I-912, Petición de Exención de Tarifas
Utilice este formulario para solicitar una exención de pago de tarifas (o envíe una petición por escrito) para ciertos formularios y servicios de inmigración basada en una incapacidad demostrada de pago. Para ver la lista completa de formularios y servicios elegibles para la exención de tarifas, consulte la lista en Instrucciones Especiales, visite la página web Información sobre Exención de Pago de Tarifas, o consulte 8 CFR 106.3(a).
Detalles del Formulario
Las fechas están en formato mm/dd/aa (mes, día, año).
Si usted completa e imprime este formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario. Si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podríamos rechazar su solicitud.
Si necesita ayuda para descargar e imprimir los formularios, lea nuestras instrucciones.
Para presentar su Formulario I-912 completado, adjúntelo con toda la documentación de respaldo a la solicitud o petición para la cual está solicitando la exención de pago de tarifas. Por ejemplo, si va a solicitar la exención de pago de tarifas para el Formulario N-400, Solicitud de Naturalización, debe enviar su Formulario N-400, el Formulario I-912 y la documentación de apoyo a la dirección indicada en las instrucciones del Formulario N-400.
No envíe su Formulario I-912 sin una solicitud o petición completada. No puede presentar el Formulario I-912 después de que USCIS haya recibido la solicitud(es) o petición(es) para la(s) que solicita la exención de tarifa. Por ejemplo, si está solicita la exención de pago del Formulario N-400, no puede presentar el Formulario I-912 después que hayamos recibido su Formulario N-400.
Si usted va a solicitar una exención de pago de tarifa con el Formulario I-912, puede utilizar una de dos opciones. En el caso de los formularios que son elegibles para una exención de pago de tarifas, puede enviar por correo postal una versión impresa del Formulario I-912 con el formulario para el que solicita la exención de pago de tarifas. En el caso de ciertos formularios disponibles para presentar utilizando la opción de presentación de solicitudes en PDF, puede cargar su Formulario I-912 completado con el formulario completado para el que solicita la exención de pago de tarifas, a través de su cuenta de USCIS en línea.
Consejos de Presentación: Consulte la página Consejos para la Presentación de Formularios por Correo Postal para obtener información acerca de cómo asegurarse que aceptemos su solicitud.
No olvide firmar su formulario. Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.
- El Formulario I-912 debe estar firmado. Si es menor de 14 años de edad, su padre o guardián legal pueden firmar la solicitud por usted. Un guardián legal también puede firmar por una persona con discapacidad física o mental.
- Si presenta un documento que tiene información en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés. El traductor debe firmar una certificación de que la traducción al inglés es completa y exacta, y que es está capacitado para traducir del idioma extranjero al inglés.
- Lea nuestra página Información Adicional Sobre Cómo Presentar una Petición de Exención de Tarifas.
- Para cualificar para una exención de pago de tarifas basada en la recepción de un beneficio con verificación de recursos, la evidencia que usted proporcione debe demostrar que usted, su cónyuge, su padre o madre (si usted tiene menos de 21 años de edad o está discapacitado), su hermano o su hijo que vive con usted actualmente recibe beneficios con verificación de recursos económicos. La evidencia puede ser en forma de carta, notificación u otros documentos de una agencia que indiquen que usted recibe actualmente el beneficio. La documentación debe contener:
- Su nombre (o nombre de la persona que recibe el beneficio);
- El nombre de la agencia que otorga el beneficio público;
- El tipo de beneficio; y
- Evidencia que indique que el beneficio se recibe actualmente (por ejemplo, una carta fechada recientemente o documento con fechas de efectividad, fecha de renovación o periodo en que finaliza la aprobación, si está disponible).
Lista de Formularios Elegibles para una Exención de Pago de Tarifas
Bajo la reglamentación de exención de pago de tarifas vigente, USCIS puede aprobar exenciones de pagos de tarifas solo para algunos formularios o algunas categorías de peticiones en un formulario.
Usted puede presentar el Formulario I-912 para cualquiera de las siguientes peticiones de beneficios o servicios:
- Formulario I-90, Solicitud para Remplazar la Tarjeta de Residente Permanente;
- Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, pero solo si usted solicita una extensión del estatus E-2 de Inversionista de CNMI bajo 8 CFR 214.2(e)(23);
- Formulario I-129CW, Petición para un Trabajador Transicional No Inmigrante – Solo CNMI, para un inversionista CNMI E-2;
- Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, pero solo si solicita el permiso humanitario;
- Formulario I-191, Solicitud de Ayuda bajo la Antigua Sección 212(c) de la Ley de Inmigración y Nacional (INA);
- Formulario I-192, Solicitud de Permiso Adelantado para Ingresar como No Inmigrante, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por motivos de carga pública;
- Formulario I-193, Solicitud de Exención de Pasaporte y/o Visa, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por carga pública (Por favor, tenga en cuenta que debe pagar todas las tarifas cuando solicite un pasaporte estadounidense del Departamento de Estado de Estados Unidos);
- Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción, pero solo si la solicitud base estuvo exenta de pago de tarifas, se le eximió del pago de taifas o fue elegible para una exención de tarifas;
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus. La exención de tarifas solo está disponible si usted solicita el estatus de residente permanente legal basado en:
- Una categoría de elegibilidad que está exenta de las causales de inadmisibilidad por carga pública de la sección 212(a)(4) de la INA, tales como Ley de Ajuste Cubano, Ley de Inmigración Justa para Refugiados Haitianos;
- Residencia continua en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 1972, (“Registro”); o
- Estatus de asilado.
- Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar el Estatus de No Inmigrante, si usted solicita una extensión del estatus E-2 de No Inmigrante Inversionista de CNMI bajo 8 CFR 241.2(e)(23);
- Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por carga pública en la Sección 212(a)(4) de la INA;
- Formulario I-694, Notificación de Apelación de Decisión bajo las Secciones 210 o 245ª de la INA, si su solicitud o petición base estuvo exenta de tarifas, se le eximió del pago de tarifas, o era elegible para una exención de tarifas;
- Formulario I-751, Petición para Cancelar las Condiciones sobre Residencia;
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, a menos que usted presente su solicitud bajo la categoría (c)(33), Acción Diferida para los Llegados en la Infancia;
- Formulario I-817, Solicitud de Beneficios de Unidad Familiar;
- Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal (y la tarifa de servicios biométricos requerida);
- Formulario I-881, Solicitud de Suspensión de Deportación o Regla Especial de Cancelación de Remoción;
- Formulario N-300, Solicitud para Presentar una Declaración de Intención;
- Formulario N-336, Petición de Audiencia sobre una Decisión en los Procedimientos de Naturalización;
- Formulario N-400, Solicitud de Naturalización;
- Formulario N-470, Solicitud para Conservar la Residencia para Propósitos de Naturalización
- Formulario N-565, Solicitud para Reemplazar Documento de Naturalización/Ciudadanía;
- Formulario N-600, Solicitud de Certificación de Ciudadanía; y
- Formulario N-600K, Solicitud de Ciudadanía y Emisión de Certificado bajo la Sección 322.
Usted también puede solicitar una exención de pago de tarifas para cualquier solicitud o petición que esté relacionada con su estatus como:
- Cónyuge abusado de un A, G, E-3, o No Inmigrante H (I-290B);
- Cónyuge o hijo abusado de un residente permanente legal o ciudadano estadounidense bajo INA 240A(b)(2);
- No Inmigrante T;
- Receptor de Estatus de Protección Temporal (como por ejemplo Formularios I-131, I-821 e I-601);
- No Inmigrante U; o
- Auto peticionario.
Usted no puede presentar el Formulario I-912 si solicita la Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA). No hay exenciones de pago de tarifas para peticiones de DACA. Las exenciones de pagos de tarifas estarán disponibles bajo circunstancias limitadas. Para más detalles, vea la página de exenciones de tarifas para la Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia.
Usted no tiene que presentar un Formulario I-912 para solicitudes y peticiones que no requieren el pago de una tarifa. Otras solicitudes y peticiones de USCIS tienen requisitos de exenciones de tarifas para ciertos tipos de solicitantes y peticionarios. En estos casos, el formulario de USCIS y las instrucciones indicarán la exención de tarifa y requisitos de presentación si un Formulario I-912 por separado no es necesario. Si su formulario no está incluido en la Lista de Formularios Elegibles para la Exención de Pago de Tarifas, verifique las instrucciones específicas de ese formulario para obtener información adicional o visite la página del Centro de Contacto de USCIS para obtener respuestas a sus preguntas o hablar con un representante de USCIS.