Ir a la página principal
U.S. flag
Un sitio oficial del Gobierno de Estados Unidos    Así es como usted puede verificarlo
Official Government Website

Los sitios web oficiales usan .gov
Un sitio web .gov pertenece a una organización oficial del Gobierno de Estados Unidos.

Secure Website

Los sitios web seguros .gov usan HTTPS
Un candado ( A locked padlock ) o https:// significa que usted se conectó de forma segura a un sitio web .gov. Comparta información sensible sólo en sitios web oficiales y seguros.

English
Recursos Multilingües
U.S. Department of Homeland Security Seal, U.S. Citizenship and Immigration Services
 
Registrarse  
Acceso a servicios de USCIS en línea.
  • Iniciar Sesión
  • Crear Cuenta
Iniciar Sesión
Crear Cuenta
  • Temas

    • Familia

      • Familiares de Ciudadanos Estadounidenses
      • Familiares de Refugiados y Asilados
      • Familiares de Residentes Permanentes
    • Adopciones

      • Antes de Empezar
      • Inmigración por Medio de la Adopción
    • Militares

      • Ciudadanía para Familiares de Militares
      • Naturalización por Medio del Servicio Militar
    • Visite Estados Unidos

      • Cambiar su Estatus de No Inmigrante
      • Extienda su Estadía
    • Trabajar en Estados Unidos

      • Trabajadores Permanentes
      • Trabajadores Temporales (No Inmigrantes)
      • E-Verify
      • Central I-9
    • Evite las Estafas de Inmigración

      • Encuentre Servicios Legales
      • Estafas Comunes
      • Reporte Estafas de Inmigración
    • Empleos en USCIS

      • Oportunidades Profesionales
      • Programas de Reclutamiento Especial
  • Formularios

    • Formularios más Utilizados

      • I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo
      • I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus
      • I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
      • I-90, Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente (Green Card)
      • N-400, Solicitud de Naturalización
    • Formularios Basados en la Familia

      • I-129F, Petición de Prometido o Prometida Extranjero(a)
      • I-130, Petición de Familiar Extranjero
      • I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial
      • I-600, Petición para Clasificar Huérfano como Familiar Inmediato
      • I-751, Petición para Cancelar las Condiciones de Residencia
    • Todos los Formularios

    • Presentación de Solicitudes en Línea

    • Formularios Basados en el Empleo

      • I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero
      • I-526, Petición de Inmigrante por Inversionista Independiente
      • I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante
    • Formularios Basados en Asuntos Humanitarios

      • I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción
      • I-730, Petición de Familiar Refugiado/Asilado
      • I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal
  • Noticias

    • Todas las Noticias

      • Alertas
      • Hojas Informativas
      • Comunicados de Prensa
    • Contactos con los Medios

    • Directorio de Redes Sociales

    • Discursos, Declaraciones y Testimonios

    • Galería Multimedios

  • Ciudadanía

    • Aprendices

      • Solicite la Ciudadanía
      • Aprenda sobre Ciudadanía
      • Examen de Naturalización y Recursos para Estudio
    • Educadores

      • Materiales Educativos para Educadores y Administradores de Programas
      • Próximas Capacitaciones para Maestros
      • Recursos para Programas Educativos
    • Organizaciones

      • Herramientas de Enlace Comunitario
      • Datos y Estadísticas Relacionadas con la Naturalización
    • Subsidios

      • Historias de Éxito de Receptores de Subsidios
  • Residencia Permanente

    • Procesos y Procedimientos para la Residencia Permanente

      • Ajuste de Estatus
      • Después de que le Otorgamos la Tarjeta de Residencia Permanente
      • Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad
      • Documento de Autorización de Empleo
    • Categorías de Elegibilidad a la Residencia Permanente

    • Cómo Solicitar la Tarjeta de Residente Permanente

    • Reemplazar su Tarjeta de Residente Permanente

    • Mientras su Residencia Permanente está en Trámite con USCIS

  • Leyes

    • Legislación

      • Ley de Inmigración y Nacionalidad
    • Demandas Colectivas Contra USCIS, Notificaciones de Resolución y Acuerdos

    • Presencia Ilegal e Inadmisibilidad

    • Policy Manual (en inglés)

    • Reglamentos

    • Apelaciones Administrativas

  • Herramientas

    • Requisito de Registro de Extranjeros

    • Herramientas de Autoayuda

      • Compruebe los Tiempos de Procesamiento de Casos
      • El Estatus de Caso en Linea
      • Cómo Cambiar su Dirección
      • E-Request (en inglés)
      • Reinicio de Contraseña y Asistencia Técnica
    • Recursos del Sitio Web

      • Archivo
      • Índice A-Z
      • Políticas del Sitio Web
    • Recursos Adicionales

      • Explorar Mis Opciones
      • Datos sobre Ciudadanía e Inmigración
      • Centro de Recursos Multilingües
      • Recursos y Herramientas de USCIS
  • Contáctenos
  • Recursos Multilingües
Main navigation
Ir a la página principal
  • Residencia Permanente (Tarjeta Verde)
    • Categorías de Elegibilidad a la Residencia Permanente
      • Tarjeta de Residencia Permanente para Inmigrantes a Través de un Empleo
      • Residencia Permanente para Inmigrantes Basados en la Familia
      • Residencia Permanente para Familiares Inmediatos de un Ciudadano Estadounidense
    • Cómo Solicitar la Tarjeta de Residente Permanente
    • Procesos y Procedimientos para la Residencia Permanente
      • Ajuste de Estatus
      • Preguntas y Respuestas sobre Ajustes de Estatus Basados en el Empleo
      • Trámite Consular
      • Presentación Conjunta del Formulario I-485
      • Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad
        • Tablas del Boletín de Visas sobre Presentación de Ajuste de Estatus
      • Documentos de Viaje
      • Documento de Autorización de Empleo
      • Encontrar un Médico Autorizado
      • Declaración Jurada de Patrocinio Económico
      • Ley de Protección del Estatus del Menor
    • Mientras su Residencia Permanente está en Trámite con USCIS
    • Después de Recibir una Decisión
    • Después de que le Otorgamos la Tarjeta de Residencia Permanente
      • Residencia Permanente Condicional
      • Viajes Internacionales como Residente Permanente
      • Cómo Mantener la Residencia Permanente
      • Reemplazar su Tarjeta de Residente Permanente
      • Derechos y Responsabilidades de un Residente Permanente
Breadcrumb
  1. Inicio
  2. Residencia Permanente (Tarjeta Verde)
  3. Categorías de Elegibilidad a la Residencia Permanente
  4. Tarjeta de Residente Permanente para un(a) Viudo(a) de un Ciudadano Estadounidense

Tarjeta de Residente Permanente para un(a) Viudo(a) de un Ciudadano Estadounidense

Tipo de Alerta información

AVISO: El 22 de enero de 2025, USCIS anunció que, a partir del 20 de enero de 2025, los oficiales ya no emitirán  Solicitudes de Evidencia (RFE) o Notificaciones de Intención de Denegación (NOID) relacionada con la vacunación contra el COVID-19. El 11 de marzo de 2025, los Centros para el Control y la Prevención de las Enfermedades (CDC) actualizaron sus Instrucciones Técnicas para los Médicos Civiles para eliminar la vacunación contra el COVID-19 de la lista de vacunas requeridas para extranjeros que desean ser admitidos como inmigrantes. Por lo tanto, no se requiere documentación de haber completado la vacunación contra el COVID-19 para los exámenes médico de inmigración relacionados con solicitudes de ajuste de estatus pendientes en o después del 20 de enero de 2025. Hasta que USCIS actualice el Formulario I-693, Informe de Examen Médico de Inmigración y Registro de Vacunación, los médicos civiles pueden tachar la sección sobre COVID-19 o escribir “N/A”, y si el extranjero cumple con todos los requisitos de vacunación, marcar “Solicitante completó los requisitos de vacunación o puede ser elegible para la exención general como se indica arriba”.

Los viudos que estaban casados con ciudadanos estadounidenses al momento de la muerte del ciudadano estadounidense podrían solicitar una tarjeta de residente permanente (también conocida como Green Card o Tarjeta Verde).

Hasta el 28 de octubre de 2009, para ser elegible como viudo de un ciudadano estadounidense, usted debía haber estado casado con el ciudadano fallecido al menos durante dos años antes de la muerte de dicho ciudadano. El Congreso eliminó este requisito efectivo el 28 de octubre de 2009.

Para ser elegible como viudo(a) de un ciudadano estadounidense, usted debe demostrar que estaba legalmente casado con el ciudadano estadounidense y que entró en dicho matrimonio genuinamente (de buena fe), no solo para obtener el beneficio de inmigración. Además, no puede haber estado divorciado o separado legalmente del ciudadano estadounidense al momento de la muerte de este. Su elegibilidad para ser clasificado como un viudo termina si se volvió a casar, a menos que sea elegible bajo INA 204(l).

Además, usted debe ser el beneficiario de un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo o Inmigrante Especial, para ser elegible para convertirse en un residente permanente legal en calidad de viudo de un ciudadano estadounidense. Vea a continuación para información adicional.  

Viudo(a) con un Formulario I-130 en Trámite o Aprobado

Si usted estaba casado con un ciudadano estadounidense que presentó un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, en nombre suyo antes de morir, usted no tiene que presentar el Formulario I-360. Si usted tiene hijos (solteros y menores de 21 años), puede incluirlos en el Formulario I-360 como derivados independientemente de si su cónyuge fallecido presentó una petición para ellos.

Viudo(a) sin un Formulario I-130 en Trámite o Aprobado

Si usted estaba casado con un ciudadano estadounidense antes de la muerte de este, pero su cónyuge no presentó un Formulario I-130 en nombre suyo antes de morir, usted puede presentar una petición por sí mismo en calidad de viudo mediante un .

Para cualificar, usted no puede haber estado divorciado o separado legalmente del ciudadano estadounidense al momento de este fallecer. Su elegibilidad para inmigrar en calidad de viudo(a) culmina si usted se volvió a casar. Usted debe presentar el Formulario I-360 dentro del plazo de dos años desde la muerte del ciudadano estadounidense.

Sin embargo, si usted estuvo casado durante menos de 2 años y su cónyuge ciudadano falleció antes del 28 de octubre de 2009, usted debe haber presentado su Formulario I-360 no más tarde del 28 de octubre de 2011.

Viudo(a) de un Militar Estadounidense

Existen beneficios de inmigración por separado bajo la sección 1703 de la Ley Pública 108-136 para aquellos cónyuges sobrevivientes de militares estadounidenses que murieron en combate. Los extranjeros en estas categorías podrían presentar una petición por sí mismas para estatus de “familiar inmediato” mediante el Formulario I-360.

Criterios de Elegibilidad

Usted podría ser elegible para recibir una tarjeta de residente permanente en calidad de de viudo(a) si:

  • Estaba casado con un ciudadano estadounidense cuando este falleció;
  • Tiene un Formulario I-360 aprobado, ya sea convertido automáticamente de un Formulario I-130 o presentado dentro del plazo de 2 años de la muerte de su cónyuge (o no más tarde del 28 de octubre de 2011 si su cónyuge ciudadano murió antes del 28 de octubre de 2009, y estuvieron casados por menos de 2 años);
  • No se ha vuelto a casar;
  • No estaba divorciado o separado legalmente de su cónyuge al momento en que este falleció;
  • Puede demostrar que usted estaba en una relación matrimonial genuina con su cónyuge; y
  • Es admisible a Estados Unidos.
Proceso de Solicitud

Para obtener una tarjeta de residente permanente, usted tiene que presentar el Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial, con todos los documentos requeridos según indicados en las instrucciones del formulario. Si su cónyuge ciudadano estadounidense presentó un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, antes de fallecer, la petición se convierte automáticamente en un Formulario I-360.

Si Usted Vive en Estados Unidos

Usted puede presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus, simultáneamente con su Formulario I-360 o después de presentarlo, aún si este está en trámite o ya fue aprobado. Si usted ya presentó el Formulario I-485 basado en el Formulario I-130 que presentó su cónyuge, continuaremos el trámite de esta solicitud y usted no tiene que presentar una nueva.

Si Usted Vive Fuera de Estados Unidos

Su Formulario I-360 aprobado será enviado a la embajada o consulado estadounidense en el extranjero que tenga jurisdicción sobre el lugar donde usted vive. Para más información, consulte la página Trámite Consular.

Evidencia de Apoyo para el Formulario I-485

Usted debe presentar la siguiente evidencia/documentación junto con su solicitud:

  • Dos fotos tipo pasaporte
  • Una copia de su certificado de nacimiento
  • Una copia de la página de su pasaporte que tiene la visa de no inmigrante (si le aplica)
  • Una copia de la página de su pasaporte que tiene el sello de admisión (entrada) o de permiso de permanencia temporal (“parole”) (si le aplica)
  • Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida (si le aplica). Si CBP le proporcionó un Formulario I-94 electrónico a su llegada/admisión a Estados Unidos, puede imprimir una versión impresa del Formulario I-94 desde el sitio web de CBP;
  • Formulario I-693, Informe Médico de Inmigración y Registro de Vacunación, o Formulario I-693 parcial (como, por ejemplo, el registro de vacunación), si corresponde;
  • Formulario I-360 con todos los documentos requeridos, si está presentando al mismo tiempo (concurrentemente) con el Formulario I-485;
  • Si no está presentando concurrentemente, la notificación de recibo o carta de aprobación (Formulario I-797) del Formulario I-360 (o Formulario I-130, si corresponde);
  • Registros penales y judiciales certificados de los cargos penales, arrestos o condenas (si corresponde);
  • Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad (si corresponde);
  • Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Admisión a Estados Unidos Después de una Deportación o Remoción (si corresponde);
  • Documentación del estatus de no inmigrante J-1 o J-2 pasado o presente (si corresponde), incluida una copia de cumplimiento o exención del requisito de residencia extranjera bajo INA 212(e) (para más información, vea el Formulario I-612, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Admisión a Estados Unidos Después de una Deportación o Remoción (bajo la Sección 212(e) de INA, según enmendada);
  • Si usted tiene el estatus de no inmigrante A, G o E y usted disfruta de ciertos privilegios e inmunidades diplomáticas como resultado de su estatus ocupacional, incluya el Formulario I-508, Solicitud de Renuncia a Derechos, Privilegios, Exenciones e Inmunidades; y
  • Formulario I-566, Solicitud de Registro Interagencial, Autorización de Empleo Dependiente A, G u OTAN o Cambio/Ajuste a/desde Estatus A, G u OTAN (solo si usted tiene un estatus de no inmigrante A, G u OTAN).
Examen Médico

Usted tendrá que hacerse un examen médico para ser elegible para ajuste de estatus en calidad de familiar inmediato. Para localizar a un médico civil cerca de usted, vea la página Encuentre un Médico.

Hijos de Viudo(a) de un Ciudadano Estadounidense

Sus hijos solteros menores de 21 años (conocidos como “derivados”) pueden estar incluidos en su petición de inmigración.

En calidad de “familiares inmediatos”, sus hijos derivados reciben beneficios de la Ley de Protección del Estatus del Menor, que “congela” sus edades en la fecha en que se presenta o se convierte automáticamente el Formulario I-360, lo que sea aplicable. Esta disposición legal evita que estos sobrepasen la edad límite (lo que se conoce en inglés como “aging-out”) si cumplen 21 años antes de que adjudiquemos su ajuste de estatus o solicitud de visa. Sin embargo, deben seguir cumpliendo con cualquier otro requisito adicional de la solicitud. Para más información, consulte nuestra página Ley de Protección del Estatus del Menor.

Autorizaciones de Empleo

Por lo general, cuando usted tiene un Formulario I-485 en trámite, puede solicitar la autorización para trabajar en Estados Unidos y permiso adelantado (permiso adelantado para viajar y ser admitido a Estados Unidos a su regreso). Para más información, vea las páginas de Autorización de Empleo y Documentos de Viaje.

Lo que Dice la Ley

Para más información, vea las secciones 201(b)(2)(A)(i) y 204(a)(1)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (enlace en inglés) y 8 CFR 204.2(i)(1)(iv) u 245.

Última Revisión/Actualización:
04/24/2025
¿Fue útil esta página?
0 / 2000
Para proteger su privacidad, por favor no incluya ninguna información personal en sus comentarios. Revise nuestra Política de Privacidad.
Arriba
  • Temas
  • Formularios
  • Noticias
  • Ciudadanía
  • Residencia Permanente
  • Leyes
  • Herramientas
U.S. Department of Homeland Security Seal, U.S. Citizenship and Immigration Services
Facebook
X, antes conocido como Twitter
YouTube
Instagram
LinkedIn
Email
Contáctenos
U.S. Department of Homeland Security Seal
Agency description

USCIS.gov

Un sitio web oficial de U.S. Department of Homeland Security

Important links
  • Acerca de USCIS
  • Accesibilidad
  • Presupuesto y Rendimiento
  • Componentes de DHS
  • Ley de Libertad de Información
  • Datos de la Ley No FEAR
  • Privacidad y Descargo de Responsabilidad Legal
  • Mapa del Sitio
  • Oficina del Inspector General
  • Casa Blanca
  • USA.gov
Looking for U.S. government information and services?
Visit USA.gov