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  4. Solicitud de Documento de Viaje (Documento para Transporte)

I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento para Transporte)

AVISO: Hemos publicado un Formulario I-131A actualizado con fecha de edición del 11/02/22.

Hemos publicado un Formulario I-131A actualizado con fecha de edición del 11/02/22. Este formulario actualizado le permite solicitar un documento de viaje (documento para transporte) para abordar una línea área u otro medio de transporte sin que la línea aérea o medio de transporte sea penalizado, si usted es extranjero que:

  • No es residente permanente legal o residente permanente legal condicional; y
  • Recibió un Formulario I-512/I-512L, Documento de Permiso Adelantado o un Documento de Autorización de Empleo, con un endoso de viaje; y
  • Su documento se le perdió, se lo robaron, se le destruyó o se le dañó mientras estaba en el extranjero fuera de Estados Unidos.

Presente en Línea

Use este formulario si usted:

  • Es un residente permanente legal (LPR), incluido un LPR condicional, y desea solicitar un documento de viaje (documento para transporte) que le permita abordar una línea aérea u otro medio de transporte sin que la línea aérea o medio de transporte sea penalizado; o
  • No es un LPR o LPR condicional, pero ha recibido un Formulario I-512/I-512L, Documento de Permiso Adelantado, o Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo (EAD), con un endoso de viaje, pero el mismo se perdió, fue robado, dañado o destruido mientras estaba en el extranjero y desea solicitar un documento de viaje (Documento de Transporte) que le permita abordar una línea aérea u otro medio de transporte sin ser penalizado por la línea área o medio de transporte.

El Formulario I-131A permite que usted solicite un documento de viaje (Documento de Transporte) si:

  • Regresa de un viaje temporal al extranjero que duró menos de un año, y su; Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como Tarjeta Verde o Formulario I-551) se le perdió, fue robada o destruida;
  • Regresa de un viaje temporal al extranjero de menos de dos años de duración, y su permiso de reingreso se le perdió, fue robado o destruido.
  • Regresa de un viaje temporal en el extranjero y su Formulario I-512/Formulario I-512L, Documento de Permiso Adelantado, o Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo (EAD), con un endoso de viaje, no ha caducado y se le perdió, fue robado, dañado o destruido mientras usted estaba en el extranjero.

Calculamos la duración de su ausencia a partir del momento en que usted salió de Estados Unidos hasta el momento en que paga la tarifa del Formulario I-131A. Usted debe haber sido un LPR cuando salió de EE. UU. y aún debe serlo cuando regrese a EE. UU. Si abandonó o le cancelaron su estatus LPR, no debe presentar el Formulario I-131A.

Si usted es un LPR que tienen una tarjeta de residente permanente (Tarjeta Verde) caducada o viaja con un niño menor de 2 años de edad, por favor lea la sección de Instrucciones Especiales, abajo, para que determine si tiene que presentar el Formulario I-131A.

Formularios y Documentos para Descargar

Formulario I-131A (en inglés) (PDF, 423.23 KB)
Instrucciones para el Formulario I-131A (en inglés) (PDF, 300.86 KB)

Detalles del Formulario

Fecha de Edición

11/02/22. A patirl del 18 de enero de 2023, solo aceptaremos la edición con fecha del 11/02/22. Mientras tanto, puede usar la edición de 02/13/19. Usted puede encontrar la fecha de edición al final de la página de los formularios e instrucciones.

Las fechas están en formato mm/dd/aa (mes, día, año).

Si usted completa e imprime este formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario. Si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podríamos rechazar su solicitud.

Si necesita ayuda para descargar e imprimir los formularios, lea nuestras instrucciones.

Dónde Presentar la Solicitud

Debe presentar el Formulario I-131A personalmente o con la Sección Consular en una embajada o consulado estadounidense. Antes de comparecer en persona, usted debe pagar la tarifa de presentación a través del sistema de pago electrónico en nuestro sitio web (vea la sección Tarifa de Presentación, a continuación). Al comparecer personalmente para presentar el Formulario I-131A, debe llevar evidencia de que pagó la tarifa, como por ejemplo una copia de la página de confirmación de pago o una copia del correo electrónico que recibió con la confirmación de pago.

Antes de pagar la tarifa de presentación, por favor comuníquese con la Sección Consular de la embajada o consulado estadounidense más cercano o visite su sitio web para verificar si procesan el Formulario I-131A y lea cuidadosamente las instrucciones del formulario.

Tarifa de Presentación
$575.

No tiene que pagar tarifa de servicios biométricos. Cualquier persona puede pagar esta tarifa de presentación desde cualquier parte del mundo, siempre que ingrese el nombre y apellido correcto, la fecha de nacimiento y el Número A, según aparece dicha información en su sello de abordaje. Puede encontrar esta información en su tarjeta de residente permanente (Green Card), permiso de reingreso o documento de permiso adelantado. La persona que pague la tarifa debe hacerlo a través de nuestro sistema de pago en línea, con una tarjeta de crédito o débito, o una cuenta de un banco estadounidense.

Cuando usted envía un pago, acepta pagar un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación y de servicios biométricos son finales y no reembolsables, sin importar cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud.

Pague cada tarifa de presentación por separado. Estamos haciendo la transición al procesamiento electrónico de solicitudes de beneficios de inmigración, lo que requiere que utilicemos múltiples sistemas para procesar su paquete. Debido a esto, debe pagar cada tarifa de presentación por separado para cualquier formulario que envíe. Podemos rechazar todo su paquete si envía un pago único y combinado para múltiples formularios.

Si usted recibe un mensaje de error cuando paga la tarifa, debe contactar a la Sección Consular de la embajada estadounidense o consulado e indicarle el error para recibir ayuda. Usted no puede utilizar una exención de tarifa para este formulario.

Lista de Cotejo Opcional sobre Evidencia Inicial Requerida (para propósitos informativos únicamente)

Por favor, no presente esta lista de cotejo con su Formulario I-131A. Es una herramienta opcional para que usted use mientras prepara su formulario, pero no sustituye los requisitos legales, reglamentarios, ni de las instrucciones del formulario. Recomendamos que revise estos requisitos antes de completar y presentar su formulario. No envíe documentos originales a menos que se les soliciten específicamente en las instrucciones del formulario o en la reglamentación aplicable.

Si usted presenta cualquier documento (copias o documentos originales, si se les solicitan) en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés, junto con una certificación de parte del traductor en la que afirma que la traducción está completa y es exacta, y que está cualificado para traducir de un idioma extranjero a inglés.

Traiga la siguiente evidencia cuando comparezca a la embajada o consulado estadounidense para presentar su Formulario I-131A:

  • Su pasaporte original;
  • Una copia de la página de datos biográficos de su pasaporte (que muestre su fotografía e información personal);
  • Evidencia de que usted es un residente permanente legal;
  • Copia de sus boletos, itinerario, o cualquier otra evidencia que indique la fecha de su salida de Estados Unidos más reciente y el día en que se propone regresar a Estados Unidos, y
  • Una fotografía suya tipo pasaporte tomada durante los últimos 30 días antes de presentar esta solicitud.
Consejos para Presentación de Formularios

Consejos de Presentación: Consulte la página Consejos para la Presentación de Formularios por Correo Postal para obtener información acerca de cómo asegurarse que aceptemos su solicitud.

No olvide firmar su formulario. Rechazaremos cualquier formulario que no esté firmado.

Instrucciones Especiales

Si usted es un LPR que tiene una tarjeta de residente permanente que ha caducado

Si usted tiene una tarjeta de residente permanente que ha caducado, puede que no tenga que presentar el Formulario I-131A. Aunque la reglamentación usualmente requiere que un LPR viaje con una tarjeta de residente permanente (Green Card) válida, las políticas del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP s) permiten que un medio de transporte que va en ruta hacia EE.UU. le permita abordar sin la documentación de transporte si usted es:

  • Un LPR con una tarjeta de residente permanente que fue expedida con una fecha de caducidad de 10 años (y usted ha estado fuera de EE.UU. durante menos de un año);
  • Un LPR que tiene una tarjeta de residente permanente con una fecha de expiración de 2 años y también tiene un Formulario I-797, Notificación de Acción, que demuestra que usted presentó un Formulario I-751, Petición para Eliminar Condiciones sobre la Residencia, o el Formulario I-829, Petición de Inversionista para Remover Condiciones sobre el Estatus de Residente Permanente (y usted ha estado fuera de EE.UU. durante menos de un año). La Notificación de Acción extiende la validez de la tarjeta por un periodo determinado, que usualmente es dos años; o
  • Un LPR que es miembro del servicio militar o empleado del gobierno estadounidense (o un LPR dependiente de una persona con tales clasificaciones) que está bajo órdenes de viaje militares o gubernamentales de EE. UU, sin importar el tiempo que permaneció fuera de Estados Unidos.

Verifique con su línea aérea o medio de transporte antes de presentar su Formulario I-131A ya que, en algunas situaciones, aún podrían negarse a permitirle abordar, aun cuando usted cumpla con los requisitos descritos anteriormente. En este caso, usted tendrá que presentar el Formulario I-131A.

Si usted tiene un hijo que nació fuera de Estados Unidos y viajará a Estados Unidos por primera vez, es posible que usted necesite solicitar documentación de transporte si:

  • Usted es un LPR o tiene una visa de inmigrante;
  • Su hijo es menor de 2 años de edad; y
  • Su hijo viaja con usted para venir a Estados Unidos por primera vez.

Le recomendamos que verifique primero con el medio de transporte para asegurarse de que le permitirá abordar a su hijo sin tener documentación de transporte. Si la línea aérea o medio de transporte se niega a permitir que su hijo aborde sin tener documentación de transporte, usted necesitará pagar por y presentar un Formulario I-131 para su hijo.

Cómo Cambiar su Dirección

Usted puede cambiar su dirección a través de su cuenta de usuario de Estatus de Caso en Línea en cualquier momento. Para más información, por favor vea nuestra página web Cambio de Dirección. Si experimenta dificultades técnicas, por favor llame a nuestro Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283 (TTY: 800-767-1833).

Última Revisión/Actualización:
12/22/2022
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