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  2. Residencia Permanente (Tarjeta Verde)
  3. Categorías de Elegibilidad a la Residencia Permanente
  4. Residencia Permanente para Empleados de Organizaciones Internacionales

Residencia Permanente para Empleados de Organizaciones Internacionales

Existe una disposición de la ley de inmigración que permite a ciertos empleados a largo plazo de organizaciones internacionales y sus familiares que son elegibles a solicitar estatus de inmigrante especial y convertirse en residentes permanentes de Estados Unidos (obtener una Tarjeta Verde), siempre que su organización permanezca reconocida.

Por estatuto (INA 101 (a) (27) (L)), la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) es una organización internacional reconocida. Otras organizaciones incluyen:

  • Organización de los Estados Americanos (OEA);
  • Junta Interamericana de Defensa (IADB);
  • Colegio Interamericano de Defensa (IADC);
  • Fondo Monetario Internacional (IMF);
  • Banco Mundial;
  • Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite (INTELSAT); y
  • Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite (ITSO).

Para obtener más información, consulte 9 FAM 402.3-7.

Elegibilidad

Usted puede ser elegible para recibir una Tarjeta Verde como empleado de una organización internacional o familiar cualificado si cumple con una de las siguientes condiciones:

Usted es…

Y

…un oficial retirado o empleado de dicha organización internacional (o su cónyuge)

  • Mientras usted mantiene su estatus como no inmigrante, ha residido y ha estado físicamente en Estados Unidos durante al menos la mitad (50%) de los últimos siete años antes de solicitar ajuste de estatus o una visa,
  • Tiene un periodo combinado de residencia física en Estados Unidos de al menos 15 años antes de su retiro y
  • Presentó una petición para obtener el estatus de inmigrante especial (Formulario I-360) no más tarde de seis meses después de su retiro.

…un cónyuge sobreviviente de un oficial o empleado fallecido de dicha organización internacional

  • Mientras usted mantiene su estatus de no inmigrante, ha residido o ha estado físicamente presente en los Estados Unidos por un total de al menos la mitad (50%) de los últimos siete años antes de solicitar ajuste de estatus o una visa,
  • Tiene un periodo de residencia física en Estados Unidos de al menos 15 años antes de la muerte de su cónyuge, y
  • Usted presentó una petición de estatus de inmigrante especial (Formulario I-360) no más tarde de 6seismeses después de la muerte de su cónyuge.

...un hijo o hija soltero de un actual o antiguo oficial o empleado de una organización internacional designada

  • Mientras usted mantiene su estatus de no inmigrante, ha residido o ha estado físicamente presente en Estados Unidos por un total de al menos la mitad (50%) de los últimos siete años antes de solicitar ajuste de estatus o una visa,
  • Tiene un periodo de residencia física en Estados Unidos de al menos siete años trascurridos entre las edades de 5 y 21 años, y
  • Usted solicitó una visa o ajuste de estatus antes de su 25vo cumpleaños.

Evidencia de respaldo para el Formulario I-485

Consulte la sección Lista de Verificación de Evidencia Inicial Requerida de nuestra página del Formulario I-485 para ver qué evidencia debe presentar.

Autorización de Empleo y Documentación de Viaje

Por lo general, cuando tiene un Formulario I-485 pendiente, puede solicitar una autorización para trabajar en Estados Unidos y obtener un permiso anticipado (permiso anticipado para viajar y ser admitido en Estados Unidos a su regreso). Para obtener más información, consulte nuestras páginas de Autorización de Empleo y Documentos de Viaje.

Trasfondo Legal

Para más información vea INA 101(a)(15)(G)(i) y (27)(I) y (L) y 8 CFR 101.5 y 245.

Última Revisión/Actualización:
11/02/2020
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