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  4. ¿Cómo Solicito el Servicio de Procesamiento Prioritario?

¿Cómo Solicito el Servicio de Procesamiento Prioritario?

AVISO: USCIS ha anunciado la ampliación del servicio de procesamiento prioritario para ciertos estudiantes F-1 que desean obtener Capacitación Práctica Opcional (OPT) y estudiantes F-1 que desean obtener extensiones OPT en ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM) que tienen pendiente un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, y desean solicitar que su caso sea procesado de manera  prioritaria.  Ahora también está disponible la presentación en línea del Formulario I-907, Solicitud de Procesamiento Prioritario, para estudiantes F-1 en estas categorías. USCIS continúa aceptando la más reciente versión de formulario por correo. Lea más aquí: USCIS Anuncia Procesamiento Prioritario; Nuevos Procedimientos para Presentación Electrónica para Ciertos Estudiantes F-1 que Desean Obtener OPT o Extensiones OPT STEM.

¿Qué es?

El procesamiento prioritario proporciona un trámite expedito del Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, el Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero, y el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con el pago de una tarifa. En concreto, garantizamos que tomaremos alguna acción de adjudicación sobre un caso, según se describe a continuación, dentro de los periodos siguientes, o le reembolsaremos la tarifa de procesamiento prioritario:

  • 15 días calendario para la mayoría de las clasificaciones
  • 30 días calendarios para un Formulario I-765 para estudiantes F-1 que desean obtener extensiones de OPT o STEM OPT
  • 45 días calendario para el Formulario I-140 de clasificaciones E-13 de ejecutivos y gerentes de multinacionales y E-21 de exenciones por interés nacional (NIW), o o.

Por favor, consulte la tabla a continuación para todos los tiempos de procesamiento a medida que nuevas categorías estén disponibles.

El período asociado comenzará cuando recibamos apropiadamente el Formulario I-907, Solicitud de Procesamiento Prioritario, en la dirección de presentación correcta. Una petición o solicitud debidamente recibida debe estar completa, firmada apropiadamente y acompañada de la tarifa correcta según se especifica en la página del Formulario I-907. Dentro del plazo correspondiente, tomaremos una de las siguientes acciones sobre su caso:

  • Emitiremos una notificación de aprobación
  • Emitiremos una notificación de denegación
  • Emitiremos una notificación de intención de denegación
  • Emitiremos una solicitud de evidencia
  • Abriremos una investigación por fraude o falsa representación dentro del período establecido.

Si la petición o solicitud requiere la presentación de evidencia adicional o respuesta a una notificación de intención de denegación, el período de tiempo de procesamiento prioritario de 15, 30 o 45 días se detendrá y se reiniciará. Comenzará un nuevo período de procesamiento prioritario cuando recibamos una respuesta a la solicitud de evidencia o la notificación de intención de denegación.

¿Quién es elegible?

Las tablas que encontrará a continuación presentan los formularios, clasificaciones designadas para cada tipo de formulario, así como la disponibilidad actual (cuando corresponda) y las fechas de terminación del servicio de procesamiento prioritario.

Los peticionarios que presenten el Formulario I-129 que soliciten estatus inicial o cambio de estatus para beneficiarios que están en la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) no son elegibles para el servicio de procesamiento prioritario.

Puede que las clasificaciones H-1B, H-2B, y ciertas clasificaciones H-3 tengan restricciones de cantidades máximas reglamentarias anuales. Le recomendamos que verifique si a su tipo de solicitud le aplica una cantidad máxima reglamentaria, y si ese límite se ha alcanzado. Presentar el Formulario I-907 no le otorga beneficios especiales en cuanto a la cantidad máxima reglamentaria. (Vea "¿Cómo USCIS manejará esas categorías que tienen límite anual con relación al procesamiento prioritario?" a continuación).

Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante – la acción adjudicativa que se tomará en el plazo de 15 días calendario
Clasificación Designada dentro del Formulario I-129 Clasificación de No Inmigrante Correspondiente Fecha de Disponibilidad1 Fecha de Terminación2
Comerciante de Tratado

E-1

1 de junio de 2001

 

Inversionista de Tratado

E-2

1 de junio de 2001

 

Ciertos Profesionales Especializados Australianos

E-3

24 de febrero de 2021

 

Extranjero en Trabajo Especializado

H-1B

30 de julio de 2001

 

Trabajador temporal que realiza servicios no relacionados con la agricultura

H-2B

1 de junio de 2001

 
Aprendiz o visitante especial por intercambio educativo

H-3

1 de junio de 2001

 
Transferencia de ejecutivos o gerentes dentro de una misma empresa

L-1A

1 de junio de 2001

 
Transferencia de profesional de conocimiento especializado dentro de una misma empresa

L-1B

1 de junio de 2001

 

Un peticionario que cumple con ciertos requisitos y busca aprobación continua para sí y para alguna o todas sus oficinas matrices, sucursales, subsidiarias y afiliadas

LZ

(Blanket L-1)

1 de junio de 2001

 

Extranjero de habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o deportes

O-1

1 de junio de 2001

 

Extranjero que proporciona servicios de apoyo esenciales a un extranjero principal O-1

O-2

1 de junio de 2001

 

Atleta reconocido internacionalmente o miembro de un grupo de entretenimiento reconocido

P-1

1 de junio de 2001

 

Extranjero de Apoyo Esencial, altamente especializado, que brinda servicios de apoyo esenciales a un no inmigrante principal P-1

P-1S

1 de junio de 2001

 
Artista o animador bajo un programa de intercambio recíproco

P-2

1 de junio de 2001

 
Extranjero de apoyo esencial, altamente especializado, que brinda servicios de apoyo esenciales a un no inmigrante principal P-2

P-2S

1 de junio de 2001

 
Artista o animador en un programa cultural único

P-3

1 de junio de 2001

 

Extranjero de apoyo esencial, altamente especializado, que brinda servicios de apoyo esenciales a un no inmigrante principal P-3

P-3S

1 de junio de 2001

 
Extranjero en intercambio cultural

Q-1

1 de junio de 2001

 

Extranjero en ocupación religiosa

R-1

30 de julio de 2001 y reinstalado el 20 de julio de 20093

 

Profesional de NAFTA en Canadá

TN-1

30 de julio de 2001

 

Profesional de NAFTA en México

TN-2

30 de julio de 2001

 

1 La fecha de disponibilidad es la fecha inicial en la que se determinó que la clasificación es elegible para procesamiento prioritario.

2 La fecha de terminación refleja el ultimo día en que aceptamos solicitudes de procesamiento prioritario relacionadas con una categoría específica. Si hay una fecha escrita en esta columna, actualmente esa clasificación no es elegible para el procesamiento prioritario.

3 Inicialmente, suspendimos el procesamiento prioritario de peticiones de visa para trabajadores religiosos no inmigrantes el 28 de noviembre de 2006. El 20 de julio de 2009, comenzamos nuevamente a aceptar el Formulario I-907 para peticiones I-129 que buscan obtener la clasificación R-1.

Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero – acción adjudicativa a tomarse dentro de 15 días calendario
Clasificación Designada bajo el Formulario I-140 Clasificación de Visa de Inmigrante basada en el Empleo (EB) Fecha de Disponibilidad1 Fecha de Terminación2
Extranjero de habilidades extraordinarias

E11

13 de noviembre de 2006 y reinstalada el 29 de junio de 20093  
Profesores e investigadores destacados

E12

25 de septiembre de 2006 y reinstalada el 29 de junio de 20093

 

Miembros de profesiones con posgrados o habilidades excepcionales que no buscan Exención por Interés Nacional

E21

25 de septiembre de 2006 y reinstalada el 29 de junio de 20093

 

Trabajadores especializados4

E31

28 de agosto de 2006 y reinstalada el 29 de junio de 20093

 

Profesionales4

E32

28 de agosto de 2006 y reinstalada el 29 de junio de 20093

 

Otros que no son trabajadores especializados o profesionales

EW3

25 de septiembre de 2006 y reinstalada el 29 de junio de 20093

Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero para ser procesado dentro de 45 días calendario
Clasificación Designada bajo el Formulario I-140 Clasificación de Visa de Inmigrante basada en el Empleo (EB) Fecha de Disponibilidad1 Fecha de Terminación2
Ejecutivos y gerenciales de empresas multinacionales E13 A partir del 30 de enero de 2023, todos los Formularios I-140 iniciales bajo la categoría E-13 de ejecutivos y gerentes de empresas multinacionales son elegibles para solicitar el procesamiento prioritario.  
Miembros de profesiones con posgrados o habilidades excepcionales en busca de Exención por Interés Nacional (NIW) E21 A partir del 30 de enero de 2023, todos los Formularios I-140 bajo una clasificación E-21 NIW son elegibles para solicitar el procesamiento prioritario.  

1 La fecha de disponibilidad es la fecha en que se determinó que la clasificación es elegible al procesamiento prioritario.

2 La fecha de terminación refleja el último día que aceptamos presentaciones que requieren esa clasificación específica. Si hay una fecha en esa columna, la clasificación es inelegible al procesamiento prioritario.

3 El 2 de julio de 2007, anunciamos la suspensión temporal del procesamiento prioritario del Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero, de acuerdo con 8 CFR 103.2 (f) (2). Sin embargo, después de evaluar nuestros esfuerzos de reducción de la cantidad de Formulario I-140 que estaban en espera de adjudicación y el aumento de las eficiencias de adjudicación del Formulario I-140, concluimos que a partir del 29 de junio de 2009 podíamos restablecer el procesamiento prioritario para este beneficio.

4 Si se ha designado como disponible. Por favor, vea la sección acerca de las condiciones adicionales puestas en vigor para la disponibilidad del procesamiento prioritario.

Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, procesado dentro de 30 días calendarios
Categoría del Formulario I-765 Descripción Fecha de disponibilidad Fecha de Terminación
(c)(3)(A) Estudiantes F-1, prefinalización de la Capacitación Práctica Opcional Por favor, consulte la tabla actualizada para las solicitudes en trámite y presentadas concurrentemente.  
(c)(3)(B) Estudiantes F-1, postfinalización de la Capacitación Práctica Opcional Por favor, consulte la tabla actualizada para las solicitudes en trámite y presentadas concurrentemente.  
(c)(3)(C) Estudiantes F-1, extensión de 24 meses para estudiantes STEM Por favor, consulte la tabla actualizada para las solicitudes en trámite y presentadas concurrentemente.  

Procesamiento Prioritario para Ejecutivos y Gerentes Multinacionales E13 o con Exención por Interés Nacional E21

A partir del 1 de junio de 2022, comenzamos a incorporar gradualmente el procesamiento prioritario para ejecutivos y gerentes multinacionales E-13. El 1 de julio de 2022, comenzamos a implementar gradualmente el procesamiento prioritario para peticiones E-21 que buscan una exención de interés nacional (NIW) y peticiones adicionales de ejecutivos y gerentes de multinacionales E-13. A partir del 30 de junio de 2022, todos los Formularios I-140 iniciales y pendientes bajo una categoría E-13 de ejecutivo o gerente de multinacional y categoría E-21 NIW son elegibles para solicitar el procesamiento prioritario.

Procesamiento Prioritario para Estudiantes F-1 que Desean Obtener Extensiones OPT y STEM OPT

El 6 de marzo de 2023 comenzamos a implementar gradualmente el procesamiento prioritario para peticiones de estudiantes F-1 que desean obtener extensiones para la Capacitación Práctica Opcional (OPT) y STEM OPT. La presentación en línea del Formulario I-907 también está disponible para los estudiantes F-1 en estas categorías. Por favor, consulte la tabla a continuación acerca del calendario de actualización y cuándo se pueden presentar nuevas solicitudes con una petición de procesamiento prioritario.

Calendario de Actualización para los Estudiantes F-1
Fecha de Inicio Tipo del Formulario de USCIS Correspondiente
6 de marzo de 2023 Formulario I-765 presentado anteriormente y en trámite
3 de abril de 2023 Formulario I-765 presentado concurrentemente
¿Puede el beneficiario de la petición de visa solicitar el procesamiento prioritario?

No, excepto en los casos en que el peticionario es elegible para presentar su petición como una auto petición (es decir, el peticionario y el beneficiario son la misma persona). De lo contrario, sólo el peticionario, o el abogado o representante que haya presentado un Formulario G-28, Notificación de Comparecencia como Abogado o Representante Acreditado, a nombre del peticionario), podrá solicitar el procesamiento prioritario de una petición designada. Sin embargo, aunque el peticionario, beneficiario, abogado o representante, así como el beneficiario, pueden pagar la tarifa de procesamiento prioritario, el beneficiario no puede firmar o presentar el Formulario I-907.

¿Cómo verifico si la versión que utilizo es la más reciente del formulario?

Verifique la parte “Fecha de Edición” de nuestra página web del Formulario I-907 para obtener información sobre la fecha de edición vigente.

¿Cómo presento una petición de procesamiento prioritario?

Como peticionario o solicitante (o abogado o representante), usted debe completar y firmar el Formulario I-907, Petición de Servicio de Procesamiento Prioritario, de acuerdo con las instrucciones (PDF, 232.15 KB) de la versión vigente del formulario. Si usted va a presentar el Formulario I-907 junto con el Formulario I-129 o el Formulario I-140, debe presentar ambos formularios de acuerdo con las instrucciones del Formulario I-129 (PDF, 641.66 KB) o el Formulario I-140 (PDF, 540.37 KB). Si ya presentó el Formulario I-129 o el Formulario I-140 y ahora desea solicitar el procesamiento prioritario, presente el Formulario I-907 en el centro de servicio donde actualmente está en trámite el Formulario I-129 o el Formulario I-140, junto con una copia del Formulario I-797, Notificación de Recibo de su Formulario I-129 o Formulario I-140. Si transferimos su petición a otro centro de servicio y usted recibió una notificación de transferencia, le recomendamos que presente su Formulario I-907 en el centro de servicio que ahora tramita su petición. También debe incluir una copia de la notificación de transferencia con su petición de procesamiento prioritario para evitar demoras.

A partir del 6 de marzo de 2023, aceptaremos el Formulario I-907 presentado en formato impreso o en línea para ciertos estudiantes F-1 que ya tienen en trámite un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, si lo presentaron bajo una de las siguientes categorías:

  • (c)(8)(A) – Prefinalización OPT;
  • (c)(3)(B) – Postfinalización OPT; y
  • (c)(3)(C) – Extensión de 24 meses de OTP para estudiantes STEM.

A partir del 3 de abril, aceptaremos solicitudes del Formulario I-907, presentadas ya sea impresas o en línea, para estudiantes F-1 en las categorías anteriores cuando se presenten junto con el Formulario I-765.

Si ya presentó un Formulario I-765 para solicitar una extensión OPT o STEM OPT y ahora desea solicitar el procesamiento prioritario, presente el Formulario I-907 en línea o con la Localidad Segura (Lockbox) de Chicago.

En el caso de los Formularios I-140 e I-129, rechazaremos cualquier Formulario I-907 presentado en una oficina que no tenga jurisdicción geográfica sobre la petición que sirve de base, si el Formulario I-907 es presentado:

  • Junto con un Formulario I-140;
  • Junto con un Formulario I-129; o
  • Como una petición independiente relacionada al Formulario I-129, que no fue transferida a un centro de servicio distinto.

No rechazaremos los Formularios I-907 presentados en una oficina que no tenga jurisdicción geográfica sobre la petición de base si el Formulario I-907 es presentado por error en el centro de servicio equivocado como una petición independiente relacionada con un Formulario I-140 o como una petición independiente relacionada con un Formulario I-129 que transferimos a un centro de servicio distinto. En estos casos, reenviaremos el Formulario I-1907 al centro de servicio que tiene jurisdicción sobre la petición de base. En casos de Formularios I-1907 presentados incorrectamente, el periodo de procesamiento prioritario comienza en la fecha que en el centro de servicio correcto recibe el expediente, según se indica en las instrucciones del Formulario I-907.

Se rechazará el Formulario I-907 si el Formulario I-765 que solicita la extensión OPT o STEM OPT no es para una categoría elegible para el procesamiento prioritario o si no podemos combinar su Formulario I-907 con el Formulario I-765 que solicita la extensión OPT o STEM OPT.

¿Puedo presentar una solicitud de procesamiento prioritario en línea?

Solo ciertos estudiantes F-1 que desean obtener extensiones OPT o STEM OPT pueden presentar el Formulario I-907 en línea en este momento. Si usted presenta un Formulario I-907 u otro formulario de USCIS impreso, aún puede crear una cuenta en línea para monitorear el estatus de su formulario a través del proceso de adjudicación, aún si usted no presentó su formulario en línea.

Para presentar el Formulario I-907 en línea, usted primero debe crear una cuenta de USCIS en línea, que proporciona un método conveniente y seguro para presentar formularios, y monitorear el estatus de cualquier solicitud de inmigración de USCIS pendiente a través de todo el proceso de adjudicación. No hay costo por crear una cuenta de USCIS en línea, y la misma le ofrece una variedad de funcionalidades, incluida la capacidad de comunicarse con USCIS a través de una bandeja de entrada segura y responder a una Solicitud de Evidencia en línea. Si usted presentó anteriormente un formulario de USCIS en línea, puede usar su cuenta existente de USCIS en línea.

Si anteriormente presentó un Formulario I-765 impreso y desea presentar el Formulario I-907 en línea para solicitar el procesamiento prioritario, consulte la Notificación de Acceso a la cuenta de USCIS que recibió para obtener el código de acceso en línea y detalles sobre cómo vincular sus casos presentados de forma impresa a su cuenta en línea. Si usted no vincula su Formulario I-765 impreso, no podrá presentar su Formulario I-907 en línea y tendrá que presentar el Formulario I-907 impreso la localidad segura de USCIS en Chicago.

Debido a limitaciones con el Formulario I-907, los representantes que anteriormente presentaron un Formulario G-28 tendrán que presentar un nuevo Formulario G-28 o una copia del que presentaron originalmente cuando vayan a solicitar el procesamiento prioritario. Los representantes deben enviar la solicitud de procesamiento prioritario y el Formulario G-28 con la localidad segura de USCIS en Chicago.

¿Ha establecido USCIS condiciones sobre la disponibilidad del procesamiento prioritario para peticiones I-140?

Sí. El procesamiento prioritario está disponible para las clasificaciones del Formulario I-140 indicadas en las tablas de más arriba. Por favor, revíselas para determinar su elegibilidad para escalar la petición de un ejecutivo y gerente de multinacional E13 pendiente, una petición E21 NIW, o para enviar una petición inicial de ejecutivo y gerente de multinacional E13 o E21 NIW. (Consulte la sección "¿Cómo presento una solicitud de procesamiento prioritario?", más arriba, para obtener información sobre cómo actualizar).

¿Cuál es la tarifa por este servicio?

Verifique la sección Tarifa de Presentación de Solicitud en nuestra página web del Formulario I-907 para obtener más información sobre la tarifa de presentación vigente.

¿También USCIS expeditará mi Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante, si lo presento con mi Formulario I-129?

El procesamiento prioritario no está disponible para el Formulario I-539 en este momento. Por favor, tenga en cuenta que, como un asunto de procedimiento, por lo general no procesamos un Formularios I-539 al mismo tiempo que el Formulario I-129.

¿Tiene este programa algún efecto en las prácticas anteriores de procesamiento expedito de USCIS?

Sí. En general, las solicitudes de procesamiento expedito discrecionales ya no estarán disponibles para las clasificaciones designadas como elegibles al procesamiento prioritario. Sin embargo, los peticionarios designados por el Servicio de Impuestos Internos como entidades sin fines de lucro tienen la opción de solicitar servicio expedito discrecional como lo han hecho en el pasado, o pueden optar por pagar la tarifa de servicio de procesamiento prioritario y usar ese servicio. Si la entidad sin fines de lucro no cumple con los criterios para procesamiento expedito discrecional, el peticionario aún puede solicitar el procesamiento prioritario mediante la presentación del Formulario I-907 y pagar la tarifa correspondiente.

¿Cómo manejará USCIS esas categorías que tienen un límite inusual en relación con este procesamiento prioritario?

Aquellos que pagan por el procesamiento prioritario de peticiones presentadas para clasificaciones de no inmigrante que están sujetas a las cantidades límite anuales no tendrán un acceso injusto a estos programas de inmigración limitados.

Si es necesario, aplicaremos un proceso de selección al azar para todas las peticiones recibidas en la fecha en que un número suficiente de peticiones se hayan recibido para alcanzar el límite numérico aplicable ("fecha de recibo final") para peticiones H-2B y H-3 sujetas a cantidades límite, independientemente de si se solicita el procesamiento prioritario. Adjudicamos estos casos seleccionados al azar y rechazaremos y devolveremos las tarifas de los casos que no hayan sido seleccionados, así como los casos presentados después de la fecha final de recibo.

Si es necesario, para la cantidad límite de visas H-1B, aplicaremos un proceso de selección al azar a todos los registros recibidos durante el período de registro inicial o la fecha de registro final. Si suspendemos el proceso de registro, aplicaremos un proceso de selección al azar a todas las peticiones recibidas en la fecha de recepción final para las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria, independientemente de si se solicita un procesamiento prioritario. Si la fecha de recibo final es cualquiera de los primeros cinco días hábiles en los que se pueden recibir las peticiones sujetas a la cantidad máxima regular H-1B (es decir, si se alcanza el límite en cualquiera de los primeros cinco días hábiles en que se pueden presentar solicitudes), USCIS seleccionará al azar entre todas las peticiones presentadas correctamente durante los primeros cinco días hábiles el número de peticiones consideradas necesarias para cumplir con el límite de visas H-1B. En cualquier escenario, adjudicaremos estas peticiones seleccionadas al azar y rechazaremos y devolveremos las tarifas de cualquier petición no seleccionada, así como las peticiones que se presentaron después de la fecha de recibo final.

¿Puedo comunicarme con un centro de servicio de USCIS si no he presentado una solicitud de procesamiento prioritario, pero tengo preguntas sobre el programa?

Una vez que usted haya presentado el Formulario I-907 para su Formulario I-129, Formulario I-140 o Formulario I-765 subyacente, puede comunicarse directamente con los centros de servicio. Tenga en cuenta que el número de teléfono gratuito y las direcciones de correo electrónico que figuran en la notificación de recibo del Formulario I-907 son sólo para personas que ya han presentado una solicitud de procesamiento prioritario. Si usted no ha solicitado procesamiento prioritario, puede llamar al 1-800-375-5283 para obtener información general acerca del programa.

El servicio al cliente es una prioridad para USCIS y seguimos comprometidos a garantizar que los solicitantes y los peticionarios tengan acceso oportuno y significativo a la asistencia y los recursos. Si no ha presentado su Formulario I-907 o tiene otras preguntas relacionadas con el caso, ofrecemos una serie de herramientas de servicio al cliente que pueden resultarle útiles.

¿Cómo me comunico con el centro de servicio acerca de una petición de procesamiento prioritario que presenté?

La dirección postal única de cada uno de los centros de servicio está listada en las instrucciones del Formulario I-907. Proporcionaremos información adicional de contacto de cada centro de servicio en su notificación de recibo. Si ya presentó el Formulario I-907 y necesita comunicarse con el centro servicio, llame al 1-866-315-5718. Asegúrese de tener su número de recibo a mano. Si ya presentó un Formulario I-907 en línea vinculado a un Formulario I-765 en el que se solicita un OPT o STEM OPT, puede enviarnos un mensaje seguro a través de su cuenta de USCIS en línea.

Última Revisión/Actualización:
03/06/2023
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