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Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo (EAD)

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AVISO: En el caso de algunos solicitantes que presentaron electrónicamente el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, a base de un Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción, pendiente, la notificación de recibo no incluye información acerca de la extensión automática de 540 días del EAD. En o antes de la semana del 20 de marzo de 2023, estos solicitantes recibirán un mensaje de correo electrónico o mensaje de texto indicándoles que pueden encontrar una notificación de recibo corregida en su cuenta de USCIS en línea. USCIS también enviará notificaciones de recibo impresas corregidas por correo postal. Tenga en cuenta que, si es elegible para la extensión automática de 540 días del EAD, cualquier notificación de recibo de USCIS de su Formulario I-765, junto con su EAD caducado, servirá como prueba aceptable de la validez de la autorización de empleo y/o EAD durante el periodo de extensión automática.

Algunos solicitantes de renovación que hayan presentado el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, cualifican para una extensión automática de su autorización de empleo y/o EAD mientras su solicitud está pendiente. Usted cualifica para una extensión si:

  • Presentó apropiadamente un Formulario I-765 para una renovación de su autorización de empleo y/o EAD antes que su actual EAD caducara, y
  • Es elegible para una renovación, lo que significa que:
    • La solicitud de renovación de su EAD está bajo una categoría que es elegible para una extensión automática (vea la lista de categorías abajo); y
    • La categoría en su EAD actual coincide con la "Clase Solicitada" indicada en la notificación de recibo del Formulario I-797C, Notificación de Acción. (Nota: Si usted es beneficiario o solicitante de Estatus de Protección Temporal (TPS), o tiene una solicitud pendiente, su EAD y esta notificación deben reflejar las clases A12 o C19, pero las clases no tienen que coincidir entre sí). Además, para los cónyuges dependientes H-4, E y L-2, un Formulario I-94 vigente que indique el estatus de no inmigrante H-4, E o L-2 (incluidas las clases de código de admisión E-1S, E-2S, E-3S, y L-2S) debe acompañar el Formulario I-797C al presentar prueba de autorización de empleo a un empleador para propósitos del Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo.

Periodo de Tiempo de Extensión Automática: Aumento Temporal a "Hasta" 540 Días

Normalmente, las reglamentaciones de DHS prevén un período de extensión automática de hasta 180 días a partir de la fecha de vencimiento indicada en el EAD. Sin embargo, DHS ha publicado una regla final temporal que aumenta el período de extensión. A partir del 4 de mayo de 2022, DHS aumentará temporalmente el período de extensión y proporcionará hasta 360 días de tiempo adicional de extensión automática por un total de hasta 540 días, a los solicitantes de renovación elegibles. El tiempo de extensión automática se cuenta a partir de la fecha de vencimiento de la autorización de empleo y/o EAD. Este aumento temporal está disponible si usted es un solicitante de renovación elegible con una solicitud pendiente, que presentó su solicitud de renovación del Formulario I-765 ya sea:

  • Antes del 4 de mayo de 2022 y su extensión automática de 180 días ha vencido desde entonces;
  • Antes del 4 de mayo de 2022 y su extensión automática de 180 días aún no ha vencido; o
  • Entre el 4 de mayo de 2022 y el 26 de octubre de 2023, inclusive.

Si usted presentó su solicitud de renovación del Formulario I-765 después del 26 de octubre de 2023, le aplicará el período normal de extensión automática de 180 días.

Prueba de una Extensión Automática

El período de extensión automática, incluido el aumento temporal del período de extensión, se proporciona a ciertos solicitantes de renovación para ayudar a evitar lagunas en la autorización y documentación de empleo.

Si presentó una solicitud de renovación del Formulario I-765 en o luego del 4 de mayo de 2022, USCIS le enviará una notificación de recibo del Formulario I-797C con información sobre la extensión automática de hasta 540 días. Si es elegible para la extensión automática, esta notificación de recibo junto con su EAD vencido (y también su Formulario I-94 vigente, si es un cónyuge dependiente H-4, E o L-2, incluidas las clases de códigos de admisión E-1S, E -2S, E-3S y L-2S) servirá como prueba aceptable de autorización de empleo y/o validez del EAD durante el período de extensión automática de hasta 540 días.

Si presentó una solicitud de renovación del Formulario I-765 antes del 4 de mayo de 2022, debería haber recibido una notificación de recibo del Formulario I-797C que describe el período normal de extensión automática de hasta 180 días. No recibirá una nueva notificación de recibo I-797C que refleje la autorización de empleo extendida y/o el período de extensión automática del EAD. Sin embargo, las notificaciones de recibo del Formulario I-797C que se refieren a una extensión automática de hasta 180 días seguirán cumpliendo con los requisitos reglamentarios para completar el Formulario I-9, incluso si su extensión automática de 180 días venció antes del 4 de mayo de 2022.

Para presentar prueba aceptable de la extensión automática de la autorización de empleo y/o la validez del EAD, puede mostrar su notificación de recibo del Formulario I-797C que se refiere a la extensión de 180 días, junto con su EAD cualificado (y también su Formulario I-94 vigente), si es un cónyuge dependiente H-4, E o L-2, incluidas las clases de códigos de admisión E-1S, E-2S, E-3S y L-2S). Esta combinación de documentos es prueba suficiente de una extensión automática de hasta 540 días, contados a partir de la fecha de vencimiento de su EAD actual.

Si usted es un solicitante de renovación cuya extensión automática de 180 días venció antes del 4 de mayo de 2022, aún puede recibir el beneficio del aumento temporal del período de extensión automática. La validez de su autorización de empleo y/o EAD se reanudará automáticamente a partir del 4 de mayo de 2022 por cualquier tiempo restante del período de extensión automática de hasta 540 días. Para calcular si queda algún tiempo de extensión automática, cuente 540 días a partir de la fecha de vencimiento indicada en el anverso del EAD, o use este calculador. Si usted es un cónyuge dependiente H-4, E o L-2, incluidas las clases de códigos de admisión E-1S, E-2S, E-3S y L-2S, cuente hasta 540 días o la fecha de vencimiento en el Formulario I-94, lo que ocurra primero. Los empleadores deben completar el Formulario I-9 siguiendo la misma guía aplicable a aquellos que presentan una notificación de recibo de la Notificación de Acción del Formulario I-797C, que indica que la solicitud de renovación del Formulario I-765 se presentó antes del 4 de mayo de 2022 y que establece el período de extensión automática de 180 días.

El período de extensión automática de una persona puede terminar antes del período máximo (de 540 o 180 días), ya sea automáticamente cuando USCIS emite una denegación de la solicitud de renovación del Formulario I-765 del solicitante o mediante notificación.

Para obtener guías sobre cómo completar el Formulario I-9, e información sobre las extensiones automáticas y pruebas de autorización de empleo para la contratación, recontratación y reverificación, así como todas las otras guías relacionadas con el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, visite Central I-9.

Categorías de Elegibilidad para las Extensiones Automáticas

Las siguientes categorías de elegibilidad de empleo son elegibles para una extensión automática:

Categoría de elegibilidad que usted indicó en su solicitud de renovación del Formulario I-765 Descripción
(a)(3) Refugiado
(a)(5) Asilado
(a)(7) N-8 o N-9
(a)(8) Ciudadano de Micronesia, Islas Marshall, o Palao
(a)(10) Otorgamiento de Posposición de Deportación o Remoción
(a)(12) Otorgamiento de Estatus de Protección Temporal
(a)(17) Cónyuge de un no inmigrante E principal con un I-94 sin caducar que muestra el estatus de no inmigrante E-1 (que incluye E-1S, E-2S y E-3S) *
(a)(18) Cónyuge de un no inmigrante L-1 principal con un I-94 sin caducar que muestra el estatus de no inmigrante L-2(que incluye L-2S) *
(c)(8) Solicitud de Asilo en Trámite
(c)(9) Ajuste de Estatus bajo la Sección 245 de la Ley en Trámite
(c)(10) Suspensión de Solicitudes de Deportación (presentada antes del 1 de abril de 1997)
Solicitantes de Cancelación de Remoción
Solicitantes de Cancelación Bajo NACARA
(c)(16) Creación de Registro (Ajuste Basado en Residencia Continua desde el 1 de enero de 1972)
(c)(19) Solicitud inicial pendiente de estatus protección temporal (TPS) o solicitud para extender el TPS y que USCIS determina que el solicitante resulta a prima facie elegible para TPS y puede recibir un EAD como un "beneficio temporal"
(c)(20) Legalización bajo Sección 210 (I-700 en trámite)
(c)(22) Legalización bajo Sección 245A (I-687 en trámite)
(c)(24) Legalización bajo LIFE
(c)(26) Cónyuges de algunos no inmigrantes H-1B principales con un I-94 sin caducar que muestre el estatus de no inmigrante H-4.
(c)(31) Autopeticionarios VAWA

* Para obtener más información sobre las opciones disponibles para demostrar la autorización de empleo para los cónyuges E y L, consulte la página E1: Comerciantes por Tratado (sección Familiares de Comerciantes y Empleados por Tratado E-1), la página E-2: Inversionistas por Tratado Comercial (sección Familiares de Inversionistas y Empleados de Tratados E-2), la página E-3: Ciertas Profesiones de Ocupaciones Especializadas Australianos, (sección Familiares de Trabajadores No Inmigrantes E-3), la página L-1A: Ejecutivo o Gerente Transferido Dentro de la Empresa (sección Familiares de Trabajadores L-1), o la página L-1B: Personas con Conocimientos Especializados Transferidas dentro de la Empresa (sección Familiares de Trabajadores L-1).

AVISO: las personas con un EAD basado en TPS pueden recibir una extensión automática de su EAD:

  • Mediante la publicación de una notificación en el Registro Federal que extiende la designación de TPS a un país, siempre que la notificación del Registro Federal autorice una extensión automática de los EAD existentes para personas que tienen TPS; y / o
  • A través de esta extensión automática.

AVISO: Los estudiantes F-1 que tienen una solicitud de extensión de la capacitación opcional (OPT) STEM no son elegibles para el aumento temporal del periodo de extensión automática bajo la regla final temporal publicada el 4 de mayo de 2022. Dicho aumento temporal del periodo extensión automática bajo 8 CFR 274a.13(d) solo aplica a las categorías listadas en la tabla de arriba.

Si usted presenta una solicitud de extensión STEM OPT a tiempo y su periodo de OPT caduca mientras su solicitud de extensión está pendiente, extenderemos automáticamente su autorización de empleo por 180 días. Esta extensión automática de 180 días termina una vez USCIS adjudica su solicitud de extensión STEM OPT.

Puede encontrar información sobre cómo solicitar una extensión STEM OPT en la página Extensión de la Capacitación Práctica Opcional para Estudiantes STEM (STEM OPT).

Última Revisión/Actualización:
02/28/2023
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