos en trabajos especializados.
Elegibilidad
Antes de entrar a Estados Unidos, los comerciantes o inversionistas por tratado y los trabajadores australianos en trabajos especializados deben solicitar y recibir una visa E-1, E-2 o E-3 de parte de un consulado o embajada estadounidense en el extranjero. Una empresa estadounidense también puede solicitar un cambio de estatus a E-1, E-2 o E-1 para un no inmigrante que ya está en Estados Unidos.
Los comerciantes por tratado (E-1) realizan comercio sustancial de bienes, incluidos pero no limitados a servicios y tecnología, principalmente entre Estados Unidos y el país de origen del que son ciudadanos o nacionales.
Los inversionistas por tratado (E-2) invierten una cantidad sustancial de dinero y dirigen las operaciones de una empresa en la que han invertido o invierten activamente.
Los trabajadores australianos en trabajos especializados realizan servicios en un trabajo especializado.
Vea Países con Tratado del Departamento de Estado de Estados Unidos para una lista actualizada de los países con los que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación.
Elegibilidad General para la Clasificación E-1
Para cualificar para la clasificación E-1, usted debe:
- Ser un nacional de un país con el que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación;
- Llevar a cabo comercio sustancial; y
- Llevar a cabo comercio principal entre Estados Unidos y el país con tratado que lo cualificó para la clasificación E-1.
El comercio sustancial, por lo general, se refiere al flujo continuo considerable de artículos comerciales internacionales que implican numerosas transacciones a lo largo del tiempo. Vea la página Comerciantes por Tratado Comercial E-1 para más información.
Elegibilidad General para la Clasificación E-2
Para cualificar para la clasificación E-2, usted debe:
- Ser un nacional de un país con el que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación;
- Haber invertido o estar active en el proceso de invertir una cantidad sustancial de capital en una empresa genuina en Estados Unidos, y
- Buscar entrar a Estados Unidos con el único propósito de desarrollar y dirigir la empresa de inversión.
Vea la página Inversionistas por Tratado Comercial E-2 para más información. Existe una clasificación distinta para los Inversionistas E-2 de CNMI.
Elegibilidad General para la Clasificación E-3
Para cualificar para la clasificación E-3, usted debe:
- Ser nacional de Australia;
- Tener una oferta de empleo legítima en Estados Unidos;
- Tener las credenciales académicas u otras credenciales cualificadas necesarias; y
- Llenar un puesto que cualifique como un trabajo especializado.
Vea la página Ciertos Profesionales Especializados Australianos E-3 para más información.
Clasificaciones de Visas E-1 o E-2 como Empleado de un Comerciante por Tratado o Inversionista por Tratado
Para cualificar para la clasificación E-1 o E-2, usted debe:
- Tener la misma nacionalidad que el empleador extranjero principal (que debe tener la nacionalidad del país con tratado);
- Cumplir con la definición de “empleado” bajo la ley relevante; y
- Estar dedicado a tareas de una posición ejecutiva o de supervisión, o si está empleado en una capacidad menor, tener cualificaciones especiales.
Para más información sobre los comerciantes por tratado, inversionistas por tratado y trabajadores australianos especializados, visite nuestra página Trabajadores Temporales o llame a nuestra línea de información de Servicios a Empleadores, Empresas, Inversionistas y Escuelas (EBISS, por sus siglas en inglés) al 800-357-2099.
Cómo Presentar el Formulario
Para comenzar con el proceso de petición para ajustar estatus, usted o su empleador debe:
- Completar y firmar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante;
- Siempre revise las instrucciones del formulario antes de presentar una petición.
- Pagar la(s) tarifa(s) de presentación, si aplica; y
- Proporcionar toda la evidencia y documentación de apoyo requeridas.
¿Desea obtener notificaciones sobre el estatus de su caso? Entérese cómo crear una cuenta de USCIS en línea para mantenerse informado.
Cómo Presentar su Formulario desde Estados Unidos
Visas E-1 o E-2
Usted no puede solicitar el estatus E-1 o E-2 desde fuera de Estados Unidos. Existe una clasificación distinta para Inversionistas E-2 Solo CNMI
Visas E-3
Usted debe incluir los siguientes documentos con su Formulario I-129:
- Una Solicitud de Condición Laboral (LCA, por sus siglas en inglés);
- Credenciales académicas u otras credenciales que demuestren las cualificaciones para la posición; y
- Una oferta de empleo u otra documentación del empleador que demuestre que usted trabajará en un trabajo especializado y se le pagará un salario más alto del salario actual o prevaleciente.
Cómo Presentar su Formulario desde Fuera de Estados Unidos
Visas E-3
Si le aprobamos su Formulario I-129, le enviaremos un Formulario I-797, Notificación de Acción/Aprobación, a su empleador, quien deberá enviárselo a usted.
El próximo paso que deberá seguir es solicitar una visa estadounidense en una embajada o consulado, por lo general, en su país de residencia en el extranjero. Por favor visite la página web Trabajadores Temporales del Departamento de Estado, para información sobre visas, instrucciones como solicitarlas, e información de contacto de la embajada estadounidense
Qué Sucede Después que Presenta su Formulario
Una vez recibamos su Formulario I-129, procesaremos su solicitud y usted recibirá una:
- Notificación de recibo que confirma que hemos recibido la petición;
- Notificación de servicios biométricos, si aplica;
- Notificación para presentarse a una entrevista, si aplica; y
- Notificación de nuestra decisión.
Después que su petición de visa sea aprobada, puede solicitar una visa E-1, E-2 o E-3 en una embajada o consulado estadounidense. Para más información sobre el procesamiento de solicitudes y tarifas de emisión de visas, vea la página del Departamento de Estado.
Formularios y Tarifas de Presentación
- Formulario I-129
- Utilice nuestro Calculador de Tarifas para determinar su tarifa.