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  4. Documento de Autorización de Empleo

Documento de Autorización de Empleo

Los empleadores estadounidenses deben asegurarse de que todos sus empleados, independientemente de su ciudadanía u origen nacional, estén autorizados para trabajar en Estados Unidos. Una manera de comprobar de que usted está autorizado a trabajar en  Estados Unidos por un período de tiempo específico es con un Documento de Autorización de Empleo (Formulario I-766/EAD).

Para solicitar un EAD, usted debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo.

Tendrá que solicitar un EAD si:­­

  • Está autorizado a trabajar en Estados Unidos a base de estatus de inmigrante o circunstancias, (por ejemplo, usted es asilado, refugiado, o No Inmigrante U) y necesita evidenciar su autorización de empleo; o
  • Se le requiere solicitar un permiso de trabajo; en otras palabras, necesita solicitar una autorización de empleo. Por ejemplo:
    • Tiene en trámite un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
    • Tiene en trámite un Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción.
    • Tiene un estatus de No Inmigrante que le permite estar en Estados Unidos pero no le permite trabajar en Estados Unidos sin antes de pedir una autorización de empleo de USCIS (como por ejemplo, un estudiante con visa F-1 o M-1).

Usted no tiene que solicitar un EAD si es un residente permanente legal. Su Tarjeta Verde (Formulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente) evidencia su autorización de empleo. Tampoco tiene que solicitar un EAD si tiene una visa de No Inmigrante que le autoriza a trabajar para un empleador específico (por ejemplo, si tiene una visa H-1B, L-1B, O, o P).

Renovación del EAD

Si usted aún es elegible para solicitar una autorización de empleo o tiene una autorización de empleo debido a su estatus o circunstancias de inmigración, pero su EAD va a caducar o ya caducó, debe solicitar la renovación del EAD por medio de un nuevo Formulario I-765 junto con la tarifa requerida (si se le requiere), a no ser que presente y se le apruebe una exención de tarifas. Usualmente, usted no puede solicitar la renovación de su EAD con más de 180 días antes de que caduque su EAD original.

Lo exhortamos a presentar su solicitud de renovación lo más pronto posible cuando su EAD está dentro de los 180 días previos a su fecha de caducidad, s fin de reducir la posibilidad de una interrupción en su autorización de empleo.

EAD de Reemplazo

Si se le perdió, dañó o le fue robado su EAD

Si se le perdió, se le dañó o le robaron su EAD, puede solicitar un EAD de reemplazo presentando un nuevo Formulario I-765 con la tarifa requerida (si se le requiere), a menos que presente y se le apruebe una exención de tarifas. Si no ha recibido un EAD que USCIS envió, puede presentar una consulta sobre una tarjeta no entregada.

Si su EAD tiene información incorrecta

Si su EAD tiene información incorrecta y no es debido a un error de USCIS, debe presentar:

  • Un nuevo Formulario I-765
  • La tarifa de presentación, si es requerida (o una solicitud para exención de tarifa),
  • Todos los documentos específicos en las instrucciones del formulario, y
  • La tarjeta que tiene el error.

Si su EAD tiene información incorrecta debido a un error causado por USCIS, haremos la corrección sin costo adicional para usted. En estos casos, no tiene que presentar un nuevo Formulario I-765 o la tarifa de presentación. En cambio, debe presentar:

  • La tarjeta original que tiene el error,
  • Una explicación detallada sobre error que tiene la tarjeta, y
  • La evidencia de apoyo sobre la información correcta.

Presente esa información al centro de servicio o el Centro Nacional de Beneficios que aprobó su Formulario I-765 más reciente.

En cualquier caso, si recibimos su solicitud o pedido de un EAD de reemplazo y ya no tiene fundamentos para solicitar la autorización de empleo, no le devolveremos la tarjeta y le notificaremos que no tiene fundamentos  para solicitar la autorización de empleo.

Tenga en cuenta que los dependientes de ciertos empleados de gobiernos extranjeros, organizaciones internacionales, y  NATO no se les requiere pagar la tarifa para un EAD de reemplazo.

Aviso: Si tiene preguntas acerca una solicitud en trámite para la autorización de empleo, por favor vea nuestra página web para información sobre cuando y como contactarnos.

Categorías de Elegibilidad para el Formulario I-765

Vea las instrucciones del Formulario I-765 (en inglés) para una lista completa de las categorías de elegibilidad. También puede encontrar estas categorías de elegibilidad en la sección 274a.12, Título 8 del Código de Reglamentaciones Federales.

Enlaces Relacionados

  • Hoja de Información: Rediseño del EAD (PDF, 2.04 MB)
  • Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo (EAD)

Última Revisión/Actualización:
02/11/2022
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