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  4. P-3 Artista o Presentador Bajo un Programa Cultural Único

P-3 Artista o Presentador Bajo un Programa Cultural Único

La clasificación P-3 aplica a usted si viene temporalmente para presentarse, enseñar, o adiestrar en calidad de artista o presentador, individual o como parte de un grupo, bajo un programa cultural único.

Criterios de Elegibilidad

Para obtener una visa P-3, usted debe venir a Estados Unidos, ya sea de carácter individual o grupal, con el propósito de desarrollar, interpretar, representar, adiestrar, o enseñar una presentación o evento étnico, cultural, musical, teatral, o artístico que es único o tradicional. Además, debe venir a Estados Unidos para participar en un evento cultural, o en eventos que darán a conocer o contribuirán al desarrollo de su disciplina artística.  El programa puede ser de naturaleza comercial o no comercial.

Trámite para la Solicitud

Un empleador estadounidense u organización patrocinadora estadounidense  debe tramitar un Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante. Para más información sobre el trámite del Formulario I-129, vea la página web de “Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante”.

Puede encontrar las condiciones requeridas para un peticionario en el memorándum "Requisitos para los Agentes y Patrocinadores que presentan como Peticionarios para las Clasificaciones de Visa O y P (PDF, 790.07 KB)" (en inglés).

Documentos de Apoyo

El Formulario I-129 debe incluir los siguientes documentos:

  • Consulta escrita de una organización laboral apropiada
  • Copia del cualquier contrato entre el peticionario y el beneficiario o un resumen de los términos de un acuerdo verbal entre el peticionario y el beneficiario bajo el que usted estará empleado
  • Una explicación sobre el evento o actividades, las fechas de vigencia y terminación de los eventos o actividades, y una copia de cualquier itinerario
  • Declaraciones juradas, testimonios o cartas de expertos reconocidos que certifiquen la autenticidad de las aptitudes suyas o las del grupo para presentar, capacitar o enseñar artes únicas y tradicionales y que constaten las credenciales del experto, así como una explicación sobre cómo obtuvo conocimiento de las aptitudes suyas o de su grupo; O documentación que la presentación de su grupo es culturalmente única según evidencie en los periódicos, revistas u otros materiales publicados.
  • Documentación que demuestre que todas las presentaciones y funciones serán eventos culturales únicos

Nota: Si los eventos o las presentaciones se llevaran a cabo en múltiples localidades, se debe presentar un itinerario.  El itinerario debe incluir una lista de las fechas y localidades de los eventos.

Notificación al Consulado (o Puerto de Entrada) / o Extensión de Estadía

El peticionario puede solicitar en el Formulario I-129 que se notifique al consulado una vez se apruebe la petición o solicitar que extender la estadía del beneficiario en Estados Unidos.

Para más información vea las páginas Extender mi Estadía y Cambiar mi Estatus de No Inmigrante.

Una vez USCIS aprueba la petición P-3, el beneficiario puede solicitar la visa en cualquier embajada o consulado de Estados Unidos (si se requiere una visa). El Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) establece el proceso de solicitud y las tarifas de las visas. Para más información acerca del proceso de solicitud y tarifas de las visas visite la página Visas Temporales para Trabajadores No Inmigrantes del Departamento de Estado.

Periodo de Estadía / Extensión de Estadía

Período Inicial de Estadía Extensión de Estadía
Tiempo necesario para completar el evento, actividad o función, que no debe exceder 1 año Incrementos de hasta 1 año para poder continuar o completar el evento, la actividad, o la función.

Cambio de Empleador

Puede cambiar de empleadores, pero solo después de que su nuevo empleador haya presentado un nuevo Formulario I-129 con USCIS en el que pida permiso para emplearlo a usted y extender su estadía.  No puede comenzar su empleo con el nuevo empleador o patrocinador hasta que el Formulario I-129 haya sido aprobado.

Familia de Titulares de Visas P-3

Su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden obtener el estatus P-4.  Ellos están sujetos al mismo plazo de admisión y limitaciones que su estatus P-1. Sus dependientes no pueden trabajar, pero sí pueden estar matriculados en una escuela o universidad.

Personal Esencial de Apoyo

El personal esencial de apoyo que es parte integral del desempeño de un artista o presentador P-3 que brinda servicios de apoyo que no puedan ser desempeñados por un trabajador estadounidense, y que son esenciales para el desempeño exitoso de los servicios del P-1 o P-2 son elegibles a la clasificación P-3. 

El peticionario debe tramitar un Formulario I-129 por separado para el personal de apoyo.  La petición debe incluir:

  • Una consulta de una organización laboral apropiada
  • Una declaración describiendo las destrezas esenciales y vitales, previas y actuales, así como las habilidades críticas y experiencia del solicitante con el artista o presentador P-3
  • Copia del contrato escrito entre el empleador y la persona de apoyo o un resumen de los términos del acuerdo verbal bajo el cual la persona de apoyo estará empleada.

Enlaces Relacionados

Enlaces de USCIS

  • Lista de Direcciones para Cartas de Consulta Formulario I-129 para Clasificaciones de Visas O y P

Enlaces aparte de USCIS

  • Acuerdos de Retención Central (IRS)
Última Revisión/Actualización:
02/24/2021
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