Apoyo de DHS al Cumplimiento de las Leyes Laborales y de Empleo
El Departamento de Seguridad Nacional desempeña un papel fundamental para garantizar que los lugares de trabajo de nuestra nación cumplan con nuestras leyes al apoyar a las agencias de trabajo y empleo federales, estatales y locales para que realicen su importante trabajo de hacer cumplir las protecciones salariales, la seguridad en el lugar de trabajo, los derechos laborales y otras leyes y estándares. Consulte la Declaración de Política 065-06 de DHS del 12 de octubre de 2021 titulada “Aplicación de la Ley en el Lugar de Trabajo: Estrategia para Proteger el Mercado Laboral Estadounidense, las Condiciones del Lugar de Trabajo Estadounidense y la Dignidad de la Persona”.
Los trabajadores a veces tienen miedo de denunciar violaciones de la ley por parte de empleadores explotadores o de cooperar en investigaciones de empleo y normas laborales por temor a la remoción u otras represalias relacionadas con la inmigración debido a los informes por parte de un empleador abusivo. La práctica de DHS de ofrecer protección discrecional caso por caso a las víctimas que no tienen autorización de empleo aumenta directamente la capacidad de las agencias laborales para investigar más a fondo las violaciones en el lugar de empleo. Ofrecer protección discrecional también apoya a estas agencias en el cumplimiento de su misión y ayuda a responsabilizar a los empleadores abusivos, lo que protege a todos los trabajadores estadounidenses. Los cambios en el proceso anunciados hoy simplificarán el ejercicios de la autoridad existente de DHS para otorgar dicha protección.
Hay una serie de mecanismos en nuestras leyes de inmigración que pueden ofrecer autorización de empleo a los no ciudadanos y protegerlos contra la remoción, incluida la ayuda discrecional como la acción diferida o el permiso de permanencia en el país y otras formas de ayuda como las visas T y U de no inmigrante. También hay circunstancias en las que una agencia federal de trabajo o empleo puede solicitar el procesamiento expedito de la solicitud o petición pendiente de un trabajador.
Las agencias laborales y de empleo pueden solicitar el apoyo de DHS en una investigación en curso o una acción de cumplimiento al comunicarse con laborenforcement@dhs.gov que incluya "una declaración de interés" que aborde lo siguiente:
- Detalle la naturaleza de su investigación y la necesidad de apoyo de DHS;
- Describa los intereses de cumplimiento de la agencia que proporcionan la base para su solicitud;
- Describa el lugar de trabajo y los trabajadores que pueden ser útiles con la investigación de la agencia; y
- Proporcione un punto de contacto de la agencia que puede abordar las preguntas de seguimiento de DHS.
Además, las agencias laborales pueden solicitar el procesamiento expedito de la solicitud de beneficiarios de inmigración pendiente de un trabajador. Dichas solicitudes deben ser hechas por un funcionario de alto nivel de esa agencia. Si la solicitud se refiere a la autorización de empleo, la solicitud debe demostrar que la necesidad de que una persona esté autorizada para el empleo es crítica para la misión y va más allá de la necesidad general de retener a un trabajador o persona en particular. Los ejemplos incluyen, pero no se limitan a, una víctima o testigo no ciudadano que coopera con una agencia federal, estatal o local que necesita autorización de empleo porque la agencia respectiva busca un pago retroactivo o reincorporación en una acción de cumplimiento de ley u otro procedimiento judicial. Cuando las agencias laborales presentan una Declaración de Interés, DHS tiene como objetivo revisar la solicitud en el plazo de tres días hábiles. DHS notificará a la agencia laboral si la Declaración de Interés ha sido aceptada o si necesita más información. Las agencias laborales no deben distribuir la Declaración de Interés hasta que DHS haya confirmado su aceptación.
Si una agencia laboral desea obtener más información antes de enviar una Declaración de Interés, envíe un correo electrónico a laborenforcement@dhs.gov para solicitar una sesión informativa con DHS.
La acción diferida es una forma de discreción procesal para diferir la acción de remoción (deportación) contra un no ciudadano por un cierto período. Aunque la acción diferida no confiere estatus legal, ni excusa ningún período pasado o futuro de presencia ilegal, se considera que un no ciudadano a quien se le otorga la acción diferida está legalmente presente en Estados Unidos para ciertos propósitos limitados mientras la acción diferida esté vigente. DHS, a discreción propia, puede cancelar la acción diferida en cualquier momento.
Bajo las regulaciones existentes, un no ciudadano al que se le concede la acción diferida puede solicitar y obtener una autorización de empleo por el período de acción diferida al demostrar “una necesidad económica de empleo”.
Los trabajadores no ciudadanos que caen dentro del alcance de una investigación de una agencia laboral pueden presentar sus solicitudes de acción diferida a USCIS a través de un punto de admisión central específicamente establecido para manejar las solicitudes de acción diferida relacionadas con los esfuerzos de investigación de la agencia laboral. USCIS enviará al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) cualquier solicitud de acción diferida de no ciudadanos que estén en proceso de remoción o tengan una orden final de remoción, para que ICE pueda considerar la solicitud de acción diferida.
Al igual que sucede con cualquier solicitud de acción diferida, DHS revisará las solicitudes basadas en una investigación de la agencia laboral caso por caso. DHS revisará todos los factores positivos y negativos al considerar si ejercer discreción para otorgar acción diferida.
Para solicitar una acción diferida basada en la investigación de la agencia laboral bajo este proceso de admisión centralizado, los solicitantes deben presentar lo siguiente:
- Una carta firmada por el no ciudadano que indique la base de la solicitud de acción diferida;
- Una carta o declaración de respaldo de una agencia laboral o empleo dirigida a DHS en apoyo a la solicitud;
- Evidencia para demostrar que el trabajador cae dentro del alcance identificado en la agencia laboral o empleo, como el formulario W-2, talones de pago u otra evidencia documental para demostrar que el trabajador fue empleado durante el período prescrito como se indica en la declaración de la agencia laboral o empleo;
- Evidencia de cualquier factor adicional que apoye un ejercicio favorable de discreción;
- Prueba de la identidad y nacionalidad del no ciudadano;
- Si corresponde, cualquier documento utilizado para ingresar legalmente a Estados Unidos u otra evidencia relacionada con el historial o estatus migratorio del no ciudadano;
- Formulario G-325A, Información Biográfica (para Acción Diferida);
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con el pago de tarifa apropiado o una solicitud de exención de tarifas; y
- Formulario I-765WS, Hoja de Trabajo.
Envíe estos materiales a:
USCIS
Attn: Deferred Action
10 Application Way
Montclair, CA 91763-1350
P1: ¿Qué es la acción diferida?
R1: La acción diferida es una forma de discreción procesal para diferir la acción de remoción (deportación) contra un no ciudadano por un período determinado. Aunque la acción diferida no confiere estatus legal ni excusa ningún período pasado o futuro de presencia ilegal, un no ciudadano a quien se le otorga acción diferida se considera legalmente presente en Estados Unidos para ciertos propósitos limitados, mientras la acción diferida esté vigente. Si se le concede la acción diferida, un no ciudadano puede ser elegible para la autorización de empleo. DHS, a discreción propia, puede cancelar la acción diferida en cualquier momento.
P2. ¿DHS ya ha otorgado acción diferida a los no ciudadanos que participan en investigaciones de agencias laborales?
R2. Sí. DHS otorga acción diferida a los trabajadores no ciudadanos caso por caso a su discreción.
P3. ¿Cómo funciona el proceso centralizado de acción diferida?
R3. Un no ciudadano que solicita una acción diferida basada en la investigación de la agencia laboral presenta una solicitud por escrito de acción diferida mediante la presentación de:
- Una solicitud de acción diferida firmada por el no ciudadano que describe la base de su solicitud de acción diferida;
- Una copia de la carta dirigida a DHS emitida por la agencia laboral o empleo que detalla la naturaleza de la investigación o enjuiciamiento y la necesidad de apoyo de DHS;
- Evidencia para demostrar que el trabajador está dentro de la categoría de trabajadores identificados en la carta de la agencia laboral o empleo, como W-2, talones de pago, tarjetas de tiempo u otra evidencia documental para demostrar que el trabajador fue empleado durante el período en la declaración de la agencia laboral o empleo;
- Evidencia de cualquier factor adicional que apoye un ejercicio favorable de discreción;
- Prueba de la identidad y nacionalidad del no ciudadano;
- Si corresponde, cualquier documento utilizado para ingresar legalmente a Estados Unidos u otra evidencia relacionada con el historial o estatus migratorio del no ciudadano;
- Formulario G-325A, Información Biográfica (para Acción Diferida);
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con el pago de tarifa aplicable no reembolsable; y, Solicitud de Autorización de Empleo, con el pago de tarifa aplicable no reembolsable; y
- Formulario G-28, Aviso de Comparecencia como Abogado o Representante Acreditado, si corresponde.
El no ciudadano presentará esta solicitud a un punto central de admisión en USCIS específicamente establecido para apoyar los esfuerzos de investigación y cumplimiento de la agencia laboral. USCIS remitirá al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) cualquier solicitud de acción diferida que caiga dentro de la autoridad de ICE, incluidas las solicitudes presentadas por no ciudadanos que están en proceso de deportación o tienen una orden final de expulsión.
Al igual que con cualquier solicitud de acción diferida, DHS revisará las solicitudes de los trabajadores en función de una investigación de la agencia laboral caso por caso. DHS revisará todos los factores positivos y negativos presentes en el caso del solicitante al considerar si ejercer discreción para otorgar acción diferida.
Un trabajador que participa o participa de otra manera en una investigación de una agencia laboral puede solicitar una acción diferida por un período de hasta dos años.
P4. ¿Puede solicitar acción diferida un trabajador no ciudadano que de otra manera caería dentro del alcance de una solicitud relacionada con el empleo para la discreción procesal descrita en estas preguntas frecuentes, pero que no desea presentar un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo?
R4. Sí. Un trabajador no ciudadano que cae dentro del alcance de una investigación de una agencia laboral pero que no desea presentar un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, puede solicitar acción diferida presentando su solicitud a la oficina local correspondiente de acuerdo con las instrucciones generales para solicitar acción diferida.
P5. ¿Puede un no ciudadano al que se le concede acción diferida ser elegible para autorización de empleo?
R5. Las personas a las que se les otorga acción diferida pueden ser elegibles para la autorización de empleo bajo la categoría 8 C.F.R. 274a.12(c)(14), según las regulaciones existentes que les exigen demostrar una necesidad económica de empleo. Los no ciudadanos que presenten una solicitud de acción diferida a través de este proceso centralizado deben presentar simultáneamente su Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa correspondiente. Si otorgamos acción diferida, adjudicaremos el Formulario I-765. Tenga en cuenta que, si no otorgamos la acción diferida, no reembolsaremos ni devolveremos la tarifa del Formulario I-765. Si el solicitante no desea presentar el Formulario I-765, puede enviar su solicitud mediante el procedimiento estándar (enviándola a la oficina local de USCIS).
P6. ¿Qué agencia revisará las solicitudes de acción diferida de trabajadores no ciudadanos?
R6. Las solicitudes de acción diferida hechas por trabajadores no ciudadanos que participan o son necesarios para una investigación de una agencia laboral pueden enviarse a USCIS a través del punto de admisión central establecido específicamente para apoyar los esfuerzos de investigación de la agencia laboral para las solicitudes de acción diferida. USCIS revisará la solicitud, así como el historial de inmigración del trabajador, para determinar qué oficina dentro de DHS tiene autoridad sobre la solicitud. Al revisar la solicitud para verificar que esté completa, USCIS solo enviará al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE) las solicitudes de acción diferida presentadas por no ciudadanos que están en proceso de deportación o tienen una orden final de expulsión. USCIS e ICE, según corresponda, considerarán y harán una determinación caso por caso de la solicitud de acción diferida y USCIS considerará todos los Formularios I-765 relacionados, si se presentan.
P7. Si la acción diferida se concede a través de este proceso, ¿cuándo termina?
R7. Si se aprueba la acción diferida, puede otorgarse por un período de hasta dos años, sujeto a terminación en cualquier momento. El destinatario también puede ser elegible para hacer solicitudes posteriores de acción diferida, que se adjudicarán caso por caso cuando una agencia laboral proporcione una base para dicha solicitud en relación con los intereses de investigación o cumplimiento en curso de la agencia laboral.
P8. ¿Qué otros beneficios de inmigración puede buscar un trabajador no ciudadano si no se le concede la acción diferida?
R8. Un trabajador no ciudadano que es víctima de un delito o sujeto a explotación por parte de un empleador sin escrúpulos y que coopera en una investigación de una agencia laboral puede ser elegible para otras formas de alivio de inmigración más allá de la acción diferida, incluida la elegibilidad para una visa de no inmigrante T o U o un permiso de permanencia en el país (“parole-in-place”).
P9. ¿Cómo puede una agencia laboral obtener más información sobre este proceso?
R9. Los representantes de la agencia laboral pueden comunicarse con laborenforcement@dhs.gov para conocer más sobre este proceso.
P10 Una agencia laboral presentó una Declaración de Interés. ¿Puede la agencia laboral distribuir la Declaración de Interés a los trabajadores para que la presenten como parte de su petición de acción diferida?
R10. Cuando una agencia laboral presenta una Declaración de Interés, tiene como objetivo revisar la solicitud en el plazo de tres días hábiles. DHS notificará a la agencia laboral si la Declaración de Interés ha sido aceptada o si necesita más información. Las agencias laborales no deben distribuir la Declaración de Interés hasta que DHS haya confirmado su aceptación.
P11: ¿Recibiré un Número de Seguro Social?
R11. En la mayoría de los casos, cuando usted solicita autorización de empleo por medio del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, puede solicitar un Número de Seguro Social (SSN) y una tarjeta de Seguro Social nueva o de reemplazo en el mismo formulario. Si USCIS aprueba su Formulario I-765 y usted completó la sección en la solicitud en la que autoriza a USCIS a proporcionar su información a la Administración de Seguro Social (SSA), entonces USCIS le enviará los datos necesarios a la SSA para que se le asigne un SSN y se le emita una tarjeta de Seguro Social.
En dichos casos, si USCIS aprueba su Formulario I-765, entonces usted recibirá dos documentos: su Documento de Autorización de Empleo (EAD), también conocido como EAD, de parte de USCIS y en otro sobre de la SSA recibirá su tarjeta de Seguro Social. La SSA le enviará su tarjeta de Seguro Social a la dirección que usted indicó en su Formulario I-765. Recibirá su tarjeta de Seguro Social no más tarde de siete días laborales después de recibir su EAD de parte de USCIS. Si no recibe su tarjeta de Seguro Social dentro de siete días laborales después de recibir su EAD, por favor, llame o visite una oficina de la SSA. Para más información, por favor, vea la hoja informativa Cómo Solicitar su Número de Seguro Social Cuando Solicita su Permiso de Trabajo (PDF, 400.77 KB).
P12: ¿Considerará DHS una solicitud presentada por una agencia laboral o de empleo para expeditar una solicitud pendiente de beneficio de inmigración para un trabajador a base de una necesidad de dicha agencia laboral?
R12: Sí. USCIS considerará caso por caso una solicitud presentada por un funcionario de alto nivel de la agencia laboral o empleo para el procesamiento expedito de la solicitud pendiente de beneficio de inmigración de un trabajador, incluido pero no limitado a un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, presentado separado de una solicitud de acción diferida basada en la investigación laboral bajo el proceso de aceptación de documentos centralizado, el Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, Determinación de Autenticidad para Visa U, u otras solicitudes de beneficios de inmigración pendientes.
Si la solicitud de procesamiento expedito se relaciona con la autorización de empleo, dicha solicitud debe demostrar una necesidad crucial y convincente de que una persona esté autorizada a trabajar. Los ejemplos incluyen, pero no se limitan a, una víctima o testigo no ciudadano que coopera con una agencia federal, estatal o local que tenga una necesidad de autorización de empleo porque la agencia correspondiente busca el pago retroactivo o la reincorporación en una acción de control de ley u otro procedimiento judicial.