Programa de Validación de Instrumentos para Empresas Comerciales (VIBE)
El Programa de Validación de Instrumentos para Empresas Comerciales (VIBE) es una herramienta diseñada para mejorar las adjudicaciones que hace USCIS de ciertas peticiones y solicitudes de inmigración basadas en el empleo. VIBE utiliza los datos disponibles comercialmente de parte de un proveedor de información independiente (IIP) para validar información básica sobre empresas u organizaciones que peticionan para emplear ciertos extranjeros y para validar la información básica sobre las empresas u organizaciones listadas en el:
- Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante
- Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero
- Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial
- Formulario I-485 Supplement J, Confirmación de Oferta Confiable de Empleo para Transferibilidad de Empleo Bajo la Sección 204(j) de INA
Para obtener información adicional, visite la página Preguntas y respuestas acerca de VIBE.
Actualmente, Dun and Bradstreet (D&B) es el proveedor de información independiente para el programa VIBE.
Al adjudicar las peticiones o solicitudes basadas en el empleo, USCIS deberá depender primordialmente en la documentación impresa presentada por la empresa u organización peticionaria para demostrar la elegibilidad del peticionario para la clasificación solicitada o por la información presentada por el solicitante para confirmar una oferta de confiable o solicitar la transferibilidad del empleo.
Cuando la documentación impresa no documenta adecuadamente la evidencia requerida por ley, USCIS debe expedir una Solicitud de Evidencia (RFE) para documentación adicional, retrasando la adjudicación final de la petición o solicitud.
El programa VIBE ha sido creado para atender algunos de estos asuntos.
VIBE permite a USCIS recibir electrónicamente información comercialmente disponible de parte de un IIP, que es actualmente D&B, sobre una empresa u organización. Esta información incluye:
- Actividades empresariales, tales como un tipo de empresa (código del Sistema de Clasificación de Industrias de Norteamérica), información sobre pagos de tratados comerciales, y estatus (activo o inactivo)
- Prestigio financiero, incluido el volumen de ventas y prestigio crediticio
- Cantidad de empleados, tanto dentro del lugar de la empresa y globalmente
- Relación con otras entidades, incluidas las afiliadas extranjeras
- Tipo de oficina (ejemplos incluyen entidades individuales, sucursales, subsidiarias y oficinas centrales)
- Tipo de entidad legal (por ejemplo, las LLC, sociedades o corporaciones)
- Ejecutivos de la empresa
- Fecha de establecimiento como entidad empresarial
- Dirección física actual.
Los funcionarios de USCIS revisan toda la información que reciben a través de VIBE junto con la evidencia presentada por el peticionario o solicitante y utilizarán la información de VIBE para verificar las cualificaciones del peticionario. Por ejemplo, si un peticionario busca un estatus L-1 para un beneficiario, VIBE ayudará a los funcionares de USCIS a confirmar que el peticionario tiene una afiliada extranjera, que es un requisito para conceder el estatus L-1. También utilizarán la información de VIBE para validar la buena fe de un empleador cuando ciertos solicitantes de peticiones basadas en el empleo solicitan el estatus de residente permanente.
La información obtenida a través de VIBE también ayudará a confirmar la viabilidad financiera del empleador y estatus operacional para peticiones y solicitudes cuando se requiera una oferta de empleo. USCIS no denegará una petición o una solicitud basándose únicamente en la información proporcionada por VIBE. Si los funcionarios de USCIS encuentran discrepancias significativas entre la evidencia presentada por el peticionario o solicitante y la información presentada en VIBE, le darán al peticionario o solicitante la oportunidad de responder a las preocupaciones de la agencia. USCIS podría expedir un RFE o una Notificación de Intención de Denegación (NOID) si es necesario para resolver las inconsistencias pertinentes u otros asuntos que surgen al revisar la información presentada por VIBE que es pertinente para el beneficio solicitado.
USCIS tomará la decisión final basándose en la totalidad de las circunstancias.
USCIS no obliga a las empresas u organizaciones a crear o actualizar los registros con D&B, pero usted puede optar por crear, verificar o corregir la información de su empresa u organización con D&B.
Si su entidad es una empresa u organización privada cuya base está en Estados Unidos y usted desea crear, verificar o corregir sus registros con D&B, debe contactar directamente a D&B en línea a través del enlace iUpdate para clientes del gobierno de Estados Unidos. Contactar a D&B a través de este enlace le permitirá crear, actualizar y ver la información básica del informe sobre su empresa u organización sin estar sujeto a márquetin directo de parte de D&B. Esto solo está disponible para empresas administradas de manera privada que tienen su base en Estados Unidos y para otros clientes del gobierno estadounidenses.
iUpdate para los clientes del gobierno de Estados Unidos es un herramienta gratuita de servicios en línea, con datos protegidos por palabras claves y encriptadas, ofrecida por D&B. Se les preguntará a los usuarios una serie de preguntas breves, basadas en los datos geográficos y demográficos, para autenticar y crear una identificación de usuario (ID) y una palabra clave. Solo aquellas personas con acceso a su ID y palabra secreta podrán acceder a la información de su empresa.
Si usted tiene una empresa con base en EE.UU. que cotiza en la bolsa de valores, entidad gubernamental o empresa extranjera y usted quiere crear, actualizar o ver su informe con D&B, puede utilizar www.dnb.com
Por favor, tenga presente que si usted actualiza su información a través de www.dnb.com, puede que usted esté sujeto a márquetin directo de parte de D&B. Los representantes de D&B pueden sugerirle que compren productos y servicios de D&B. USCIS no endosa a D&B ni sus productos o servicios, y de ninguna manera sugiere que usted compre productos o servicios de D&B para asegurar que su información esté completa. Además, USCIS no sugiere de ninguna manera que usted pague una tarifa para acelerar la creación de un nuevo registro o actualizar el registro existente.
No se cobra tarifa alguna por verificar, actualizar o crear un registro para su empresa u organización con D&B.
Por favor, tenga en cuenta que si usted decide crear o no crear un registro o actualizar su registro con D&B, usted debe responder a cualquier RFE o NOID que reciba de parte de USCIS. No responder directamente a USCIS podría resultar en la denegación de su petición.
Las siguientes clasificaciones de visas de inmigrantes basadas en el empleo con Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, están incluidas en VIBE:
- E12, professor o investigador destacado
- E13, ejecutivo o gerente de una multinacional
- E21, miembro de una profesión con posgrado o con aptitudes excepcionales (con excepción de las peticiones de Exención por Interés Nacional)O
- E31, trabajador diestro
- E32, profesional
- EW3, trabajador no diestro/otros trabajadores
Además, las siguientes clasificaciones de visas basadas en el empleo con Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial, están incluidas en VIBE:
- SD1, ministro religioso
- SR1, no ministro en una ocupación o vocación religiosa.
Las siguientes clasificaciones de visas de inmigrante basadas en el empleo con Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, también están incluidas en VIBE:
- E-1, comerciante por tratado comercial
- E-2, inversionista por tratado comercial
- E-3, miembros de una ocupación especializada que es un nacional de la Mancomunidad de Australia
- H-1B, profesionales con trabajos especializados
- H-1B1, profesionales con trabajos especializados procedentes de Chile o Singapur
- H-1B2, trabajador que realiza trabajos relacionados de proyectos de investigación y desarrollo o un proyecto conjunto en cooperación con el Departamento de la Defensa
- H-1B3, modelos de alta costura de méritos y capacidades reconocidas
- H-2A, trabajador agrícola temporal o de estación
- H-2B, trabajador temporal no agricultor
- H-3, aprendiz no inmigrante o visitante en intercambio de educación especial
- L-1A, empleado transferido entre la misma compañía en una posición gerencial o ejecutiva
- L-1B, empleado transferido entre la misma compañía en una posición que requiere conocimientos especializados
- LZ, petición L general
- Q-1, visitante de intercambio cultural internacional
- R-1, trabajador religioso
- TN, profesional de NAFTA de Canadá o México
Cuando un solicitante presenta el Suplemento J del Formulario I-485 para confirmar una oferta de empleo confiable o para solicitar la transferibilidad de su empleo bajo la sección 205(j) de INA, USCIS utilizará VIBE para validar la información básica sobre las empresas u organizaciones listadas en el Suplemento J del Formulario I-485. Sin embargo, si el empleador está listado como “Self/Individual” (“Por cuenta propia/individual”) en el Suplemento J del Formulario I-485, USCIS no utilizará VIBE debido a que la información de dicha persona no está incluida en VIBE.
Debido a los requisitos de elegibilidad únicos, las siguientes clasificaciones basadas en el empleo no están incluidas en VIBE en este momento:
- CW-1, trabajador transicional solo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI)
- E-2C, inversionistas extranjeros a largo plazo en CNMI
- E11, personas con capacidades extraordinarias
- E21, exenciones por interés nacional
- EB-5, inversionista inmigrante
- O, personas con habilidades o logros extraordinarios (incluido el personal esencial de apoyo)
- P, deportistas y grupos de entretenimiento reconocido internacionalmente, artistas bajo un programa de intercambio recíproco, y artistas o presentadores bajo un programa cultural único (incluido el personal esencial de apoyo).
El uso de VIBE espera que mejore la capacidad de USCIS para distinguir los peticionarios y solicitantes elegibles de aquellos que pueden ser inelegibles, y por tanto, hacer que las evaluaciones hechas por los funcionarios de USCIS sean más eficientes.
El uso de VIBE debe reducir la necesidad de las compañías y organizaciones para presentar documentación impresa idéntica con cada petición para demostrar su actual nivel de operaciones empresariales. A través de VIBE, USCIS debe poder reducir la cantidad de RFE expedidas a aquellos peticionarios o solicitantes que son elegibles de otra manera.
Al proporcionarle la misma información sobre el peticionario y el solicitante a todos los cinco centros de servicio de USCIS, VIBE promueve una evaluación consistente de las solicitudes de inmigrante y no inmigrante. En resumen, la información que proporciona VIBE mejora la integridad de los programas de inmigrante o no inmigrante basados en el empleo y el proceso que tienen los peticionarios que buscan trabajadores extranjeros para darles empleo.
USCIS puede enviarles a algunos peticionarios o solicitantes un RFE o un NOID relacionado a la información que VIBE ha recibido de parte del IIP. Los peticionarios o solicitantes DEBEN responder a estos RFE o NOID. No responder podría conllevar la denegación de la petición o solicitud.
Los clientes pueden enviar un correo electrónico a USCIS con preguntas que tengan sobre las RFE o NOID relacionadas con la información IPP que recibimos a través de VIBE, así como sugerencias para mejorar el programa, a VIBE-Feedback@dhs.gov.