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Traer a su Hijo Adoptado Internacionalmente a los Estados Unidos

Hay tres maneras similares pero distintas para traer a su hijo adoptivo a los Estados Unidos. El paso que deba seguir su hijo adoptivo dependerá de las circunstancias individuales en su caso.

Proceso de La Haya

Si usted para adoptar usted presentó los Formularios I-800A e I-800, entonces su hijo proviene de un país que tiene implementado el proceso de adopción de la Convención de La Haya (proceso de La Haya). Esto significa que su hijo puede entrar a los Estados Unidos ya sea con una visa de inmigrante clasificación IH-3 (si usted adoptó a su hijo en un país bajo la Convención de La Haya) o una visa de inmigrante clasificación IH-4 (si usted finalizó la adopción en los Estados Unidos).

Proceso No Amparado Bajo La Haya

Si usted para adoptar usted presentó los Formularios I-600A y/o I-600, entonces su hijo procede de un país que no ha implementado el proceso de adopción de la Convención de La Haya (proceso de La Haya). Esto significa que su hijo entrará a los Estados Unidos ya sea con una visa de inmigrante clasificación IR-3 (la adopción fue finalizada en un país no aparado bajo La Haya y usted [o su cónyuge, si es casado/a] vio a su hijo antes o durante el proceso de adopción) o bajo una visa de inmigrante clasificación IR-4 (si usted finalizó la adopción en los Estados Unidos).

Proceso de Familiares Inmediatos

Si su hijo no cumple con los requisitos para el proceso de La Haya o el proceso no aparado bajo La Haya, usted todavía puede presentar el Formulario I-130, Petición para un Familiar Extranjero, a nombre del menor en calidad de hijo adoptado de un ciudadano estadounidense. Los padres deben acumular dos años de custodia física y legal para obtener una adopción del niño completa y final, para poder ser elegible para presentar un Formulario I-130. La custodia legal y física puede ser acumulada de una vez en un solo periodo o acumulativamente durante varios periodos. También este periodo puede ser acumulado antes, durante y después de la adopción. Estos dos años deben haberse acumulado antes de que el niño cumpla 16 años (o de cumplir 18 años si es un hermano biológico de un niño que usted ya adoptó o va a adoptar). Su hijo recibirá una visa de inmigrante clasificación IR-2 si se determina que es elegible.

Si usted está adoptando en un país cobijado bajo el proceso de La Haya, ciertas restricciones aplicables podrían prevenir que su hijo inmigrase a los Estados Unidos utilizando este proceso. Por favor, investigue las leyes de adopción del país del cual usted desea adoptar antes de comenzar el proceso.

Vea el tema “Mi hijo vive conmigo en el extranjero” (en “Temas de Interés Relacionados”, más abajo) para información sobre cómo su hijo podría adquirir la ciudadanía estadounidense antes de mudarse permanentemente a los Estados Unidos.

  • Ciudadanía Estadounidense para un Hijo Adoptivo
  • La Visa de Inmigrante de su Nuevo Hijo
  • En Compañía de su Hijo en un Puerto de Entrada de los Estados Unidos (en inglés)
  • Después que su Hijo Ingrese a los Estados Unidos (en inglés)
  • Certificado de Ciudadanía de su Hijo Adoptado Internacionalmente
  • Temas de Interés Relacionados
Última Revisión/Actualización:
09/23/2016
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