Preguntas y Respuestas: Regla para la Modernización del Programa de Inversionistas Inmigrantes EB-5
Retención de la Fecha de Prioridad
P. ¿Quién podría beneficiarse de la nueva disposición de retención de la fecha de prioridad de la regla EB-5?
R. Los inversionistas que presenten un nuevo Formulario I-526, Petición de Inmigrante por Inversionista Extranjero, en o después del 21 de noviembre de 2019, pueden usar la fecha de prioridad de un Formulario I-529 aprobado previamente, sujeto a ciertas condiciones.
P. ¿Cuándo podría USCIS no permitir que el peticionario use la fecha de prioridad de un Formulario I-526 aprobado previamente para un nuevo Formulario I-526 presentado en o después del 21 de noviembre de 2019?
R. USCIS no permitirá que el peticionario use la fecha de prioridad de un Formulario I-526 aprobado previamente para una petición presentada posteriormente, si:
- El inversionista ya había sido admitido a Estados Unidos bajo la sección 203(b)(5) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad con la fecha de prioridad de la petición aprobada anteriormente; o
- USCIS revocó la petición aprobada previamente a causa de fraude o falsa representación por parte del peticionario, o debido a que la aprobación estaba basada en un error material.
P. ¿Cómo pueden los inversionistas solicitar una fecha de prioridad más temprana?
R. Como parte del envío de su nuevo Formulario I-526, los inversionistas pueden proporcionar a USCIS una declaración en la que solicitan una fecha de prioridad más temprana, junto con una copia de la notificación de aprobación (Formulario I-797) del Formulario I-526 anterior. Los inversionistas pueden solicitar un duplicado de la notificación de aprobación anterior mediante el Formulario I-824, Solicitud de Acción Sobre una Solicitud o Petición Aprobada.
Cantidades Mínimas de Inversión
P: ¿Cuáles son las nuevas cantidades de inversión mínimas que aplican a los inversionistas EB-5 que presentan un Formulario I-526, Petición de Inmigrante por Inversionista Extranjero en o después del 21 de noviembre de 2019?
R: Para los inversiones que están fuera de un Área de Empleo Objeto (TEA, por sus siglas en inglés), la cantidad mínima de inversión aumentó de $1 millón a $1.8 millones. Para las inversiones en un TEA, la cantidad mínima de inversión aumentó de $500,000 a $900,000. Estas cantidades representan un ajuste a base de la inflación, según autorizado por ley. A partir del 1 de octubre de 2024, y cada cinco años a partir de entonces, estas cantidades se ajustarán automáticamente para las peticiones presentadas en o después de la fecha de efectividad de cada ajuste, y DHS podría actualizar esta cifra mediante la publicación de una enmienda técnica en el Registro Federal.
P: ¿Cómo afecta la nueva regla final de EB-5 a la cantidad mínima de inversión para inversionistas que presentaron un Formulario I-526 apropiadamente antes del 21 de noviembre de 2019, pero dichas peticiones estaban en trámite durante el día que entró en efecto la regla final?
R: Los inversionistas que presentaron un Formulario I-526 antes de la fecha de efectividad de la regla final pueden demostrar su elegibilidad bajo los requisitos de inversión mínima que estaban vigentes cuando presentaron la petición.
P: ¿Cómo afecta la regla final EB-5 a la cantidad mínima de inversión para inversionistas que presentaron su Formulario I-526 antes del 21 de noviembre de 2019, invirtieron solo una cantidad parcial de capital, y están activamente en el proceso de invertir la cantidad restante?
R: Estos inversionistas deben cumplir con los requisitos que estaban vigentes cuando presentaron la petición – esto incluye el requisito de demostrar que pueden cumplir con la cantidad mínima de inversión anterior de $500,000 o $1 millón, al haber invertido o estar en proceso activo de invertir la cantidad requerida al momento de presentar el formulario. Los peticionarios deben demostrar un compromiso genuino sobre la cantidad requerida de capital al momento de presentar la solicitud, pero no tienen que haber invertido la cantidad total de su inversión de capital en la nueva empresa comercial antes de la fecha de efectividad de la nueva regla. En su lugar, pueden estar activamente en el proceso de invertir la cantidad mínima de inversión requerida bajo la regla anterior.
P: ¿Cómo afecta la regla final EB-5 a la cantidad mínima de inversión de los inversionistas que presentan un Formulario I-526 en o después del 21 de noviembre de 2019, pero buscan retener una fecha de prioridad de un Formulario I-526 aprobado previamente y presentado antes del 21 de noviembre de 2019?
R: Todos los inversionistas que presentan un nuevo Formulario I-526 en o después de la fecha de efectividad de la regla, incluso aquellos que buscan retener la fecha de prioridad de un Formulario I-526 aprobado previamente, deben cumplir con los requisitos bajo la nueva regla EB-5, incluido el aumento en las cantidades mínimas de inversión.
Designaciones de TEA
P: ¿Cómo afecta la nueva regla EB-5 la determinación de TEA para los peticionarios de Formularios I-526 que presentaron su solicitud antes del 21 de noviembre de 2019?
R: Los inversionistas que presentaron el Formulario I-526, Petición de Inmigrante por Inversionista Extranjero, antes de la fecha de efectividad de la regla final deben demostrar su elegibilidad bajo los requisitos vigentes al momento de presentar la petición.
P: Bajo la nueva regla EB-5, los inversionistas que desean obtener la clasificación EB-5 pueden demostrar que su inversión es un área TEA de alto desempleo, al proporcionar evidencia de que el área específica en la que la nueva empresa comercial hará negocios principalmente, ha tenido una tasa de desempleo de menos del 150% de la tasa nacional promedio. ¿Qué fuentes de datos deben usar los solicitantes y peticionarios para determinar la tasa de desempleo y dónde están disponibles estas fuentes de datos?
R: La responsabilidad de proporcionarle a USCIS evidencia que documente que el área en la que el peticionario ha invertido o está en el proceso activo de invertir es un área de alto desempleo en el momento de la determinación aplicable recae en el peticionario, y dicha evidencia debe ser confiable y verificable. USCIS cree que los datos sobre desempleo proporcionados al público por el Negociado del Censo a través de la Encuesta sobre la Comunidad Estadounidense (American Community Survey, ACS) y el Negociado de Estadísticas Laborales (BLS, por sus siglas en inglés) del Departamento del Trabajo cualifican como confiables y verificables para que los peticionarios las usen como referencia a fin de demostrar su responsabilidad probatoria.
Independientemente de cuáles datos confiables y verificables los peticionarios escogen presentar, los datos deben ser consistentes. Por ejemplo, USCIS toma en cuenta que, aunque BLS y el Negociado del Censo confían en el concepto de fuerza laboral civil en sus cálculos de las tasas de desempleo, usan distintas metodologías. Si los peticionarios usan los datos de ACS para determinar la tasa de desempleo para el TEA solicitado, entonces deben también usar los datos de ACS para determinar la tasa nacional de desempleo.
P: ¿De qué manera un peticionario EB-5 podría presentar evidencia que documente que el área en la que hará negocios principalmente su nueva empresa comercial está localizada en un TEA bajo 8 CFR 204.6(i)?
R: Un peticionario EB-5 puede proporcionar lo siguiente acerca de la zona o zonas censales pertinentes, junto con otra documentación relevante:
- La localidad donde la nueva empresa comercial (o entidad creadora de empleos, si corresponde) hace negocios principalmente;
- Un mapa que identifique las zonas censales incluidas en el TEA propuesto (incluso solo la(s)zona(s) donde la entidad relevante hará negocios principalmente y cualquier zona o todas las zonas directamente adyacentes);
- Los cálculos base para demostrar el promedio ponderado de la tasa de desempleo para el área especificada;
- Los datos confiables y verificables que sirven de fuente para las estadísticas de desempleo para el TEA propuesto;
- Evidencia de que los datos utilizados son confiables y verificables (esto es, que los peticionarios deben demostrar que utilizaron métodos confiables y verificables para obtener sus estadísticas de desempleo).
P: Para demostrar que un área cualifica como un TEA de alto desempleo, los peticionarios deben demostrar que la tasa de desempleo para dicha área es de al menos 150% por ciento del promedio nacional. ¿A cuál lugar decimal tiene que estar redondeado la tasa de desempleo para cualificar? Por ejemplo, si el desempleo para agosto 2019 es 3.7%, y 150% de eso es 5.55% ¿cualificaría una tasa promedio ponderada de 5.445%? ¿Cuál es el punto de corte?
R: El peticionario debe redondear la tasa de desempleo promedio ponderada para el área para la que se busca la designación TEA al mismo lugar decimal que la tasa de desempleo utilizada para comparación. En este ejemplo, para cualificar con un TEA, el peticionario debe demostrar una tasa de desempleo promedio ponderada igual o mayor de 5.55%. Si los resultados de la tasa promedio ponderada de desempleo del peticionario es un número con más lugares decimales que el cálculo del 150% (5.55% en este caso), el peticionario debe redondear la tasa promedio ponderada a la misma cantidad de lugares decimales que el cálculo del 150%. El redondeo está basado en el número que sigue al número que será redondeado. Por lo tanto, si el promedio ponderado del peticionario es 5.5447258%, el promedio ponderado se redondea a base del tercer lugar decimal a 5.54% y no cualificaría. Sin embargo, si el promedio ponderado del peticionario es 5.5467258%, el promedio ponderado se redondearía a base del tercer lugar decimal a 5.55% y cualificaría.
P: ¿Aceptará USCIS una certificación estatal de un TEA que formó parte de un Formulario I-526 aprobado antes del 21 de noviembre de 2019, para un Formulario I-526 presentado por separado en o después del 21 de noviembre de 2019, a base de hechos de que son materialmente iguales?
R: No. USCIS adjudicará cada Formulario I-526 presentado en o después del 21 de noviembre de 2019 de acuerdo a la nueva regla.
Cancelación de Condiciones Sobre la Residencia Permanente Legal
P: Si los familiares derivados (como un hijo o cónyuge) del inversionista principal no fueron incluidos en el Formulario I-829, Petición de Inversionista para Remover Condiciones sobre el Estatus de Residente Permanente, y tienen la intención de presentar su propio Formulario I-829 ¿pueden presentar su solicitud juntos en un mismo Formulario I-829?
R: Ellos solo pueden presentar su solicitud juntos si el inversionista falleció. De otro modo, cada familiar derivado debe presentar un Formulario I-829 por separado. Si el familiar derivado va a presentar por separado del inversionista, el familiar derivado debe adjuntar una copia del Formulario I-797, Notificación de Acción del Inversionista relacionado con el Formulario I-829 del inversionista.
P: ¿Le prohíbe esta regla a USCIS agregar un derivado a un Formulario I-829 que está en trámite?
R: No, los derivados aún pueden solicitar que se les añada a un Formulario I-829 que está en trámite si pagan la tarifa de servicios biométricos y son de otro modo elegibles para ser clasificados como derivados del principal. La nueva regla estandariza el proceso para aquellos derivados que presentan un Formulario I-829 y no pueden ser incluidos en el Formulario I-829 del inversionista principal, generalmente debido el principal no presenta o se niega a presentar un Formulario I-829.
P: ¿Pueden los inversionistas principales incluir en sus Formularios I-829 a un hijo que alcanzó la edad de 21 años o que se casó durante el periodo de residencia permanente condicional, o a un excónyuge que se divorció del inversionista durante el periodo de residencia permanente condicional?
R: Sí.