Actualización de los Estudios del Hogar y Cambios Significativos
Usted debe actualizar su estudio del hogar cuando:
- Ocurra un cambio significativo en su hogar (según se definen más adelante).
- Ocurra un cambio en el número de características (como edad, género, nacionalidad, necesidades especiales, y/o impedimentos) del (los) hijo(s) que usted interesa adoptar o ha adoptado que no fueron evaluados previamente en el estudio del hogar.
- Ocurre un cambio que requiera que el preparador del estudio del hogar atienda requisitos estatales de preadopción o atienda nuevos requisitos del estado si:
- El niño vendrá a Estados Unidos para adopción, y
- Su estudio del hogar no atiende estos requisitos.
- Usted solicita una extensión de la aprobación de su Formulario I-600A o Formulario I-800A;
- Usted solicita un cambio de país, si su estudio del hogar no le recomendó adoptar en el nuevo país; y
- Cuando usted presentó su estudio del hogar a USCIS, ya habían pasado 6 meses desde que el preparador del estudio del hogar firmó y fechó dicho estudio del hogar.
Cada estudio del hogar debe cumplir con las regulaciones de USCIS aplicables. Vea la Ley de Acreditación Universal de 2012 (UAA) para información sobre los distintos requisitos para casos que no están sujetos a UAA.
Para los estudios del hogar, requerimos que el preparador del estudio del hogar:
- Aborde en su totalidad cualquier cosa que haya cambiado desde que presentó o actualizó el último estudio del hogar con USCIS.
- Actualice las verificaciones requeridas, incluso:
- Actualice las verificaciones de los registros de abuso de menores para la actual residencia y para cualquier estado o país extranjero en donde usted o los adultos que son miembros del hogar (AMH) han residido desde que usted presentó el último estudio del hogar o actualizó el último estudio del hogar con USCIS;
- Vuelva a hacer preguntas sobre abuso o violencia; y
- Vuelva a hacer preguntas sobre historial criminal, y si corresponde, rehabilitación.
- Incluya los resultados, fecha y localización u otros medios (como visita al hogar, llamara por Skype, etc.) de las verificaciones actualizadas;
- Confirme que las demás áreas del estudio del hogar o el estudio del hogar actualizado que usted presentó a USCIS no han cambiado;
- Incluya una declaración de parte del preparador que indique que ha revisado el estudio del hogar que ha sido actualizado y que tiene conocimiento personal completo de su contenido;
- Atienda si el preparador le recomienda la adopción y las razones específicas para la recomendación; y
- Firme e indique la fecha de la actualización.
Debido a que consideramos el estudio del hogar como un proceso en curso, no requerimos que el preparador del estudio del hogar lleve a cabo otra visita al hogar a menos que usted se haya mudado, la ley de la jurisdicción lo requiera, o el preparador del estudio del hogar lo requiera. En cambio, el preparador del estudio del hogar puede realizar los requisitos de actualización por cualquier método – en persona (en el hogar o en otro lugar) o por Skype, FaceTime, teléfono, correo electrónico, etc. – pero el preparador del estudio del hogar debe declarar:
- El número de entrevistas o visitas;
- Participantes, fecha, y lugar o método de cada entrevista o visita; y
- Fecha y lugar/método de cualquier contacto requerido.
Si una actualización del estudio en el hogar cumple con los Requisitos actualizados del estudio en el hogar enumerados anteriormente, puede parecer una actualización que solo aborda las circunstancias que requieren la actualización, o un estudio en el hogar nuevo y completo. Los anejos o correcciones que no abordan todos los requisitos anteriores no son suficientes. La duración de una actualización del estudio en el hogar variará dependiendo de las circunstancias. No hay límites para la cantidad de veces que un preparador de estudios en el hogar puede actualizar un estudio en el hogar.
Si ocurre un cambio significativo en su hogar, debe presentar un estudio del hogar actualizado que refleje el cambio significativo.
Los cambios significativos incluyen, pero no se limitan, a lo siguiente:
- Residencia;
- Estado civil*;
- Historial delictivo, historial de maltrato u otra información negativa;
- Disminución significativa de recursos financieros;
- Composición del hogar;
- Condiciones de salud graves; y
- Características del niño solicitado.
* Aplican reglas especiales si el cambio significativo es un cambio en el estado civil. Consulte la información a continuación sobre el efecto de un cambio en el estado civil en distintos momentos del proceso de adopción.
Usted, su cónyuge (si está casado), y los adultos miembros de su hogar (AMH) tienen una responsabilidad de divulgación continua durante el proceso de adopción entre países, lo que incluye:
- Mientras cualquier Formulario I-600A o Formulario I-800A está en trámite;
- Después de que cualquier Formulario I-600A o Formulario I-800A sea aprobado;
- Mientras cualquier Formulario I-600 o Formulario I-800; y
- Hasta que se haya tomado una decisión final admitiendo al niño a Estados Unidos con una visa, o hasta la aprobación final del Formulario I-600/Formulario I-800 si usted reside en el extranjero y no desea obtener una visa de inmigrante para su hijo.
Esta responsabilidad de divulgación requiere que usted, su cónyuge y cualquier adulto miembro del hogar notifiquen al preparador del estudio del hogar y a USCIS de cualquier evento o información que podría requerir que usted presente un estudio del hogar actualizado mientras esta responsabilidad está en curso.
Mientras el Formulario I-600A o Formulario I-600 está en Trámite
Si ocurre un cambio significativo mientras su Formulario I-600A, Solicitud de Procesamiento Adelantado de una Petición de Huérfano o el Formulario I-600, Petición para Clasificar a un Huérfano como Familiar Inmediato, está en trámite, usted debe presentar su estudio del hogar actualizado al Centro Nacional de Beneficios (NBC). Incluya una carta de presentación donde indique que presenta un estudio del hogar actualizado para atender el cambio significativo. Recuerde firmar su carta de presentación y que su preparador del estudio del hogar firme el estudio actualizado.
Mientras el Formulario I-800A o Formulario I-800 está en Trámite
Si ocurre un cambio significativo mientras su Formulario I-800A, Petición para Clasificar a un Adoptado bajo la Convención como Familiar Inmediato, está en trámite, usted debe presentar su estudio del hogar actualizado al Centro Nacional de Beneficios (NBC). Incluya una carta de presentación donde indique que presenta un estudio del hogar actualizado para atender el cambio significativo. Recuerde firmar su carta de presentación y que su preparador del estudio del hogar firme el estudio actualizado.
Si ocurre un cambio significativo mientras su Formulario I-800, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar a un Niño de un País de la Convención, está en trámite (aún si el Formulario I-800A de base ha caducado), debe presentar su estudio del hogar actualizado mediante el Suplemento 3 del Formulario I-800, Solicitud de Acción sobre un Formulario I-800A.
Después de la Aprobación del Formulario I-600A o Formulario I-600
Si ocurre un cambio significativo (que no sea un cambio en el estatus civil) después que USCIS ha aprobado su Formulario I-600A o el Formulario I-600, debe presentar el Formulario I-600A/I-600, Suplemento 3, Solicitud de Acción sobre un Formulario I-600A/I-600 aprobado, junto con su estudio del hogar actualizado.
Si usted presentó su Formulario I-600, pero experimenta un cambio significativo (que no sea un cambio en el estatus civil) después de que la aprobación de su Formulario I-600A ha caducado, debe presentar el Formulario I-600A/I-600, Suplemento 3, junto a su estudio del hogar actualizado. Si USCIS determina que su aprobación de idoneidad continúa siendo apropiada, le enviaremos una notificación de aprobación actualizada.
Puede consultar la tarifa de presentación del Formulario I-600A, el Formulario I-600 y el Formulario I-600A/I-600, Suplemento 3, Solicitud de Acción sobre el Formulario I-600A/I-600 Aprobado, en nuestra página de Desglose de Tarifas.
Después de la Aprobación de su Formulario I-800A o Formulario I-800
Si ocurre un cambio significativo (que no sea un cambio en el estatus civil) después que USCIS ha aprobado su Formulario I-800A o Formulario I-800, debe presentar el Suplemento 3 del Formulario I-800A, Solicitud de Acción sobre un Formulario I-800A aprobado, junto con su estudio del hogar actualizado..
Si usted presentó su Formulario I-800 pero experimenta un cambio significativo (que no sea un cambio en el estatus civil) después de que la aprobación de su Formulario I-800A ha caducado, debe presentar el Suplemento 3 del Formulario I-800A, junto a su estudio del hogar actualizado. Si USCIS determina que su aprobación de idoneidad continúa siendo apropiada, le enviaremos una notificación de aprobación actualizada.
Puede consultar la tarifa de presentación del Formulario I-800A, el Formulario I-800 y el Formulario I-800A, Suplemento 3, Solicitud de Acción sobre el Formulario I-800A Aprobado, en nuestra página de Desglose de Tarifas.
Cambios en el Estatus Civil
Si su estatus civil cambia después que USCIS ha aprobado su Formulario I-600A, Formulario I-600, Formulario I-800A o Formulario I-800, usted no puede presentar una solicitud por escrito para una notificación de aprobación actualizada, sino que deberá presentar un nuevo formulario con la tarifa y un estudio del hogar actualizado. Si está casado, su cónyuge también tendrá que firmar el nuevo formulario.