Extensión de la Capacitación Práctica Opcional (OPT) Postfinalización de Estudios y Estatus F-1 para Estudiantes Elegibles bajo la Reglamentación de la Brecha de Cubierta de Visa H-1B
El periodo de brecha de cubierta comienza cuando el estatus y la autorización de empleo del estudiante F-1 caduca y, a menos que se haya cancelado, termina el 1 de octubre, que es la fecha de comienzo requerida de la petición H-1B sujeta a la cantidad máxima reglamentaria presentada a nombre de estos si desean obtener una autorización de la brecha de cubierta.
Esta brecha de cubierta ocurre debido a que un empleador no puede presentar y USCIS no puede aceptar una petición H-1B sujeta a la cantidad máxima reglamentaria presentada con más de seis meses de anticipación de la fecha vaya a necesitar realmente los servicios o capacitación del beneficiario. Como resultado de esto, el 1 de abril es la fecha más temprana en que un empleador puede presentar una petición H-1B sujeta a la cantidad máxima reglamentaria para el próximo año fiscal que comienza el 1 de octubre. Si USCIS aprueba la petición H-1B y la petición de cambio de estatus que acompaña dicha petición, la fecha más temprana en que el estudiante puede comenzar su empleo bajo H-1B es el 1 de octubre, pero la autorización de empleo de OPT para el beneficiario puede caducar antes de la fecha de comienzo de la petición H-1B.
La reglamentación actual les permite a ciertos estudiantes que tienen una petición H-1B sujeta a la cantidad máxima reglamentaria que está pendiente o aprobada a permanecer en estatus F-1 durante el periodo de brecha de cubierta (conocido en inglés como cap-gap). Esto se conoce como “cubrir” la brecha existente entre la finalización del estatus F-1 y el comienzo del estatus H-1B. Esto ocurriría cuando no se les extiende el estatus F-1 a los estudiantes que cualifiquen.
Las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria que son presentadas oportunamente para un estudiante F-1 elegible que solicita un cambio de estatus al de H-1B para octubre 1 cualifican para una extensión de la brecha de cubierta.
Presentar su solicitud de manera oportuna significa que la petición H-1B (que indica cambio de estatus en lugar de procesamiento consular) fue presentada durante el periodo aplicable de presentación de peticiones H-1B que comienza el 1 de abril y mientras el periodo aprobado de admisión de duración de estatus (D/S) F-1 del estudiante estaba en efecto (incluido cualquier plazo durante el currículo académico, cualquier periodo de Capacitación Práctica Opcional (OPT) postfinalización, y el periodo de 60 días para preparación de salida, conocido como “periodo de gracia”). Una petición H-1B sujeta a la cantidad máxima reglamentaria no será considerada como presentada apropiadamente a menos que esté basada en un registro seleccionado válido para el mismo beneficiario y año fiscal correspondiente, a excepción de que el requisito de registro esté suspendido.
Una vez el peticionario presenta apropiadamente una petición de cambio de estatus al de H-1B para el 1 de octubre, comenzará la extensión automática de la brecha de cubierta. Si la petición del estudiante H-1B es seleccionada (o seleccionada y aprobada si se suspende el requisito de registro), la extensión de la brecha de cubierta del estatus del estudiante continuará hasta el 30 de septiembre. La extensión de la brecha de cubierta de la petición H-1B del estudiante terminará automáticamente si la petición H-1B del estudiante es denegada, retirada, revocada o no es seleccionada, o si el cambio del estatus solicitado es denegado o retirado aún si la petición H-1B es aprobada para procesamiento consular. El estudiante tendrá el periodo estándar de 60 días a partir de la fecha en que se emite la notificación de rechazo o la fecha de finalización del programa, lo que sea más tarde, para salir de Estados Unidos (sin embargo, el periodo de gracia de 60 días no aplica a los estudiantes F-1 cuya solicitud de cambio de estatus solicitado es denegada o revocada debido a una violación de estatus, falsa representación o fraude).
Les recomendamos a los estudiantes a que permanezcan en comunicación continua con el empleador peticionario durante el periodo de extensión de la brecha de cubierta para que puede recibir actualizaciones sobre el estatus del trámite de la petición H-1B.
Por favor, tenga en cuenta: Los estudiantes F-1 que entraron en el periodo de gracia de 60 días no están autorizados a trabajar. Si un empleador presenta apropiadamente una petición H-1B sujeta a la cantidad máxima reglamentaria a nombre de un estudiante que ha entrado en un periodo de gracia de 60 días, el estudiante recibirá una extensión automática de su estatus F-1, pero no tendrá autorización de empleo (ya que el estudiante no estaba empleado al momento en que se presentó su petición H-1B).
Los estudiantes F-1 que no cualifiquen para la extensión de la brecha de cubierta, y aquellos cuyos periodos de estadía autorizada caduca antes del 1 de octubre, tienen que salir de Estados Unidos. Necesitan solicitar una visa H-1B en una oficina consular en el extranjero, si corresponde, y buscar readmisión a Estados Unidos bajo estatus H-1B, según las fechas que aparezcan en la petición H-1B que les fue aprobada.
Además, la brecha de cubierta aplica solo a beneficiarios de peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria, no a los beneficiarios de peticiones H-1B exentas de la cantidad máxima reglamentaria.
La extensión de la brecha de cubierta de OPT es automática para los estudiantes elegibles. Un estudiante no presenta una solicitud de extensión ni recibe un nuevo EAD para cubrir el tiempo adicional. La única prueba de la continuidad de la autorización de empleo disponible actualmente para un estudiante afectado es un Formulario I-20 actualizado que muestre la extensión de la OPT, que le es expedido por su oficial escolar designado (DSO). Este documento sirve como evidencia de la continuidad de la autorización de empleo.
Si un estudiante opta por obtener un Formulario I-20 actualizado, debe presentarle a su DSO evidencia de que presentó oportunamente una petición H-1B (que indique una solicitud de cambio de estatus en lugar de procesamiento consular) como, por ejemplo, la copia de la petición y un acuse de recibo de FedEx, UPS, o correo expreso/correo certificado de USPS. El DSO del estudiante expedirá un Formulario I-20 que muestre la extensión hasta el 1 de junio.
El estudiante debe volver a donde su DSO con una copia del Formulario I-797, Notificación de Acción, del empleador peticionario, que tenga un número de recibo válido e indique que esa petición fue presentada y aceptada. El DSO del estudiante expedirá otro Formulario I-20 actualizado, que muestra la fecha de extensión hasta el 1 de octubre. En estas situaciones, el estudiante puede continuar en su empleo mientras se procesa la actualización de su Formulario I-20. Debido a que la extensión de la brecha de cubierta es automática, no se le requiere al estudiante tener un Formulario I-20 actualizado para continuar en el empleo; este sólo sirve como evidencia de la autorización de empleo OPT.
Si se deniega, rechaza, revoca o se retira una petición H-1B presentada a nombre de un estudiante F-1 que tenga una extensión de la brecha de cubierta, el estudiante tendrá el periodo de gracia estándar de 60 días (a partir de la fecha de la notificación de denegación, rechazo, revocación, o retiro de la petición) para prepararse y salir de Estados Unidos.
El periodo de 60 días de gracia no aplica a un estudiante F-1 cuya petición de cambio de estatus fue denegada por una violación de estatus, falsa representación o fraude. En esos casos, el estudiante F-1 es inelegible tanto para la extensión de estatus como para el periodo de gracia de 60 días. De igual manera, el periodo de gracia de 60 días y la extensión de la brecha de cubierta del estatus no aplica a un estudiante F-1 cuya petición haya sido revocada debido a una violación de estatus, fraude o falsa representación descubierta después de haber sido aprobada la petición. En ambos casos, el estudiante tiene que salir de Estados Unidos inmediatamente.
Un estudiante F-1 puede, usualmente, viajar al extranjero y buscar readmisión a Estados Unidos bajo estatus F-1 durante un periodo de brecha de cubierta si:
- La petición H-1B y la petición de cambio de estatus del estudiante ha sido aprobada;
- El estudiante solicita readmisión antes de que comience su empleo H-1B (normalmente al principio del año fiscal el 1 de octubre); y
- El estudiante es admisible de alguna otra manera.
Sin embargo, si un estudiante F-1 viaja fuera de Estados Unidos mientras la petición H-1B y el cambio de estatus permanecen en trámite, consideraremos como abandonada la solicitud de cambio de estatus ha.
Tenga en cuenta que aún si el estudiante F-1 cumple con todos los requisitos indicados arriba, el oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) siempre toma la determinación final de si debe admitir a un solicitante de admisión después de la inspección en el puerto de entrada. Los estudiantes F-1 pueden consultar la página de Estudiar en Estados Unidos del del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para obtener una lista de los documentos de evidencia requeridos para confirmar la elegibilidad para el estatus F-1.
Los estudiantes F-1 que obtengan grados en ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM) que estén incluidos en la Lista de Programas de Grados STEM Designados (PDF), son empleados por empleadores que participan y están en cumplimiento con el programa E-Verify, y aquellos que han recibido la otorgación inicial de autorización de empleo OPT postfinalización relacionada con ese grado, pueden solicitar una extensión de 24 meses de dicha autorización. Los estudiantes F-1 pueden obtener información adicional sobre las extensiones STEM OPT en nuestro Manual de Políticas de USCIS, en la página Extensión de la Capacitación Práctica Opcional para Estudiantes de STEM o en el centro de información STEM OPT (en inglés).
Los estudiantes que son elegibles para una extensión de la brecha de cubierta) para empleo OPT postfinalización de estudios y el estatus F-1 pueden solicitar una extensión STEM OPT durante el periodo de extensión de la brecha de cubierta.
Sin embargo, los estudiantes no pueden presentar una solicitud para una extensión STEM OPT una vez el periodo de extensión de la brecha de cubierta haya terminado (si la petición H-1B es rechazada, denegada, revocada o rechazada), y el estudiante ha entrado en el periodo de gracia de 60 días.
La ley permite que usted esté desempleado por una cantidad limitada de días durante su periodo de OPT.
Si usted recibió… | Puede estar desempleado... | Para un total de… (durante el periodo OPT) |
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OPT postfinalización inicial únicamente | Hasta 90 días | 90 días |
Extensión de 24 meses | 60 días adicionales | 150 días |
Si la fecha de finalización de la OPT del estudiante se reduce al 30 de septiembre, aún si su empleo H-1B no comienza hasta una fecha posterior, el estudiante debe contactar a su DSO. El DSO puede solicitar que se arreglen los datos en el Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS), comunicándose con la línea de ayuda de SEVIS.
- Despidos o terminaciones por parte de un empleador H-1B: Si el estudiante tiene una petición H-1B y un cambio de estatus aprobados, pero es despedido o terminado por su empleador H-1B antes de la fecha en que oficialmente obtiene el estatus H-1B, el estudiante puede utilizar cualquier porción no utilizada de su OPT si tiene un EAD que no ha caducado expedido para un OPT postfinalización. El estudiante permanecerá en estatus F-1 y continuar su OPT utilizando el EAD que no ha caducado.
El estudiante también debe asegurarse que USCIS reciba una petición de retiro de caso de parte del peticionario antes de la fecha den que entra en efecto el cambio de estatus H-1B. Esto evitará que USCIS cambie el estatus del estudiante al estatus H-1B. Una vez la petición haya sido revocada o retirada, el estudiante debe proporcionarle a su DSO una copia del recibo de reconocimiento de retiro de la petición (la notificación de revocación). El DSO puede comunicarse con la línea de ayuda de SEVIS para solicitar que se actualicen los datos en ese sistema a fin de prevenir que el estudiante sea dado de baja en SEVIS.
Si USCIS no recibe la petición de retiro antes de la fecha en que se supone que el estudiante cambia de estatus al de no inmigrante H-1B, entonces, el estudiante tendrá que dejar de trabajar, presentar un Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar el Estatus de No Inmigrante, para solicitar el estatus F-1, y esperar hasta que esa petición de cambio de estatus sea aprobada, antes de continuar en el empleo OPT.
El estudiante F-1 puede continuar trabajando con su EAD aprobada mientras la actualización de sus datos en SEVIS está en trámite si:
- El (anterior) empleador H-1B retiró la petición H-1B antes del 1 de octubre;
- El estudiante encuentra un empleo apropiado para su OPT;
- El periodo de OPT no ha caducado (lo que puede indicar que el estudiante no estaba utilizando la brecha de cubierta debido a que tenía otro tipo de autorización de OPT valida); y
- El DSO solicitó que se actualicen los datos en SEVIS.
- Trabajar mientras la petición está pendiente: Si el empleador retira la petición H-1B antes del 1 de octubre, el estudiante puede continuar trabajando después del 1 de octubre mientras la actualización de sus datos está en trámite, siempre que:
- El estudiante encuentre empleo apropiado para su OPT apropiado;
- El período de OPT está vigente (lo que puede indicar que el estudiante no estaba utilizando la brecha de cubierta debido a que tenía otro tipo de autorización de OPT valida); y
- El estudiante no ha violado su estatus de F-1.
- Mantener válido el estatus F-1: Si el empleador retira la petición H-1B ocurre antes de la fecha en que el estudiante cambia oficialmente al estatus H-1B, usualmente, el estudiante se mantiene en estatus F-1 mientras se arreglan los datos. El estudiante tendrá el periodo de gracia estándar de 60 días para salir de Estados Unidos, a menos que la petición H-1B sea revocada por fraude o violación de estatus.
Si el empleador retira la aprobación de la petición H-1B después de la fecha de efectividad del cambio de estatus H-1B, el estatus del estudiante debe haber cambiado de F-1 a H-1B. El estudiante ya no estará en estatus F-1 válido y tendrá que presentar un Formulario I-539 para solicitar una restitución del estatus F-1.