E-3 para Ciertos Profesionales Especializados Australianos
La clasificación E-3 aplica solamente a nacionales de Australia. Usted debe venir a Estados Unidos solamente para proporcionar servicios en un trabajo especializado. El trabajo especializado requiere la aplicación teórica y práctica de conocimiento altamente especializado y debe tener, como mínimo, un título universitario de bachiller o postrado en la especialidad específica, o su equivalente, para entrar en el campo de trabajo en Estados Unidos.
Para cualificar para una visa E-3, debe demonstrar, entre otras cosas, que usted:
- Es nacional de Australia
- Tiene una oferta genuina de empleo en Estados Unidos
- Posee las credenciales académicas u otras credenciales necesarias
- Ocupar una posición que cualifica como un trabajo especializado.
El Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, se utiliza para solicitar un cambio de estatus o solicitar una exención de estadía en la clasificación de trabajador temporal E-2 no inmigrante.
Documentos de Apoyo
Su Formulario I-129 debe incluir los siguientes documentos:
- Una Solicitud de Condición Laboral (LCA) que indica que ha sido presentada correctamente para apoyar la clasificación E-3.
- Credenciales académicas u otras necesarias para demonstrar que cualifica para el puesto
- Carta de oferta de empleo y otros documentos emitidos por el empleador que demuestren que trabajándose desempeñará en un trabajo especializado y se le pagará el sueldo más alto del salario actual o. prevaleciente.
- Si se requiere, antes de empezar en el empleo en el trabajo especializado, debe tener la licencia u otro permiso oficial para ejercer en el trabajo especializado.
Periodo Inicial de Estadía | Extensión de Estadía |
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2 años | Hasta 2 años por cada extensión. No hay límite de extensiones de estadía, con ciertas excepciones. |
Para cambiar empleador mientras permanece en Estados Unidos, su nuevo empleador debe obtener una solicitud de condición laboral certificada para el puesto en que usted estará empleado y debe presentar el Formulario I-129 apropiadamente. El Formulario I-129 debe estar aprobado antes de que autorice a trabajar para el nuevo empleador. USCIS puede considerar que usted se mantenga el estatus E-3 después de que termine el empleo, por hasta un periodo máximo de 60 días durante el periodo de validez de petición (u otro periodo de validez autorizado).
Aviso: El Formulario I-129 también se utiliza para una extensión de estadía o cambio de empleo con el mismo empleo.
El cónyuge o el hijo soltero menor de 21 años de edad de un trabajador no inmigrante E-3 tienen derecho a la clasificación de dependiente E-3. Los hijos de los trabajadores E-3 no pueden trabajar en Estados Unidos.
Los cónyuges de los trabajadores E-3 que tienen el estatus E-3 o E-3S válido están considerados como autorizados para trabajar a base de su estatus.
La evidencia expedida por DHS sobre dicha autorización de empleo que es aceptable para completar el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, incluye:
- Un Formulario I-94 vigente con una anotación que refleje el estatus de no inmigrante E-3S. Desde el 30 de enero de 2022, USCIS y CBP comenzaron a emitir el Formulario I-94 con un nuevo código de admisión para ciertos cónyuges de trabajadores E-3: el código E-3S. Un Formulario I-94 no caducado que refleja este nuevo código es aceptable como evidencia de autorización de empleo bajo la Lista C del Formulario I-9
- Un Formulario I-94 vigente con una anotación que refleje el estatus de no inmigrante E-3, E-3D o E-3R, junto con una notificación de USCIS sobre el nuevo código de admisión. USCIS les enviará a los cónyuges E que tienen un Formulario I-94 emitido por USCIS antes del 30 de enero de 2022 con la anotación de estatus de no inmigrante E-3, E-3D o E-3R y que tienen autorización de empleo dependiente de su estatus, una notificación acerca del nuevo código de admisión que, junto con un Formulario I-94 que refleje el estatus de no inmigrante E-3, E-3D o E-3R, sirve como evidencia de autorización de empleo para dichos cónyuges bajo la Lista C del Formulario I-9. Para obtener más información, consulte el alerta web.
- Un Documento de Autorización de Empleo (EAD) vigente. Los cónyuges de trabajadores E-3 que tienen autorización de empleo dependiente de su estatus no están obligados a solicitar autorización de empleo mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, pero pueden presentar el Formulario I-765, con el pago de tarifa, para obtener un Documento de Autorización de Empleo (Formulario I-766 o EAD). Un Los EAD son evidencias de identidad y autorización de empleo aceptables según la Lista A del Formulario I-9.
- Un EAD caducado con documentación adicional para demostrar que el EAD ha sido extendido de manera automática (como se describe abajo).
Algunos cónyuges E cualifican para la extensión automática de sus EAD (Formulario I-765) existente si cumplen con las siguientes condiciones:
- Presentan de manera oportuna y apropiada un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, de renovación basado en el mismo estatus de no inmigrante E; y
- Tienen un Formulario I-94, Registro de Entrada-Salida, sin caducar que muestre el estatus de no inmigrante E-3, E-3D, E-3R o E-3S.
Normalmente, las regulaciones de DHS proporcionan un período de extensión automática de hasta 180 días a partir de la fecha de vencimiento establecida en el EAD. En mayo de 2022, el DHS publicó una regla final temporal que crea 8 CFR 274.13(d)(5), aumentando temporalmente el período de extensión automática hasta 540 días. El aumento del período de extensión automática bajo 8 CFR 274a.13(d)(5) estaba disponible para los solicitantes de renovación elegibles que tenían una solicitud de renovación de EAD presentada de manera oportuna y apropiada pendiente durante el período de aproximadamente 18 meses que comenzó el 4 de mayo de 2022 y finalizó el 26 de octubre de 2023. Las extensiones automáticas aumentadas bajo esa regla final temporal de mayo de 2022 siguen siendo válidas hasta que se apruebe o deniegue su solicitud de renovación, o hasta que expire el período de hasta 540 días (contados a partir de la fecha de vencimiento de la autorización de empleo y/o su EAD), o la fecha de finalización del estatus de no inmigrante E-3/E-3D/E-3R/E-3S, lo que ocurra primero.
El 08 de abril de 2024, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó una segunda regla final temporal que aumenta temporalmente el período de extensión automática a un total de hasta 540 días para los solicitantes de renovación elegibles. Esta segunda regla final temporal creó 8 CFR 274.13(d) (6), que aumenta el período de extensión automática hasta 540 días para los solicitantes de renovación elegibles para recibir una extensión automática que presentaron de manera oportuna y apropiada una solicitud de renovación de EAD a partir del 27 de octubre de 2023 y antes del 30 de septiembre de 2025 y cuyas solicitudes estén pendientes durante el período de 18 meses a partir del 08 de abril de 2024, al 30 de septiembre de 2025.
Por lo tanto, la extensión automática del EAD bajo cualquiera de las reglas finales temporales continuará hasta lo que ocurra primero:
- La fecha de vencimiento del Formulario I-94 del cónyuge dependiente que refleja el estatus válido de no inmigrante E-3, E-3D, E-3R o E-3S;
- La fecha en que aprobamos o denegamos su solicitud de renovación del EAD previo; o
- 540 días a partir de la fecha que se indica en “Card Expires” (Tarjeta Expira) en la parte frontal del EAD previo.
Información adicional sobre el aumento temporal del período de extensión automática está disponible en la página de Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo (EAD).
Los cónyuges E elegibles pueden presentarles a los empleadores la evidencia siguiente de extensión automática de EAD para propósitos del Formulario I-9:
- Formulario I-94 que refleje el estatus de no inmigrante E-3, E-3D, E-3R o E-3S vigente;
- Formulario I-797C que demuestre la solicitud de renovación del EAD presentada oportunamente del Formulario I-765 y que refleje (a)(17) como la “clase seleccionada”; y
- El EAD caducado expedido bajo la misma categoría A17.
Formularios
Otros enlaces de USCIS
Enlaces del Departamento de Estado
Enlaces del Departamento de Trabajo