Información Adicional Sobre Cómo Presentar una Petición de Reducción de Tarifas
USCIS permite que los solicitantes pidan una reducción de tarifa para el Formulario N-400, Solicitud de Naturalización. Reconocemos que es posible que algunos solicitantes no puedan pagar la tarifa de presentación completa ($710-760), pero sí pueden pagar una tarifa reducida ($380). Aprobaremos una petición de reducción de tarifa únicamente si usted demuestra claramente que el ingreso anual documentado de su hogar no sobrepasa el 400% de las Guías Federales de Pobreza. Evaluaremos cuidadosamente los méritos de cada petición de tarifas antes de tomar una decisión sobre su petición.
Una tarifa reducida no es lo mismo que una exención de tarifas. Por favor, vea la página del Formulario I-912, Petición de Exención de Tarifas, para obtener información acerca de las exenciones de tarifas. No presente una solicitud de reducción de tarifas y una exención de tarifas.
Si usted va a solicitar una reducción de tarifas o una exención de tarifas, no puede presentar el Formulario N-400 en línea. Debe presentar un Formulario N-400 en formato impreso si solicita una reducción de tarifa o una exención de tarifas.
Formularios
Tarifas relacionadas
- Tarifa reducida del Formulario N-400: $380
Encuentre en esta Página
- Elegibilidad
- Cómo solicitar una reducción de tarifa
- Cómo demostrar que el ingreso de su hogar no sobrepasa el 400% de las Guías Federales de Pobreza
- Cómo determinar quién cuenta para el tamaño e ingreso de su hogar
- Cómo la separación marital afecta la elegibilidad
- Cómo una Declaración de Patrocinio Económico afecta la elegibilidad
- Razones comunes por las que denegamos una petición de reducción de tarifa
Elegibilidad
Usted puede solicitar una reducción de tarifas si:
- Va a presentar un Formulario N-400, Solicitud de Naturalización, en formato impreso
Y
2. Proporciona documentación que demuestre que cualifica porque su ingreso documentado del hogar no sobrepasa el 400% de las Guías Federales de Pobreza al momento de presentar la solicitud. Verifique los niveles actuales de ingresos elegibles basados en las Guías Federales de Pobreza para este año.
Cómo Solicitar una Reducción de Tarifas
Complete la Parte 10 del Formulario N-400, Solicitud de Naturalización.
- Es importante que usted proporcione toda la información que le requieren las instrucciones del formulario. Si no proporciona información y documentos suficientes que apoyen su solicitud, tomará mucho más tiempo procesar su solicitud y podríamos rechazarla. Por favor, lea cuidadosamente las instrucciones del formulario para evitar errores comunes.
- Debe incluir una traducción completa al inglés de todos los documentos que contengan información en un idioma extranjero. El traductor debe firmar una certificación en la que indique que la traducción al idioma inglés está completa y es precisa, y que el traductor está cualificado para traducir desde el idioma extranjero al inglés.
Cómo demostrar que su ingreso de su hogar no sobrepasa el 400% de las Guías Federales de Pobreza
- Usted puede solicitar una reducción de las tarifas de una solicitud si su ingreso anual documentado del hogar no sobrepasa el 400% de las Guías Federales de Pobreza al momento de presentar su solicitud.
- Si su ingreso es de o por debajo del 150% de las Guías Federales de Pobreza, no presente una petición de tarifa reducida. Puede solicitar una exención de tarifas. Vea el Formulario I-912, Petición de Exención de Tarifas.
Si usted va a solicitar una reducción de tarifas mientras su cónyuge vive fuera de Estados Unidos y proporciona apoyo financiero a su hogar, incluya las contribuciones económicas que hace su cónyuge al hogar en la sección de ingreso total del hogar. Si su cónyuge vive en el extranjero y no aporta económicamente al hogar, por favor, incluya una declaración que explique esa situación. Si usted va a presentar una solicitud porque es un cónyuge maltratado o abusado de un ciudadano estadounidense con quien usted continúa residiendo, no incluya el ingreso de su cónyuge.
Cómo determinar quién cuenta para el tamaño e ingreso del hogar
- Usted puede contar a una persona como parte del tamaño de su hogar si esa persona es:
- Usted;
- El jefe del hogar (si no es usted). Si el hijo (mejor de 21 años) solicita de manera individual, proporcione información del padre custodio principal;
- Su cónyuge que vive con usted (si usted está separado o su cónyuge no vive con usted, no lo incluya); o
- Cualquiera de los siguientes familiares que viven con usted:
- Sus hijos o menores bajo custodia legal, que están solteros y tienen menos de 21 años de edad;
- Sus hijos o menores bajo custodia legal, que están solteros y tienen al menos 21 años de edad, pero son menores de 24 años, son estudiantes a tiempo completo, y viven con usted cuando no están en la escuela;
- Sus hijos menores o menores bajo custodia legal, que son solteros y para los cuales usted es el tutor legal porque tiene una discapacidad física o de desarrollo o un impedimento mental al extremo que no pueden cuidar de sí mismos adecuadamente y no pueden establecer, mantener o restablecer su propio hogar;
- Sus padres; y
- Cualquier otro dependiente listado en su declaración de impuestos, o en la de su cónyuge (a menos que estén separados o no vive con usted) o en la declaración de impuestos del jefe del hogar.
Usted debe incluir el ingreso anual de los miembros del grupo familiar como parte del ingreso del hogar.
Mi familiar o compañero de cuarto vive conmigo. ¿Cuenta su ingreso para el ingreso de mi hogar?
- Si alguien vive con usted pero no cumple con la definición de miembro del hogar según se describe arriba, no cuente el ingreso de esa persona en su ingreso familiar. Usted debe contar la cantidad específica de cualquier contribución económica que reciba de ellos solo si ese dinero fue utilizado para sostener económicamente su hogar. Debe listar la cantidad bajo la sección de ingreso adicional o la de patrocinio económico.
- Ejemplo 1: Si su tío vive en su hogar (del que usted es propietario) y paga $1,000 para costear su hipoteca, esos $1,000 deben ser incluidos bajo ingreso adicional o sustento económico porque fue un patrocinio económico a su hogar.
- Ejemplo 2: Usted comparte un apartamento con un compañero de cuarto que no es miembro de su hogar. Usted paga sus propios gastos, y su compañero de cuarto paga los suyos. El ingreso de su compañero de cuarto no es parte de su ingreso familiar porque el compañero de cuarto no está sosteniéndolo económicamente a usted. Por esto, usted no debe incluir el ingreso de su compañero de cuarto en su ingreso familiar.
Recibo manutención (pensión alimenticia), pero no en la cantidad total que indica la orden judicial. ¿Debo incluir la cantidad total de manutención como ingreso adicional o patrocinio económico o solo debo indicar lo que recibo realmente?
- Escriba la cantidad real que recibe de manutención. Si hay una diferencia entre lo que indica la orden judicial o documentación, provea una explicación. Ejemplos de documentos pueden ser estados bancarios, copias de cheques, documentos judiciales u otra documentación que indique el ingreso actual o la asistencia financiera que usted está recibiendo.
Cómo afecta la separación matrimonial a la elegibilidad
- Si usted va a solicitar una reducción de tarifas y no incluye el ingreso de su cónyuge debido a una separación matrimonial, por favor, proporcione una declaración firmada o documentación que demuestre que su cónyuge no vive con usted y no le proporciona ingreso económico. Los documentos aceptables incluyen una copia de la orden judicial que formalizó su separación legal, un acuerdo notarial formal de liquidación de bienes, acuerdo de ayuda financiera, o facturas de hipoteca, arrendamiento o de servicios públicos separados que muestren que su cónyuge y usted viven separados.
- Aún si usted está separado(a) de su cónyuge, el ingreso del hogar incluye cualquier pago mensual de ayuda que usted reciba de parte de su cónyuge.
Cómo una Declaración Jurada de Patrocinio Económico afecta la elegibilidad
Si alguien presentó un Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico, o el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de INA, por usted, puede que esa persona aún sea responsable de patrocinarlo económicamente. No obstante, consideraremos el ingreso o bienes de esa persona al momento de decidir si usted es elegible a una reducción de tarifas, solo si esa persona es un miembro de su hogar actualmente.
Razones comunes por las que denegamos las peticiones de reducción de tarifas
- Usted no proporcionó evidencia de que su ingreso del hogar no sobrepasa el 400% de las Guías Federales de Pobreza; o
- Usted presentó documentos de apoyo para su petición de tarifas que no están en inglés, pero no proporcionó una traducción al inglés certificada.
Si denegamos su petición de reducción de tarifas y usted no está seguro de la razón, por favor, lea la notificación de denegación (Formulario I-797, Notificación de Acción). Si después de verificar la notificación de denegación aún usted no entiende por qué denegamos su petición de reducción de tarifas, puede enviarnos un mensaje de correo electrónico a lockboxsupport@uscis.dhs.gov.