El Programa de Permiso de Reunificación Familiar Haitiano (HFRP)
También puede ver esta página en criollo haitiano.
El Programa de Permiso de Reunificación Familiar Haitiano (HFRP) fue creado en 2014 para permitir que ciertos ciudadanos estadounidenses elegibles y a residentes permanentes legales soliciten un permiso humanitario de ingreso para sus familiares en Haití. Si se les concede el permiso, estos familiares pueden venir a Estados Unidos sin tener que esperar que se cumpla su fecha de prioridad de visa de inmigrante. Una vez que están en Estados Unidos, los beneficiarios pueden solicitar permiso de trabajo mientras esperan para solicitar la residencia permanente legal.
El permiso de permanencia temporal no es una visa de inmigrante y no es igual a tener el estatus de residente permanente legal (LPR) (tener una Tarjeta Verde). Este permiso es carácter temporal y le permite estar en Estados Unidos de manera legal durante el periodo de vigencia del permiso y solicitar una autorización de empleo discrecional.
Puede verificar la fecha de vencimiento de su permiso de permanencia temporal en su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida electrónico.
Solicitar el Estatus de Residente Permanente Legal / Tarjeta Verde
Esperamos que las personas a quienes se les ha otorgado un permiso (parole) bajo el programa HFRP soliciten el estatus de residente permanente legal (una tarjeta verde) tan pronto su visa de inmigrante esté disponible, por lo general, dentro del plazo de dos años de habérseles otorgado el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos. Es responsabilidad suya monitorear cuándo una visa de inmigrante estará disponible. No le enviamos una notificación de alerta cuando su visa de inmigrante esté disponible, ni damos seguimiento si cualquier beneficiario derivado ha cumplido la edad límite (aged-out) de su elegibilidad para obtener una tarjeta de residente permanente y puede que tengan que solicitar una nueva petición o solicitud. (Vea nuestra página Ley de Protección del Estatus del Menor para más información.)
Por favor, vea la información (PDF, 173.88 KB) en inglés o criollo haitiano (PDF, 189.21 KB) sobre cómo verificar si su visa de inmigrante está disponible.
Si… | Entonces… |
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Debe solicitar una tarjeta de residente permanente mediante:
Para más información sobre la evidencia inicial requerida, por favor, visite la página del Formulario I-485. Usted debe considerar solicitar una renovación del permiso (“re-parole”) si el procesamiento de una visa de inmigrante no se completará para cuando su periodo de permiso caduque. Si su periodo de permiso caduca antes de que usted obtenga un estatus de inmigración, y no ha solicitado u obtenido la renovación del permiso de ingreso, entonces, por lo general, usted no es elegible para ajustar su estatus para convertirse en un residente permanente, aún si su visa de inmigrante está disponible. Usted podría acumular presencia ilegal. (Vea la sección Presencia Ilegal para más detalles). |
Si presentó su Formulario I-485 y está en trámite | Debe considerar solicitar una renovación del permiso (“re-parole”) antes de que caduque el periodo de su permiso (“parole”) actual. Si rechazaremos o denegamos su Formulario I-485, es posible que acumule presencia ilegal si su periodo de permiso de permanencia temporal ha caducado y todavía no ha obtenido la renovación del permiso y no está de otra manera en un periodo de estadía autorizada. (Vea la sección a continuación de Presencia Ilegal para más detalles). |
Si presentó su Formulario I-485 y lo rechazamos o denegamos | Es posible que no esté en un periodo de estadía autorizada y esté acumulando la presencia ilegal si su periodo de permiso de permanencia temporal ya caducó y todavía usted no ha obtenido la renovación del permiso de permanencia temporal. Debe considerar solicitar la renovación del permiso. (Vea la sección Presencia Ilegal) para más detalles. |
Solicitar la Renovación de Permiso de Permanencia Temporal (“re-parole”)
Para solicitar un nuevo periodo de permiso (“re-parole”), debe:
- Presentar un nuevo Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje y pagar las tarifas de presentación requeridas (o solicitar una exención de tarifas);
- Marque Casilla 1.f. en la Parte 2 del formulario;
- Escriba “HFRP re-parole” en el encabezado de la solicitud; y
- Incluya un nuevo Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico, y cualquier evidencia para apoyar la renovación de permiso de permanencia temporal (“re-parole”), incluida una explicación y documentos de apoyo que demuestran la necesidad para un periodo de permiso de permanencia temporal adicional autorizado.
Si… | Entonces… |
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Si su periodo de permiso de permanencia temporal está punto de caducar y no ha solicitado la renovación de permiso de permanencia temporal (“re-parole”) ni está de otra manera en un periodo de estadía autorizada | Debe solicitar la renovación de permiso de permanencia temporal (“re-parole”) para permanecer legalmente en Estados Unidos. Consideraremos las peticiones de la renovación de permiso de permanencia temporal (“re-parole”) caso por caso bajo los mismos términos del permiso inicial del Programa HFRP. Debe presentar su petición por lo menos, 90 días antes de la fecha de vencimiento de su permiso de permanencia temporal para proporcionar tiempo para el procesamiento. |
Si su periodo de permiso de permanencia temporal ya caducó, pero no solicitó la renovación del permiso de permanencia temporal (“re-parole”) o una tarjeta de residente permanente y no está de otra manera en un periodo de estadía autorizada | Es posible que no esté en un periodo de estadía autorizada. Sin embargo, aún puede solicitar la renovación del permiso (“re-parole”). Debe presentar una solicitud completa para la renovación del permiso (“re-parole”) lo antes posible. Si aprobamos su solicitud, podría ser elegible para solicitar la residencia permanente cuando su visa de inmigrante esté disponible. Sin embargo, si denegamos su solicitud, no estará en un periodo de estadía autorizada y es posible que esté acumulando presencia ilegal. (Vea la sección Presencia Ilegal para más detalles). |
Presencia Ilegal
Estar presente en Estados Unidos de manera ilegal podría tener consecuencias de inmigración graves:
- Es posible que no pueda ajustar su estatus si ha sido en Estados Unidos ilegalmente en cualquier momento desde que llegó a Estados Unidos como persona que tiene permiso de permanencia temporal. Significa que debería salir de Estados Unidos para solicitar una visa de inmigrante para regresar a Estados Unidos como un residente permanente legal; y
- Si usted ha estado en Estados Unidos ilegalmente por más de 180 días, podría estar sujeto al veto por presencia ilegal, dependiendo de su edad. Esto significa que no podría regresar a Estados Unidos por un periodo de tres o 10 años, lo que dependerá de la duración de su presencia ilegal, a menos que reciba una exención. Para más información, visite nuestra página de Presencia Ilegal e Inadmisibilidad.
Si está sujeto a un veto por presencia ilegal puede solicitar una exención mediante el Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal antes de salir de Estados Unidos o comparecer en una embajada o consulado de Estados Unidos para una entrevista de visa de inmigrante. Para más información acerca de cómo solicitar una exención después de salir de Estados Unidos, visite nuestra página del Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad.
También puede encontrar servicios legales o consultar con un proveedor autorizado de servicios de inmigración acerca de su situación.
Cómo Solicitar la Autorización de Empleo
Después que se le otorgue el permiso humanitario para permanecer temporalmente en EE.UU. bajo el Programa HFRP, usted será elegible para solicitar autorización de empleo de parte de USCIS.
Para solicitar autorización de empleo, debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa requerida, o solicitar una exención de tarifas mediante la presentación de un Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas.
Si alguna vez ha trabajado en Estados Unidos sin una autorización, es posible que se le prohíba solicitar una tarjeta de residente permanente en Estados Unidos. En este caso, usted tendrá que solicitar y ser procesado en el extranjero para una visa de inmigrante en lugar de solicitar el estatus de residente permanente en Estados Unidos.
Elegibilidad para Ciertos Beneficios
Una vez usted haya obtenido el permiso bajo el Programa HFRP, usted cumple con la definición de persona Cubana/Haitiana que ingresa a EE.UU. y podría ser elegible para recibir beneficios públicos. Para más información, vea la sección 501(e)(1) de la Ley de Educación y Asistencia a Refugiados (REAA) de 1980.
Usted será elegible para solicitar beneficios y servicios a partir de la fecha en que comenzó su estatus como persona Cubana/Haitiana que ingresa a EE.UU. Esta es la fecha en que usted entra a EE.UU. bajo el permiso humanitario.
Cancelación de su Permiso
Si ya se le ha otorgado el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, este podría ser cancelado si:
- Sale de Estados Unidos; o
- Su periodo de permiso caduca.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) también podría decidir cancelar su permiso de permanencia temporal por otros motivos, tales como violar cualquiera ley de Estados Unidos.
En estos momentos, si tiene un permiso de permanencia temporal en Estados Unidos bajo el Programa HFRP, puede solicitar una renovación del permiso si su periodo de permiso inicial está cerca de caducar, a menos que esté sujeto a las causales para cancelación bajo las reglamentaciones de DHS descritas en 8 CFR sección 212.5(e).
Esta sección incluye información acerca de los siguientes temas:
- Elegibilidad a HFRP
- Proceso de Invitación
- Como Presentar la Solicitud
- Procesamiento de su Solicitud
- Entrevista
- Proceso Después de la Entrevista
Elegibilidad a HFRP
Usamos los siguientes términos en el Programa HFRP:
Término | Definición |
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Peticionarios |
El ciudadano estadounidense o residente permanente legal en Estados Unidos que ha presentado un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, a nombre de un familiar que vive en Haití, y que hayamos aprobado. Solo los peticionarios cualificados pueden presentar solicitudes de beneficios bajo el Programa HFRP. Los peticionarios cualificados deben cumplir con los requisitos de elegibilidad para peticionarios. |
Beneficiarios |
Los familiares que están en Haití que se pueden beneficiar de las peticiones de familiares (Formulario I-130) presentadas y aprobadas en su nombre, y a quienes se les puede otorgar un permiso humanitario para entrar a Estados Unidos si se les aprueba bajo el Programa HFRP. Los beneficiarios incluyen el beneficiario principal, los beneficiarios derivados y los beneficiarios derivados adicionales. |
Beneficiario Principal |
El familiar haitiano por el cual el peticionario presentó el Formulario I-130. Por ejemplo, el beneficiario principal puede ser un cónyuge o hijo de un residente permanente legal, o un hijo adulto o hermano de un ciudadano estadounidense. |
Beneficiarios Derivados |
El cónyuge e hijos solteros menores de 21 años del beneficiario principal. Ellos también deben estar listados en el Formulario I-130 que fue aprobado. Estos beneficiarios pueden ser elegibles para obtener el permiso humanitario a base de su relación con beneficiario principal. Si no le otorgamos al beneficiario principal la autorización del permiso humanitario, los beneficiarios derivados tampoco recibirán la aprobación. |
Beneficiarios derivados adicionales (Add-on derivative beneficiary) |
Si un beneficiario principal se casa o ha tenido un hijo desde que aprobamos el Formulario I-130 de base, usted puede presentar una solicitud al Programa HFRP a nombre del cónyuge y/o hijo menor de 21 años de dicho beneficiario principal. Las fechas proyectadas de elegibilidad de visas están basadas en la categoría legal bajo la cual fue aprobada la petición. El beneficiario principal debe permanecer elegible para una categoría de visa de inmigrante. Por ejemplo, si un beneficiario fue aprobado como hijo(a) soltero(a) de un residente permanente legal (categoría F2B), el matrimonio del beneficiario principal podría resultar en la inelegibilidad para la visa de inmigrante, junto con cualquier posible beneficiario derivado. Si un beneficiario fue aprobado como hijo(a) soltero(a) de un ciudadano estadounidense, el matrimonio del beneficiario principal cambia su clasificación de visa de inmigrante. |
Quién es Elegible para Presentar una Solicitud al HFRP
Usted (el peticionario) puede solicitar el permiso de permanencia temporal para sus familiares elegibles que están en Haití si cumple con los siguientes requisitos:
- Usted es un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR);
- Presentó un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero para un miembro de su familia que es haitiano y dicho formulario fue aprobado en o antes del 18 de diciembre de 2014;
- No hay una visa de inmigrante disponible para el beneficiario; y
- Recibió una invitación del Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado (NVC) para participar en el Programa de HFRP. Por favor, vea la sección del Proceso de Invitación de esta página para más información.
Si no cumple con todos los requisitos indicados arriba cuando adjudiquemos su solitud para los beneficios de HFRP, denegaremos su solicitud y no reembolsaremos los pagos de tarifas de presentación.
Un peticionario cualificado solo podrá solicitar a nombre de un familiar (beneficiario) que es:
- Un nacional haitiano (solo aplica al beneficiario principal); y
- El beneficiario de un Formulario I-130 que fue aprobado en o antes del 18 de diciembre de 2014 (incluidos el cónyuge o cualquier hijo que se unirá a él en EE.UU.) Para más información, vea la sección 203(d) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), 8 U.S.C.1153(d).
Quién No es Elegible
Las siguientes personas no son elegibles para participar en el Programa HFRP:
- Personas que cualifican como familiares inmediatos, según definido por la sección 201(b)(2)(A)(i) de la INA al momento de la solicitud de permiso humanitario bajo el Programa HFRP. El permiso humanitario no estará disponible para estas personas ya que pueden buscar inmediatamente visas para viajar a Estados Unidos una vez USCIS aprueba sus Formularios I-130. No tienen que esperar que una visa de inmigrante esté disponible. Si un peticionario que es residente permanente legal se convierte en ciudadano estadounidense después de presentar la solicitud de permiso, cualquier beneficiario que se conviertan en familiares inmediatos como resultado de esto no están necesariamente descalificados para recibir permiso de permanencia temporal. Vea la sección Circunstancias que Puedan Afectar la Elegibilidad más adelante). Los familiares inmediatos son:
- Cónyuges de ciudadanos estadounidenses;
- Hijos solteros menores de 21 años de edad de ciudadanos estadounidenses; y
- Padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años de edad.
- Personas que no son elegibles para comparecer a una entrevista en persona en Haití.;
- Beneficiarios de Formularios I-130 aprobados después del 18 de diciembre de 2014;
- Beneficiarios de Formularios I-130 aprobados cuyos familiares peticionarios en Estados Unidos no han recibido una invitación del NVC indicándoles que son elegibles para solicitar al Programa HFRP.
Si usted es el beneficiario de un Formulario I-130 y vive en Haití, no puede presentar una solicitud al Programa HFRP para sí mismo o para sus familiares. Su peticionario que está en Estados Unidos debe presentarla en su nombre.
Cónyuges e Hijos del Beneficiario Principal (Beneficiarios Derivados)
Si el cónyuge del beneficiario principal o sus hijos solteros menores de 21 años (conocidos como beneficiarios derivados) están nombrados en el Formulario I-130 que fue aprobado, pueden ser elegibles para obtener los beneficios bajo el Programa HFRP. Cualquier petición de permiso humanitario a nombre de estos debe ser presentada al mismo tiempo que se presenta la petición de permiso humanitario para el beneficiario principal. Ellos solo serán elegibles para el permiso humanitario si el beneficiario principal es encontrado elegible para el permiso humanitario, y entonces ellos tendrán que demostrar, de manera individual, que son admisibles a Estados Unidos.
Si usted no presenta una solicitud al Programa HFRP para el beneficiario principal, o si determinamos que el beneficiario principal no es elegible al Programa HFRP, su cónyuge e hijos no serán elegibles para el permiso humanitario bajo el Programa HFRP.
Cómo Solicitar que se Añada un Cónyuge o un Hijo a un Formulario I-130 que ha Sido Aprobado (Beneficiarios Derivados Adicionales)
Si el beneficiario principal contrajo matrimonio o tuvo un hijo después que su Formulario I-130 de base fue aprobado, usted puede presentar una solicitud al Programa HFRP a nombre del cónyuge o hijo menor de 21 años (conocidos como derivados adicionales) de dicho beneficiario principal.
Los beneficiarios derivados adicionales no estarán incluidos en la carta de invitación del NVC. Un peticionario cualificado aún puede presentar una solicitud al Programa HFRP a nombre de éstos si:
- USCIS recibe las solicitudes de esos beneficiarios derivados adicionales con el paquete de solicitud del beneficiario principal; y
- Usted, el peticionario, proporciona la evidencia necesaria para demostrar la relación cualificatoria del familiar derivado adicional.
Límites de Edad de los Beneficiarios
No hay límites de edad establecidos para los beneficiarios principales de los Formularios I-130. Sin embargo, cualquier hijo derivado debe ser menor de 21 años de edad al momento en que recibamos la solicitud presentada apropiadamente. La carta de invitación le advertirá que no puede presentar solicitudes al Programa HFRP para hijos derivados que tengan 21 años o más cuando usted presente la solicitud.
Denegaremos cualquier Formulario I-131 presentado a nombre de hijos derivados que tengan 21 años o más en la fecha en que recibamos la solicitud presentada apropiadamente serán denegados. No devolveremos los pagos de tarifas asociados a esas solicitudes. Continuaremos el procesamiento de las solicitudes para cualquier otro beneficiario, incluido el beneficiario principal, su cónyuge y los hijos solteros mejores de 21 años.
Circunstancias que Pueden Afectar la Elegibilidad
La tabla a continuación indica las circunstancias que podría afectar la elegibilidad al Programa HFRP
Haitianos que viven fuera de Haití |
Aunque el Programa HFRP está diseñado para los haitianos que están en Haití, los haitianos que están fuera de Haití no están excluidos de acceder al programa y puede que aún sean elegibles para participar del programa. Si el beneficiario está en Estados Unidos u otro país, debe viajar a Haití para ser entrevistado para el Programa HFRP y poder ser considerado para el permiso humanitario. Los beneficiarios que están en Estados Unidos, incluidos aquellos que tienen estatus de protección temporal (TPS), deben obtener primero un permiso adelantado de reingreso (“advanced parole”) con nosotros. Si no tienen el permiso adelantado de reingreso, no podrán regresar a Estados Unidos si se les deniegan sus solicitudes al Programa HFRP. Si el beneficiario principal está en Estados Unidos u otro país y no regresa a Haití para la entrevista bajo el Programa HFRP, usted no puede presentar una solicitud a nombre de los familiares derivados del beneficiario principal que están en Haití ya que USCIS denegará estas solicitudes. USCIS solo puede aprobar los familiares derivados para obtener permiso humanitario si USCIS aprueba el permiso humanitario. |
Convertirse en Ciudadano Estadounidense |
Si usted es un residente permanente legal y se convierte en ciudadano estadounidense después que presentó apropiadamente con USCIS la(s) solicitud(es) al Programa HFRP, puede optar que sus “familiares inmediatos” continúen el procesamiento para obtener el permiso humanitario. Como alternativa, puede optar que sean procesados para obtener visas de inmigrante después que realicen el pago de todas las tarifas de visas de inmigrante correspondientes. Si usted se convierte en ciudadano estadounidense antes de solicitar al Programa HFRP, denegaremos cualquier solicitud presentada a nombre de sus “familiares inmediatos”. (Vea la sección Quién No es Elegible). |
Matrimonio |
Un cambio en el estatus civil (marital) de un familiar beneficiario del Formulario I-130 puede afectar la elegibilidad de su familiar al Programa HFRP. Entre los familiares que no son elegibles al Programa HFRP si están casados están incluidos:
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Proceso de Invitación
Si usted es elegible para solicitar al programa a nombre de sus familiares que están en Haití, recibirá una carta de invitación de parte del NVC, que incluirá la fecha límite para presentar la solicitud. Se le enviará la invitación por correo postal a la última dirección que el NVC tiene para usted. Usted debe recibir la notificación del NVC sobre su elegibilidad al programa HFRP antes de presentar su solicitud.
La cantidad de invitaciones que se envían cada año depende de la cantidad de beneficiarios cuyas visas se esperan que estén disponibles dentro de entre 18 a 42 meses a partir de la fecha en que se envíe la invitación. La cantidad de invitaciones que se envían cada año pueden estar limitadas según la capacidad operacional del gobierno estadounidense en Haití y la disponibilidad de los recursos del gobierno federal para ayudar a los beneficiarios del programa.
Si usted es un peticionario que cree que puede ser elegible al Programa HFRP, por favor, asegúrese que el NVC tenga su dirección postal actual. Puede contactar al NVC a través de su Formulario de Preguntas del Público. Si su abogado oficial ya no lo representa, por favor infórmeselo al NVC.
Cómo el NVC Expide las Invitaciones
Bajo el Programa HFRP, el NVC le expedirá invitaciones por escrito a los peticionarios de los Formularios I-130 que han sido aprobados, a base de la fecha en que USCIS espera que las visas de inmigrante de sus familiares estén disponibles. El NVC identificará los Formularios I-130 con las fechas de presentación (fechas de prioridad) que se espera que estén disponibles dentro de entre 18 y 42 meses y expedirá invitaciones a los peticionarios estadounidenses.
Usted no será invitado a solicitar al Programa HFRP si:
- Tiene que esperar menos de 18 meses desde el momento en que se expidió la invitación hasta el momento en que se espera que sus familiares reciban sus visas de inmigrante, ya que es probable que puedan emigrar a Estados Unidos casi tan rápido como a través del procesamiento tradicional de las visas de inmigrante. Por ejemplo, el cónyuge que está en Haití no sería elegible para recibir una invitación ahora, si:
- Es el beneficiario de un Formulario I-130 que fue aprobado antes del anuncio del Programa HFRP; y
- Se espera que su visa esté disponible dentro de 7 meses.
- Las visas de inmigrante de sus familiares no estarán disponibles hasta dentro de más de 42 meses a partir de la fecha en que se expida la invitación Por ejemplo, su hermana que está en Haití no será elegible para recibir una invitación ahora, si:
- Es la beneficiaria de un Formulario I-130 que fue aprobado antes del anuncio del Programa HFRP; y
- Su visa no está disponible hasta dentro de cuatro años.
Sin embargo, ella puede ser elegible para recibir una invitación una vez la fecha de prioridad de su visa está dentro de cerca de 18 a 24 meses.
Cómo Solicitar al Programa HFRP
NO solicite al Programa HFRP hasta que el NVC le invite a solicitar. Los posibles beneficiarios que están en Haití no pueden presentar solicitudes por sí mismos.
Aunque el Programa HFRP ofrece la posibilidad de que sus familiares puedan reunirse con usted en Estados Unidos mientras esperan que sus visas de inmigrantes estén disponibles, el programa no es adecuado para todos.
Por favor, considere la información a continuación antes de solicitar a nombre de sus familiares:
- USCIS no puede predecir cuán rápido usted se reunirá con su familia bajo el Programa HFRP en comparación con el proceso de visa de inmigrante (sin permiso humanitario). Cuán rápido su familiar se reúna con usted en Estados Unidos dependerá de factores como por ejemplo cuán rápido su visa se pondrá disponible, cuán rápido usted puede solicitar al Programa HFRP a nombre de ellos, si le tenemos que pedir información adicional para que usted demuestre la elegibilidad de sus familiares al programa, y cuán rápido sus familiares pueden viajar a Estados Unidos después que se otorgue la aprobación.
- USCIS espera que una persona que obtiene permiso humanitario para ingresar a Estados Unidos bajo el Programa HFRP solicite el estatus de LPR (obtenga una Tarjeta Verde) una vez la visa esté disponible. Anticipamos que las visas de los beneficiarios del Programa HFRP se pongan disponibles dentro de dos años después que estos obtengan el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos. Para solicitar una tarjeta de residente permanente, cada beneficiario (ya sea un beneficiario principal o un beneficiario derivado) debe presentar un Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus y el pago. No existen exenciones de tarifas.
- Se requiere que los peticionarios presenten solicitudes simultáneas al Programa HFRP para todos sus familiares asociados con el mismo Formulario I-130 de base que fue aprobado. Solo Los beneficiarios derivados que están en el Formulario I-130 solo serán considerados para obtener el permiso humanitario bajo el Programa HFRP si se le aprueba el permiso humanitario al beneficiario principal del Formulario I-130. Los beneficiarios derivados no son elegibles al Programa HFRP por sí mismos y cualquier Formulario I-130 que sea presentado en su nombre será denegado si al beneficiario principal no se le ha aprobado el permiso humanitario.
- Los hijos derivados listados en la aprobación del Formulario I-130 y que tienen o cumplirán 21 años de edad o más antes de que se presente la solicitud al Programa HFRP con nosotros no serán elegibles para participar del Programa HFRP. La fecha en que la solicitud es considerada como presentada es la fecha en que dicha solicitud es recibida en la oficina de USCIS indicada en la carta de invitación del NVC. Si usted presenta una solicitud a nombre de un hijo derivado y la recibimos después que el hijo ha cumplido 21 años de edad, denegaremos su solicitud.
- Puede que solicitar al Programa HFRP no proporcione una reunificación familiar más rápida para aquellos LPR que esperan naturalizarse dentro de un año. Una vez los residentes permanentes legales se convierten en ciudadanos estadounidenses, las visas de inmigrante para su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años estarán disponibles inmediatamente. Por esto, aún si han sido invitados a solicitar al Programa HFRP, los LPR que están próximos a convertirse en ciudadanos estadounidenses no deberán presentar sus Formularios I-131 sin primero evaluar los costos y beneficios del Programa HFRP versus el procesamiento de visas de inmigrante.
Cómo Preparar el Paquete de Solicitud
Si usted pierde la invitación que le envió el NVC, nosotros aún podríamos aceptar su paquete de solicitud. Sin embargo, debe enviar toda la documentación requerida restante cuando presente el paquete de solicitud con la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS.
Usted no puede solicitar al Programa HFRP hasta que reciba una invitación del NVC. Si solicita al programa y no es elegible, denegaremos su solicitud y no le devolveremos sus tarifas de presentación.
Si desea que sus familiares sean considerados bajo el Programa HFRP, debe seguir las instrucciones de presentación específicas que se indican en la carta del NVC (también incluidas a continuación) y presentar la documentación requerida en la Localidad Segura (Lockbox) y fecha indicada en la carta:
- Complete un Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje individual por cada familiar elegible a participar en el Programa HFRP;
- Complete las partes 1, 2, 7, 8 y 9 del Formulario I-131;
- La Parte 1 le pide información sobre usted, el peticionario;
- En la Parte 2, Tipo de Solicitud (Application Type), marque la casilla 1.F, I am applying for an Advance Parole Document for a person who is outside the United States; (Solicito un Documento de Permiso Adelantado de Reingreso para una persona que está fuera de Estados Unidos).
- Los Ítems 2.A. – 2.P. solicitan información sobre su familiar, el beneficiario;
- En la Parte 8, firme usted el formulario, en calidad de peticionario;
- Escriba “HFRP”, en mayúsculas, en la parte superior del Formulario I-131;
- Incluya dos fotos a color tipo pasaporte del familiar;
- Incluya una fotocopia del Formulario I-797, Notificación de Acción, de aprobación del Formulario I-130, o un impreso del Estatus de mi Caso En Línea que muestre la aprobación;
- Incluya la tarifa correspondiente o una solicitud de exención de tarifas. (Los solicitantes pueden solicitar una exención de tarifas mediante la presentación del Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas. Para instrucciones, ve nuestra página Guía de Exenciones de Tarifas.
- Complete el Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico con documentos de apoyo individual por cada familiar. Puede presentar Formularios I-134 de parte de varios patrocinadores para demostrar que existen los ingresos o recursos suficientes para patrocinar a cada familiar; y
- Incluya una copia de la carta de invitación del NVC:
Cómo Presentar su Paquete de Solicitud
Usted debe presentar simultáneamente las solicitudes para todos los familiares elegibles asociados con el mismo Formulario I-130 de base que fue aprobado, de manera que puedan ser procedas conjuntamente. Presente todo en un mismo paquete a la dirección de la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Chicago:
Para entregas del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):
USCIS
P.O. Box 8500
Chicago, IL 60680-4120
Para entregas de FedEx, UPS y DHL:
USCIS
Attn: HFRP
131 S. Dearborn, 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517
No enviar todas las solicitudes juntas puede impactar nuestra capacidad de determinar la elegibilidad de sus familiares al programa y puede que deneguemos todas o algunas de las solicitudes relacionadas.
No puede presentar su solicitud de manera electrónica a través de nuestro sistema de presentación electrónica en este momento.
Nota: Para solicitudes de permisos humanitarios, por favor, vea la subsección Actuales Peticionarios de Permisos Humanitarios en Estados Unidos.
Fecha Límite para Presentar Solicitudes
El Programa HFRP tiene una fecha límite porque estos beneficios tienen límite de tiempo. La carta de invitación del NVC le indicará la fecha límite para presentar su solicitud. Por lo general, los peticionarios que son invitados a participar del Programa HFRP tienen seis meses a partir de la fecha de la carta de invitación para presentar sus solicitudes.
Procesamiento de su Solicitud
Después de que usted envíe por correo su solicitud en la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, enviaremos el paquete de solicitud al centro de servicio de USCIS para adjudicación. El centro de servicio verificará que la solicitud fue presentada por un peticionario cualificado, lo que significa que usted recibirá una carta para solicitar al programa. Además, el centro de servicio revisará la documentación y determinará si el beneficiario está cualificado para recibir el permiso humanitario. El centro de servicio puede solicitar evidencia adicional, denegar o aprobar su solicitud de manera condicional.
Si el centro de servicio aprueba su solicitud de manera condicional, la enviarán al NVC. Ellos le notificarán dentro de 60 días que han recibido su caso.
Si denegamos el Formulario I-131 que usted presentó bajo el Programa HFRP, la decisión será final. Sin embargo, el beneficiario aún puede ser elegible para procesamiento de visa de inmigrante a base de su Formulario I-130 de base que fue aprobado en su nombre. Cuando la visa de inmigrante de esa persona esté disponible, contactarán al NVC para comenzar el proceso de solicitud de la visa de inmigrante.
Puede tomar cerca de seis meses procesar una solicitud HFRP desde el momento en que la recibimos hasta que se expida el documento de viaje. El tiempo requerido para alcanzar una decisión en su caso dependerá en los asuntos planteados y si requerimos evidencia adicional. Además, la pandemia de COVID-19 ha interrumpido nuestras operaciones normales, incluidas las de nuestros colaborares en el extranjero que nos ayudan con el procesamiento de los casos. Esto significa que podrá tardar más tiempo que normal.
Solicitudes de Evidencia
Si el centro de servicio determina que una solicitud carece de la evidencia requerida o que se necesita tener evidencia o información adicional, el centro de servicio le enviará una Solicitud de Evidencia (RFE). Usted debe proporcionar la evidencia, o demostrar que la evidencia no está disponible y enviar evidencia secundaria en su lugar. Denegaremos su solicitud si no responde al RFE dentro del plazo requerido.
Entrevista del Beneficiario
Por favor, no intente programar una cita directamente con la Embajada Estadounidense en Haití
El NVC se pondrá en contacto con usted y con el beneficiario principal en relación con cualquier requisito adicional y para la programación de la entrevista del beneficiario. En la fecha de la entrevista, un oficial de USCIS en Puerto Príncipe entrevistará al beneficiario principal y a los beneficiarios derivados para verificar sus identidades y confirmar su elegibilidad para obtener el permiso humanitario bajo el Programa HFRP.
Si usted olvida la fecha de entrevista de su familiar, puede ponerse en contacto con el NVC a través de su Formulario de Preguntas del Público.
Cómo Prepararse para la Entrevista
El día de la entrevista, los beneficiarios deben llevar:
- Una identificación con foto expedida por el gobierno;
- Pasaporte;
- Documentos civiles en originales que demuestren su elegibilidad al programa, además de traducciones certificadas de esos documentos al idioma inglés;
- Resultados de los exámenes médicos; y
- Una copia de su notificación de programación de cita de entrevista.
Debe presentarle esos documentos al oficial para que este los revise el día de la entrevista. La notificación de cita de entrevista que recibió de parte del NVC contendrá información adicional sobre la documentación necesaria y las instrucciones sobre cómo obtener el examen médico.
La INA nos otorga la autoridad para ejercer nuestra discreción para autorizar un permiso de permanencia temporal por razones humanitarias o beneficio público significativo. Los haitianos que han cometido crímenes serios o que no pasen las verificaciones de antecedentes no obtendrán el permiso humanitario.
Proceso Después de la Entrevista
Los beneficiarios no deben tomar decisiones permanentes – tales como vender o comprar propiedades, dejar un empleo o salirse de la escuela – hasta tanto tengan el documento de viaje de permiso humanitario HFRP en sus manos.
Si el viaje es aprobado
- El personal de la embajada estadounidense le expedirá los documentos de viaje necesarios para el beneficiario que está en Haití. Estos documentos de viaje le permitirán al beneficiario a viajar a Estados Unidos y solicitar permiso de ingreso con un oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) en un puerto de entrada;
- Los beneficiarios que viajan a Estados Unidos bajo el Programa HFRP deben programar y pagar su propio viaje; y
- Una vez estén en Estados Unidos, se espera que los beneficiarios soliciten el estatus de Residencia Permanente Legal (LPR) (una tarjeta verde) en cuanto su visa de inmigrante esté disponible. Vea la sección de Personas que Actualmente Poseen el Permiso de Permeancia Temporal en Estados Unidos para más información.
Si el viaje no es aprobado
Le enviaremos al peticionario una notificación por escrito que indique a cuáles beneficiarios no se les ha aprobado el viaje hacia Estados Unidos.
Si Denegamos su Permiso de Permanencia Temporal
- Nuestra decisión sobre el permiso humanitario es final, y no existe derecho para apelarla;
- Si le denegamos el permiso de permanencia temporal a un beneficiario, puede que este aún sea elegible para procesamiento de visa de inmigrante a base de la aprobación del Formulario I-130 que fue presentado en su nombre; y
- En algunas circunstancias, la razón por la cual se deniega el permiso humanitario puede conllevar que revoquemos la aprobación del Formulario I-130 de base del beneficiario. Si revocamos la aprobación del Formulario I-130, el beneficiario ya no será elegible para obtener una visa de inmigrante. Tomaremos esas determinaciones según cada caso individual.
Permiso Humanitario o de Beneficio Público Significativo
Las personas están en Haití pero que no son elegibles a participar del programa HFRP y tienen razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo para venir a Estados Unidos, pueden ser elegibles para solicitar un permiso de permanencia temporal bajo el proceso estándar del permiso de permanencia temporal.
Para obtener información sobre cómo solicitar el permiso de permanencia temporal mediante el proceso estándar vea nuestra página Permiso Humanitario o de Beneficio Público Significativo para Personas que Viven Fuera de Estados Unidos.
Usted debe pagar la tarifa de presentación del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, por cada solicitud al Programa HFRP que usted presente por cada familiar, o puede solicitar una exención de tarifa. Ya que las tarifas están sujetas a cambios, usted debe verificar el Desglose de Tarifas antes de presentar cualquier petición o solicitud. También debe cubrir los costos asociados con asistir a la entrevista en Puerto Príncipe, incluidos los exámenes médicos y viajar a Estados Unidos.
Para trabajar en Estados Unidos, los beneficiarios del Programa HFRP tienen que presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, y pagar la tarifa de presentación después de ingresar a Estados Unidos. Los solicitantes pueden ser elegibles para pedir una exención de tarifas mediante el Formulario I-912, Petición de Exención de Tarifas. Para instrucciones, por favor vea las Guías para la Petición de Exención de Tarifas de USCIS.
Esperamos que sus familiares, como beneficiarios de este programa, soliciten el estatus de residente permanente legal una vez que sus visas estén disponibles. Anticipamos que las visas para todos los beneficiarios del Programa HFRP estén disponibles aproximadamente dentro del periodo de dos años después de haber obtenido permiso de permanencia temporal en los Estados Unidos.
Sus familiares deberán pagar una tarifa para obtener el estatus de residente permanente legal (Tarjeta Verde). Para solicitar la Tarjeta Verde, deben presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajuste de Estatus (y pagar la(s) tarifa(s) de presentación) una vez su visa esté disponible. No hay exención de tarifas disponible.
El costo total para obtener autorización de empleo y convertirse en residente permanente legal si primero le fue concedido permiso de permanencia temporal bajo el Programa HFRP (incluido el costo de la solicitud al Programa HFRP), es aproximadamente $2,210. En comparación, el costo que tiene entrar a Estados Unidos con una visa de inmigrante es $665.Una persona que ingresa como inmigrante tiene estatus de residente permanente legal y está autorizada a trabajar luego de ser admitida a Estados Unidos, por lo que no existen costos adicionales para solicitar una autorización de empleo.
En muy pocos casos, una visa de inmigrante podría estar disponible para una persona mientras su caso es procesado bajo el Programa HFRP. En dichos casos, la persona podría continuar con su proceso para el permiso de ingreso, o podría optar por ser procesado por el Departamento de Estado (DOS) para una visa de inmigrante. Se le requerirá a dicha persona que pague cualquier tarifa asociada con dicho proceso y no reembolsaremos la tarifa de presentación del Programa HFRP.
La tabla a continuación explica la cantidad total de tarifas que usted pagará según la manera en que ingresa a los Estados Unidos y obtiene la residencia permanente legal (Tarjeta Verde).
Si viene a los Estados Unidos | Debe presentar | Y pagar | Costo Total por persona |
---|---|---|---|
A través del Programa HFRP, entonces debe solicitar un ajuste de estatus |
|
$575 $410 $1,225 |
$2,210 |
A través de una visa de inmigrante |
|
$325 $120 $220 |
$665 |
*Tarifas válidas a partir del 23 de diciembre de 2016, y están sujetas a cambios.
** No se le requiere ajuste al estatus de residente permanente. Sin embargo, si un beneficiario HFRP desea trabajar en los Estados Unidos ante de obtener su Tarjeta Verde, debe solicitar autorización de empleo.
Estos costos están relacionados con los procesos de inmigración descritos arriba para convertirse en residente permanente legal y no tienen el propósito de representar cualquier otro costo o beneficio que podrían estar asociados con el permiso de ingreso o el estatus de residente permanente legal en los Estados Unidos.
Creamos el Programa HFRP en diciembre 18 de 2014 para promover la unidad familiar a través de la migración segura, legal y organizada a Estados Unidos, aumentar las vías actuales para la inmigración legal desde Haití, y ayudar a Haití a continuar en su recuperación de la devastación y destrucción del terremoto del 12 de enero de 2010.
Es recomendable que recuerde:
- El NVC solo lo contactará a usted por escrito y solo le enviará correspondencia a una dirección en Estados Unidos. El NVC comenzó a contactar a los peticionarios elegibles en Estados Unidos en marzo de 2015. Cualquier contacto o solicitud hecha antes de esa fecha fue autorizada por nosotros y no es válido. Por favor visite nuestra página Cómo Reportar Estafas de Inmigración para aprender más sobre cómo reportar correspondencia sospechosa.
- USCIS y el Departamento de Estado les exhorta a usted y a sus familiares a estar atentos sobre la posibilidad de que personas que reclaman ser representantes del gobierno estadounidense le pidan dinero. Estas personas, comúnmente conocidos como “estafadores” pueden intentar engañarlo para hacer que usted les pague dinero al ofrecerle ayudarlo a presentar una solicitud con el Programa HFRP. Para aprender más sobre las estafas de inmigración más comunes y cómo reportar a los estafadores, por favor visite nuestra página Evite Estafas.
- Los sitios web que terminan en “.gov” son los sitios web oficiales del gobierno. La información contenida en un sitio web oficial del gobierno que termina en “.gov” es la información oficial y correcta. Las direcciones oficiales de correo electrónico del gobierno también terminan en “.gov”, y cualquier correspondencia que venga de una dirección que no termina en “.gov” debe considerarla como sospechosa.
- The Haitian Family Reunification Parole (HFRP) Program (Haitian Creole Disponible en criollo haitiano)
- Como Verificar si su Visa de Inmigrante está Disponible (PDF, 185.1 KB) (Disponible en inglés)
- Como Verificar si su Visa de Inmigrante está Disponible (PDF, 189.21 KB) (Disponible en criollo haitiano)
- Boletín de Visas del Departamento de Estado
- Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA)
- Desglose de Tarifas de USCIS
- Información Adicional sobre Cómo Presentar una Solicitud de Exención de Tarifas
- Presencia Ilegal e Inadmisibilidad
Formularios
- Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus
- Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico
- Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje
- Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas
- Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
- Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad
- Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal