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País Designado al Estatus de Protección Temporal: El Salvador

AVISO: En noviembre de 2022, DHS publicó una notificación del Registro Federal que anuncia que los beneficiarios bajo las designaciones del Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador, Honduras, Nepal, Nicaragua, y Haití en 2011 y Sudán en 2013 mantendrán sus TPS mientras los la orden judicial en el caso Ramos v. Wolf y la orden de suspensión del procedimiento judicial en Bhattarai v. Nielsen permanecen en efecto, siempre que continúen siendo elegibles de manera individual a TPS.

En noviembre de 2022, DHS publicó una notificación del Registro Federal que anuncia que los beneficiarios bajo las designaciones del Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador, Honduras, Nepal, Nicaragua, y Haití en 2011 y Sudán en 2013 mantendrán sus TPS mientras los la orden judicial en el caso Ramos v. Wolf y la orden de suspensión del procedimiento judicial en Bhattarai v. Nielsen permanecen en efecto, siempre que continúen siendo elegibles de manera individual a TPS. DHS también ha extendido automáticamente hasta el 30 de junio de 2024 la validez de los Documentos de Autorización de Empleo (EAD) y otros documentos relacionados con TPS para los beneficiarios de TPS afectados por dichas órdenes judiciales. Los beneficiarios de TPS elegibles que les interesa obtener un EAD con la fecha de vencimiento extendida del 30 de junio de 2024, deben presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa de presentación correspondiente (u obtener una exención de tarifa). Usted puede solicitar una exención de tarifa completando el Formulario I-912, Petición de Exención de Tarifas, y presentándolo junto con el Formulario I-765.

El 3 de octubre de 2018, el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito del Norte de California prohibió al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) implementar y hacer cumplir las decisiones para cancelar el Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán, pendiente a una resolución futura del caso. Un panel del Tribunal Federal de Apelaciones para el Noveno Circuito dejó sin efecto esa orden judicial preliminar, pero los demandantes solicitaron una nueva audiencia en pleno, y, por lo tanto, no se ha emitido la directriz (orden judicial) del tribunal de apelaciones, y la orden judicial preliminar se mantiene en vigencia. Ramos, et al., v. Wolf (PDF, 374.01 KB), et al., 975 F.3d 872 (9th Cir., Sept. 14, 2020), solicitud de audiencia en pleno. 

Si es necesario, DHS continuará publicando notificaciones futuras apropiadas para cumplir con las órdenes judiciales.

Para obtener información adicional, por favor, vea la notificación del Registro Federal de noviembre de 2022 y la página web de Actualización sobre Ramos v. Nielsen y la sección a continuación del Documento de Autorización de Empleo Automática.

TPS continuará hasta: Mientras la orden judicial preliminar emitida por el tribunal de distrito en Ramos, et al v. Nielsen, et al., 336 F.Supp.3d 1075 (N.D. Cal. 3 de octubre de 2018) permanezca vigente.
Período de Reinscripción para Personas que ya Tienen TPS:

Los beneficiarios actuales bajo la designación de TPS de El Salvador no tienen que reinscribirse para retener el TPS, siempre y cuando se hayan reinscrito durante uno de los siguientes periodos de reinscripción:

  • 18 de junio al 19 de marzo de 2018
  • 8 de julio al 6 de septiembre de 2016
Documento de Autorización de Empleo extendido Automáticamente hasta: 30 de junio de 2024
Residencia Continua en EE.UU. desde: 13 de febrero de 2001
Presencia Física Continua en EE.UU. desde: 9 de marzo de 2001
Fecha de Designación de TPS: 9 de marzo de 2001
Notificación en el Registro Federal:
  • 83 FR 2654
  • 83 FR 54764
  • 84 FR 7103
  • 84 FRN 59403
  • 85 FR 79208
  • 86 FRN 50725
  • Nov. 2022 Notificación del Registro Federal
Cuándo Solicitar el TPS

Para mantener su TPS, usted debe haber solicitado una reinscripción durante por lo menos uno de los periodos de reinscripción de 60 días que transcurrieron entre el 18 de enero de 2018 y el 19 de marzo de 2018, o del 8 de julio de 2016 al 6 de septiembre de 2016, y haber recibido la aprobación, o tener una solicitud que aún esté en trámite. Si usted no se reinscribió durante alguno de estos periodos, puede presentar una solicitud de reinscripción tardía, con una carta que explique las razones de la demora. Determinaremos si las razones son “causa justa” para haber presentado su solicitud tardíamente, según requerido por las leyes de TPS.

Dónde Presentar su Solicitud

Si solicita el Estatus de Protección Temporal (TPS) bajo la designación de El Salvador, puede presentar el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal, en línea. Al presentar una solicitud de TPS inicial o reinscribirse al TPS, también puede solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) cuando envíe un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo completado, en línea, junto con su Formulario I-821.

Presente en Línea

Si va a si va a presentar una solicitud impresa para un EAD de reemplazo, envíe su paquete de TPS a la dirección correspondiente en la siguiente tabla:

Si usted: Envíe su solicitud a:

Es beneficiario bajo la designación de El Salvador a TPS y vive en los siguientes estados/territorios:

  • Carolina del Norte
  • Carolina del Sur
  • Connecticut
  • Delaware
  • Florida
  • Georgia
  • Illinois
  • Indiana
  • Kentucky
  • Maine
  • Maryland
  • Massachusetts
  • Michigan
  • Nueva Hampshire
  • Nueva Jersey
  • Ohio
  • Pensilvania
  • Rhode Island
  • Vermont
  • Virginia
  • Virginia Occidental
  • Washington D.C.

Servicio Postal de EE.UU. (USPS):

USCIS
Attn: TPS El Salvador
P.O. Box 660864
Dallas, TX 75266-0864

Entregas de FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Attn: TPS El Salvador (Box 660864)
2501 S. State Highway, 121 Business
Suite 400
Lewisville, TX 75067-8003

Es un beneficiario bajo la designación de El Salvador a TPS y vive en los siguientes estados/territorios:

  • Alabama
  • Alaska
  • Arizona
  • Arkansas
  • California
  • Colorado
  • Dakota del Norte
  • Dakota del Sur
  • Guam
  • Hawái
  • Idaho
  • Iowa
  • Islas Marianas del Norte
  • Kansas
  • Luisiana,
  • Minnesota
  • Misisipi
  • Misuri
  • Montana
  • Nebraska
  • Nuevo México
  • Nueva York
  • Oklahoma
  • Oregón
  • Puerto Rico
  • Samoa Estadounidense
  • Tennessee
  • Texas
  • Utah
  • Islas Vírgenes
  • Washington
  • Wisconsin
  • Wyoming

Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):

USCIS
Attn: TPS El Salvador
P.O. Box 8635
Chicago, IL 60680-8635

Entregas de FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Attn: TPS El Salvador (Box 8635)
131 S. Dearborn – 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517

Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo (EAD)

Extendimos automáticamente la validez de los EAD que tienen códigos de categorías “A-12” o “C-19” y una de las fechas de vencimiento mencionados a continuación de los EAD otorgados a los beneficiarios bajo la designación a TPS de El Salvador, si los beneficiarios aún mantienen su elegibilidad a TPS:

Fecha de Vencimiento de EAD Nueva Fecha de Validez
9 de marzo de 2018 30 de junio de 2024
9 de septiembre de 2019 30 de junio de 2024
2 de enero de 2020 30 de junio de 2024
4 de enero de 2021 30 de junio de 2024
4 de octubre de 2021 30 de junio de 2024
31 de diciembre de 2022 30 de junio de 2024

Si usted es beneficiario de TPS de El Salvador que solicitó un nuevo EAD, pero aún no lo ha recibido, también está protegido por esta extensión automática, siempre que el EAD que usted posee tenga una de las fechas de vencimiento indicadas en la tabla anterior. Cuando usted le presente su EAD que ha sido extendido automáticamente a su empleador, refiéralo a esta notificación del Registro Federal que demuestra que hemos extendido su EAD y la autorización de empleo hasta el 30 de junio de 2024.

Extensiones de Otros Documentos de DHS

Además, extendimos automáticamente los periodos de validez del Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, y el Formulario I-797, Notificación de Acción (Notificación de Aprobación) bajo la designación TPS de El Salvador hasta el 4 de octubre de 2021:

Inicio del Periodo de Validez¹ Final del Periodo de Validez Nueva Fecha de Validez
10 de septiembre de 2016 9 de marzo de 2018 30 de junio de 2024
10 de marzo de 2018 9 de septiembre de 2019 30 de junio de 2024
10 de septiembre de 2021 4 de octubre de 2021 30 de junio de 2024
5 de octubre de 2021 31 de diciembre de 2022 30 de junio de 2024

¹ Sus Formularios I-94 e I-797 podrían mostrar una fecha de comienzo de validez distinta a las indicadas aquí si usted presentó tardíamente su solicitud inicial (LIF) en ese momento debido a que los formularios podrían tener la fecha de aprobación de su solicitud LIF a TPS. Siempre y cuando estos formularios tengan una fecha de validez indicada en esta tabla habrán sido extendidos automáticamente por esta notificación.

Sin embargo, la extensión de los periodos de validez indicados arriba solo aplica si usted presentó apropiadamente su solicitud de reinscripción a TPS ya sea durante los periodos de inscripción más recientes anunciados por DHS para el TPS de El Salvador ocurridos del 18 de enero de 2018 hasta el 19 de marzo de 2018, o el periodo anterior de reinscripción del 8 de julio de 2016 al 6 de septiembre de 2016, o tiene una solicitud de reinscripción pendiente.

La extensión no aplica si el TPS de dicha persona ha sido retirado o denegado finalmente.

Información para Beneficiarios de TPS Acerca de la Reinscripción

Los beneficiarios actuales de TPS El Salvador no necesitan pagar una tarifa de presentación ni presentar una solicitud, incluido el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para mantener sus beneficios de TPS hasta el 30 de junio de 2024 si se reinscribieron a TPS de manera adecuada durante el periodo de inscripción anunciado más reciente o en los periodos de reinscripción anterior indicados arriba.

Si usted no se reinscribió apropiadamente en TPS, debe presentar el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal, y demostrar “causa justa” para no haberse reinscrito a tiempo, según lo requiere la ley. Para más información, vea:

  • INA, sección 244(c)(3)(C) (Beneficiarios de TPS que no se reinscriben con justa causa de la manera especificada por DHS es causa para el retiro del TPS);
  • 8 CFR 844.17(b); y
  • Las instrucciones del Formulario I-821 (PDF, 324.64 KB).

Si usted va a presentar una solicitud de reinscripción tardía, por favor, proporcione una carta que explique todos los motivos por los que presentó su solicitud fuera del periodo de reinscripción. Si presentó su solicitud después del periodo de reinscripción debido al anuncio de DHS sobre la cancelación de TPS para su país, por favor, explique cómo le afectó ese anuncio, incluida la forma en que las decisiones de cancelación afectaron su falta de inscripción. Sin embargo, si el anuncio de la cancelación del TPS no provocó que usted presentara su solicitud tardíamente, no debe incluirlo como motivo. Por favor, sea sincero al explicar sus motivos.

Si usted es beneficiario elegible bajo la designación de TPS de El Salvador y no se le extendió automáticamente su EAD, o desea solicitar un nuevo EAD, puede presentar el Formulario I-765 con la tarifa de presentación correspondiente o una solicitud de exención de tarifas. Si se le aprueba, emitiremos un EAD con fecha de vencimiento de 30 de junio de 2024. De igual manera, emitiremos un EAD con fecha de vencimiento de 30 de junio de 2024 para aquellas solicitudes de EAD que están en trámite y finalmente son aprobadas.

Otras Opciones de Inmigración

Usted puede ser elegible para otras opciones de inmigración indicadas en la página “Explorar mis Opciones”.

Para solicitar el estatus de residente permanente legal (Tarjeta Verde o Green Card), usted debe ser elegible bajo una de las categorías indicadas en la página “Categorías de Elegibilidad para la Tarjeta Verde”. En cuanto encuentre la categoría que corresponda a su situación, haga ‘clic’ en el enlace proporcionado para obtener información acerca de los requisitos de elegibilidad, cómo solicitar, y si su familiar también puede solicitar junto con usted.

Nota para los que solicitan asilo: Recibir y mantener el estatus de TPS por un periodo razonable antes de presentar una solicitud de asilo se considera una circunstancia extraordinaria para propósitos de la fecha límite de un año para solicitar. En otras palabras, tener el estatus de TPS “detiene el conteo” del requisito de solicitar asilo dentro de un año de haber llegado a Estados Unidos, si el período de un año no ha expirado ya. Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).  Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).

Evite las Estafas de Inmigración

Por favor tenga en cuenta que algunas personas no autorizadas podrían tratar de aprovecharse de usted diciéndole que pueden presentar formularios de TPS. Estas mismas personas podrían pedirle que les pague por presentar esos formularios.  Queremos asegurar que todos los solicitantes potenciales de TPS sepan cómo obtener ayuda legal y asistencia certera y legítima. Puede encontrar una lista de proveedores acreditados y asistencia legal gratuita o de bajo costo en nuestra página Encuentre Servicios Legales de nuestro sitio web.

No queremos que usted se convierta en víctima de una estafa de inmigración. Si necesita ayuda legal sobre asuntos de inmigración, asegúrese de que la persona que le ayuda está autorizada para hacerlo. Solamente un abogado o un representante autorizado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia pueden brindarle ayuda legal. Visite la página web “Evite las Estafas de Inmigración” para información y recursos.

Enlaces Relacionados

Formularios

  • Formulario I-821. Solicitud de Estatus de Protección Temporal
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
  • Formulario I-912, Petición de Exención de Tarifas
  • Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje
  • Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad

Otros Enlaces de USCIS

  • Trabajar en EE.UU.

Enlaces Fuera de USCIS

  • Sección de Derechos de los Inmigrantes y Empleados del Departamento de Justicia
Última Revisión/Actualización:
11/14/2022
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