Preguntas Frecuentes sobre el Proceso de Renovación del Permiso de Permanencia Temporal para Ciertos Ucranianos y sus Familiares Inmediatos
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No. Sólo ciertos nacionales ucranianos y sus familiares directos que ya se encuentran en Estados Unidos pueden solicitar la renovación del permiso de permanencia temporal bajo este proceso de solicitud. Cualquier período previo de permiso de permanencia temporal terminará automáticamente cuando un no ciudadano abandone Estados Unidos. Los nacionales ucranianos y sus familiares directos fuera de Estados Unidos pueden solicitar un permiso de permanencia temporal bajo U4U. Los beneficiarios son elegibles para este proceso si:
- Residieron en Ucrania inmediatamente antes de la invasión rusa (hasta el 11 de febrero de 2022) y fueron desplazados por la invasión;
- Es nacional ucraniano y posee un pasaporte ucraniano válido (o es un menor incluido en el pasaporte de uno de los padres) o, si no es ciudadano ucraniano familiar directo de un nacional ucraniano beneficiario de U4U que tiene un pasaporte válido y está viajando con el nacional ucraniano beneficiario;
- Tiene un patrocinador que presentó un Formulario I-134A en su nombre que USCIS haya examinado y confirmado como suficiente; y
- Tiene verificaciones de seguridad biográficos y biométricos claras.
Nota: Para ser elegible a este proceso, los menores de 18 años deben viajar a un puerto de entrada de EE. UU. bajo el cuidado y custodia de sus padres o tutores legales. Los padres y los menores que no residen en el mismo país antes de viajar aún pueden utilizar este proceso.
El patrocinador debe completar y presentar el Formulario I-134A ante USCIS y ser examinado por el gobierno de EE. UU. para protegerlo contra posible explotación y abuso y para garantizar que pueda sostener financieramente a los ucranianos que acepta patrocinar.
Sí. Ya sea que usted solicite la renovación del permiso de permanencia temporal en línea o en formato impreso, el proceso de solicitud es el mismo. Sin embargo, al solicitar la renovación del permiso de permanencia temporal a través de una cuenta de USCIS en línea, puede evitar errores como falta de firma, páginas faltantes o una solicitud incompleta. Estas son razones comunes por las que rechazamos algunos formularios presentados en formato impreso.
También puede acceder a su cuenta de USCIS en línea desde su dispositivo electrónico y enviar un formulario, cargar la evidencia requerida y actualizar su dirección en su cuenta. Si no completa su formulario inmediatamente, se guardará como borrador durante 30 días. Puede ver el estatus del caso, el historial del caso y los documentos cargados para respaldar su caso, así como las notificaciones que publicamos en su cuenta, como programación de datos biométricos, notificaciones de recibo y solicitudes de evidencia. Tenemos recursos en ucraniano y en ruso para guiarlo a través de los pasos para configurar su cuenta gratuita de USCIS en línea.
Sin embargo, tenga en cuenta que si presenta el Formulario I-912 para solicitar una exención de la tarifa de presentación del Formulario I-131, no puede presentar la solicitud en línea. Sólo puede solicitar una exención de tarifas si la presenta en formato impreso.
Sí. Si su permiso de permanencia temporal no ha sido cancelado y no ha cambiado o ajustado su estatus migratorio, debe solicitar la renovación de dicho permiso antes de que expire su período de permiso de permanencia temporal inicial. Exhortamos a los ciudadanos ucranianos elegibles y a sus familiares inmediatos a presentarnos sus solicitudes de renovación del permiso de permanencia temporal no más temprano de 180 días (6 meses) antes de la fecha de expiración de su actual permiso de permanencia temporal. Puede encontrar la fecha de expiración de su permiso en el Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, que le emitió la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza cuando se le otorgó el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos.
Presentar su solicitud durante este plazo reduce el riesgo de que su actual periodo de permiso de permanencia temporal y autorización de empleo expiren antes de que usted reciba una decisión sobre su solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal. Si usted presenta una solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal más de 180 días antes de que caduque su actual periodo de permiso, podríamos rechazar o denegar su solicitud de renovación de permiso de permanencia temporal sin reembolsarle las tarifas de presentación. Por favor, tenga en cuenta que presentar su solicitud más de 180 días antes de que su actual permiso expire no resultará en una decisión más rápida.
Si el período de su permiso expira, ya no se encuentra en un período de estadía autorizada a menos que se le haya otorgado un estatus migratorio como asilo, estatus de residente permanente legal o Estatus de Protección Temporal (TPS), o se encuentre de otro modo en un período de estadía autorizada, como tener una solicitud de asilo pendiente. Si su período de permiso de permanencia temporal expira, es posible usted que ya no esté autorizado a trabajar a menos que se le haya otorgado un estatus migratorio que le permita trabajar, o que cualifique para una autorización de empleo basada en otra categoría de inmigración.
Nuestro objetivo es adjudicar rápidamente todas las solicitudes de renovación del permiso de permanencia temporal del Formulario I-131 presentadas por nacionales ucranianos elegibles y sus familiares directos. Los solicitantes elegibles deben solicitar la renovación del permiso de permanencia temporal lo antes posible, porque demoras inesperadas pueden afectar la adjudicación oportuna de su solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal. Los errores tipográficos, una solicitud incompleta o la falta de la documentación requerida pueden demorar el procesamiento de las solicitudes de renovación del permiso de permanencia temporal. Exhortamos a las personas con permiso de permanencia temporal elegibles a solicitar una renovación del permiso de permanencia temporal por medio de la cuenta de USCIS en línea para reducir la incidencia de errores que podrían demorar el procesamiento.
Sí. Si elige presentar la solicitud con la ayuda de un abogado o representante acreditado, el representante legal o representante acreditado que lo ayude debe presentar un Formulario G-28 para usted y cada miembro de su familia que representan. Posteriormente, si desea que un abogado o representante acreditado diferente reciba notificaciones o se comunique sobre su caso con USCIS, deberá presentar un Formulario G-28 por separado. Si elige solicitar otro beneficio de inmigración con la ayuda de un abogado o representante acreditado, ese abogado también debe presentar un Formulario G-28 para esas solicitudes de inmigración. Tener varios Formularios G-28 no afectará las diferentes solicitudes.
Actualmente, el Formulario I-131 solo permite que las personas indiquen una dirección. Para garantizar la entrega adecuada de notificaciones y otros documentos, indique su dirección postal en los campos de dirección física.
Como recordatorio, si se muda, debe actualizar su dirección con USCIS a través de su cuenta de USCIS en línea o presentando el Formulario AR-11, Tarjeta de Cambio de Dirección de Extranjero. Tenemos videos tutoriales que le muestran cómo actualizar su dirección a través de su cuenta y cómo enviar el Formulario AR-11 en línea. Informe su nueva dirección a USCIS dentro de los 10 días cada vez que se mude, incluso si se muda a una ubicación temporal.
Si no ha informado su cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a su mudanza, también debe actualizar su dirección ante USCIS lo antes posible. Recuerde que cambiar su dirección con el Servicio Postal de Estados Unidos (USPS) u otra agencia gubernamental de Estados Unidos no cambiará su dirección con USCIS. Actualice su información tanto con USCIS como con USPS si se muda.
Si se le ha otorgado el Estatus de Protección Temporal (TPS), pero no ha obtenido ningún otro estatus y sigue siendo un “solicitante de admisión”, puede solicitar la renovación del permiso de permanencia temporal, pero no está obligado a solicitarla. Es posible que desee consultar con un abogado de inmigración o un representante legal acreditado para determinar qué es lo mejor para su situación particular.
No. También existe una opción de presentación en formato impreso para solicitar la renovación del permiso. Para obtener más información sobre cómo presentar una solicitud en formato impreso, visite nuestra página Proceso de Renovación del Permiso de Permanencia Temporal para ciertos Ucranianos y sus Familiares Inmediatos. Sin embargo, le recomendamos que presente la solicitud a través de su cuenta de USCIS en línea. Presentar la solicitud en línea le ayudará a evitar errores comunes, como falta de firma, páginas faltantes o una solicitud incompleta. Rechazamos algunos formularios presentados en formato impreso debido a estos problemas. También puede obtener actualizaciones del estatus del caso y el historial del caso y acceder a las notificaciones que publicamos en su cuenta. También tendrá acceso a los documentos que cargue para respaldar su caso, entre otros beneficios.
Si un representante legal se ha conectado a la cuenta de USCIS en línea de su cliente, podrá acceder a todos las notificaciones que enviamos a la cuenta del cliente. Visite nuestra página web Presentación de Solicitudes En Línea para Abogados y Representantes Acreditados para guiarlo.
No. La cuenta de USCIS en línea solo está disponible en inglés. Todos los formularios de USCIS solo están disponibles en inglés, ya sea en línea o en formato impreso.
No. Según este proceso, cada miembro de la familia, incluidos los niños menores de 18 años, debe tener su propia cuenta de USCIS en línea y presentar su solicitud como autopeticionario.
Sí. Cada persona debe presentar su propia solicitud de renovación según el proceso para ciertos ucranianos y sus familiares inmediatos, independientemente de su edad. Para presentar la solicitud en línea como autopeticionario, cada solicitante debe tener su propia dirección de correo electrónico única y una cuenta de USCIS en línea. Un padre o tutor legal puede crear una cuenta para su hijo menor si el propósito es enviar un formulario en nombre del menor. Si un padre o tutor legal no está disponible, un cuidador principal o proveedor de asistencia legal también puede ayudar a un niño con una solicitud del Formulario I-131 para solicitar la renovación. Si un padre, tutor legal u otro proveedor está preparando el Formulario I-131 en nombre de un menor, el menor debe figurar como autopeticionario y la persona que completa el formulario debe completar su información en la sección “preparador”.
Al solicitar la renovación del permiso de permanencia temporal, los padres o tutores legales pueden firmar en nombre de un menor de 14 años, aunque un menor de 14 años también puede firmar por sí mismo. Por lo general, los niños mayores de 14 años deben firmar por sí mismos, si pueden hacerlo. Si un padre o tutor legal está completando la información de su hijo, el padre o tutor legal debe completar su información en la sección “preparador”.
Si usted firma en nombre de un niño como padre o tutor legal, debe firmar con su propio nombre, con una anotación de que está firmando “para” o “en nombre de” el niño. También debe incluir el nombre del niño. Los menores pueden firmar una solicitud por sí mismos, si pueden hacerlo. Si un padre firma por un hijo menor, el padre debe presentar un certificado de nacimiento o un decreto de adopción para establecer la relación entre padre e hijo. Un tutor legal también puede firmar por un niño menor de 14 años, así como por una persona mentalmente incapacitada de cualquier edad. Requerimos documentación para demostrar la autoridad de un tutor legal para firmar una solicitud de beneficios para un niño o un solicitante mentalmente incapacitado. La documentación aceptable incluye, entre otras, cartas oficiales de custodia u otras órdenes emitidas por un tribunal o agencia gubernamental legalmente autorizada para realizar dicho nombramiento según la ley que rige el lugar donde reside el niño o el solicitante incapacitado. Consulte el Volumen 1, Parte B, Capítulo 2 del Manual de Políticas para obtener información adicional.
Cada persona debe presentar su propia solicitud de renovación de permiso de permanencia temporal bajo este proceso, independientemente de su edad. Un padre o tutor legal puede completar la solicitud para un menor de 14 años que solicita la renovación del permiso de permanencia temporal, firmando en nombre del menor y proporcionando evidencia de la relación legal, como un certificado de nacimiento. Un tutor legal también puede firmar en nombre de una persona mentalmente incapacitada de cualquier edad. Requerimos documentación para establecer la autoridad de un tutor legal para firmar una solicitud de beneficios en nombre de un niño o de un solicitante mentalmente incapacitado. La documentación aceptable incluye, entre otras, cartas oficiales de tutela u otras órdenes emitidas por un tribunal o agencia gubernamental legalmente autorizada para realizar dicho nombramiento según la ley que rige el lugar donde reside el niño o el solicitante incapacitado. Consulte Volumen 1, Parte B, Capítulo 2 del Manual de Políticas para obtener información adicional.
Los menores de edad también pueden completar la solicitud por sí mismos, sin que un padre o tutor legal firme por ellos.
Sí. Si aprobamos su solicitud de renovación de permiso de permanencia temporal, puede presentar el Formulario I-765 a través de su cuenta de USCIS en línea. No presente su Formulario I-765 antes de que aprobemos su solicitud de renovación. Las personas con permiso de permanencia temporal elegibles recibirán un EAD que podrán presentar a sus empleadores para el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo.
Si usted recibe una notificación de aprobación del Formulario I-131 que muestra un nuevo período de permiso de permanencia temporal, visite el sitio web del Formulario I-94 de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos para ver e imprimir una copia de su nuevo Formulario I-94, que debe reflejar una “clase de admisión” actualizada de “UHP”.
Si a usted se le concedió la renovación del permiso de permanencia temporal, su Formulario I-94 válido, que incluye una clase de admisión UHB y una “fecha de entrada más reciente” en o antes del 30 de septiembre de 2024, le autoriza a trabajar durante 90 días sin una autorización aprobada del Formulario I-765. El I-94 actualizado sirve como un recibo aceptable de la Lista A que muestra su identidad y autorización de empleo para el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo. El recibo satisface el requisito del Formulario I-9 durante 90 días a partir de la fecha de contratación (o en el caso de una nueva verificación, la fecha de vencimiento de la autorización de empleo).
Después del período de 90 días, las personas con permiso de permanencia temporal deben presentar a su empleador un EAD vigente o una tarjeta de Seguro Social sin restricciones y un documento de identidad aceptable de la Lista B de las Listas de documentos aceptables del Formulario I-9 (como una licencia de conducir emitida por el estado o una tarjeta de identificación). USCIS brindará guías adicionales a los empleadores sobre cómo completar el Formulario I-9.
Espere hasta después de que aprobemos su solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal para presentar un Formulario I-765 en la categoría (c)(11) para solicitar un nuevo EAD como evidencia de autorización de empleo por un período consistente con su período de renovación del permiso. No presente el Formulario I-765 antes de recibir una notificación de aprobación de renovación del permiso de permanencia temporal. Si presenta el Formulario I-765 antes de que aprobemos su solicitud de renovación de permiso de permanencia temporal, podemos rechazar su Formulario I-765 y no le reembolsaremos la tarifa.
Puede presentar el Formulario I-765 en línea o por correo en formato impreso. Puede utilizar su cuenta de USCIS en línea para presentar el Formulario I-765. Si solicita una solicitud de exención de tarifas para el Formulario I-765, debe presentar el Formulario I-765 en formato impreso. No puede solicitar un EAD en línea si solicita una exención de tarifas.
No. USCIS no cobró ninguna tarifa por los EAD iniciales para la mayoría de los ucranianos con permiso de permanencia temporal y sus familiares inmediatos elegibles que ahora son elegibles para solicitar una renovación del permiso a través de este proceso. Cuando presente el Formulario I-765, para solicitar un nuevo EAD, debe incluir:
La tarifa de presentación; o
Un Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas, completo y firmado.
Si presenta una solicitud de exención de tarifas, debe presentar el Formulario I-765 en formato impreso. No puede solicitar un EAD en línea si solicita una exención de tarifas.
Como recordatorio, si se muda, debe actualizar su dirección con USCIS a través de su cuenta de USCIS en línea o presentando el Formulario AR-11, Tarjeta de Cambio de Dirección de Extranjero. Tenemos videos tutoriales que le muestran cómo actualizar su dirección a través de su cuenta y cómo enviar el Formulario AR-11 en línea. Informe su nueva dirección a USCIS dentro de los 10 días cada vez que se mude, incluso si se muda a un lugar temporal.
Si no ha informado su cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a su mudanza, también debe actualizar su dirección ante USCIS lo antes posible. Recuerde que cambiar su dirección con el Servicio Postal de Estados Unidos (USPS) u otra agencia gubernamental de EE. UU. no cambiará su dirección con el USCIS. Actualice su información tanto con USCIS como con USPS.
Sí, pero como parte de la solicitud de renovación, debe presentar el Formulario I-131 con la ortografía correcta de su nombre. Además, deberá presentar pruebas emitidas por el gobierno, como un pasaporte, que muestren la ortografía correcta de su nombre. También debe incluir una traducción al inglés de la evidencia emitida por el gobierno si es un documento en un idioma que no sea inglés.
Después de que recibamos y aceptemos su Formulario I-131 para la renovación del permiso de permanencia temporal bajo este proceso, le informaremos por escrito si necesita asistir a una cita de servicios biométricos. Si lo hace, le proporcionaremos la ubicación de su Centro de Asistencia en Solicitudes de USCIS designado y la fecha y hora de su cita. Si no asiste a su cita de servicios biométricos, podemos rechazar su solicitud. Es posible que podamos reutilizar datos biométricos enviados previamente. En esos casos, no recibirá una notificación de cita de servicios biométricos.
Si solicitó la renovación del permiso de permanencia temporal mediante la presentación de su Formulario I-131 a través de su cuenta de USCIS en línea, puede verificar el estatus de su caso en su cuenta. Tenemos un video breve sobre cómo verificar el estatus de su caso en su cuenta. También puede verificar el estatus de su caso usando Estatus del Caso en línea e ingresando su número de recibo.
En este momento, no podemos predecir cuáles serán los tiempos de procesamiento para las solicitudes de renovación del permiso de permanencia temporal presentadas por ciertos nacionales ucranianos y sus familiares directos. Sin embargo, tenga en cuenta que nuestro objetivo es adjudicar rápidamente todas las solicitudes de renovación del permiso de permanencia temporal del Formulario I-131 presentadas por nacionales ucranianos elegibles y sus familiares directos. También consideramos muchos factores cuando damos prioridad a la adjudicación de solicitudes de renovación del permiso de permanencia temporal, incluida la urgencia de la solicitud y la fecha de vencimiento del período inicial del permiso de permanencia temporal.
La presentación en línea utilizando la cuenta de USCIS en línea puede ayudar a reducir el tiempo de procesamiento en general porque no tendrá que enviar un formulario por correo a USCIS y podrá acceder a notificaciones y cargar la información requerida más rápidamente. La presentación en línea también puede evitar errores comunes que vemos con las presentaciones en formato impreso, lo que causa demoras innecesarias.
Emitimos adjudicaciones de renovación del permiso de permanencia temporal a medida que las recibimos, pero consideramos las circunstancias generales, incluido cuándo puede expirar el permiso de permanencia temporal inicial de una persona. Recuerde que cualquier error en la presentación de formularios (como falta de firma o páginas faltantes, que vemos más comúnmente en las presentaciones en formato impreso) puede retrasar el procesamiento de las solicitudes de renovación.
Si su período del permiso de permanencia temporal expira, ya no se encuentra en un período de estadía autorizada, a menos que se le haya otorgado un estatus migratorio como asilo, estatus de residente permanente legal o TPS, o se considere de otro modo que se encuentra en un período de estadía autorizado, como tener un asilo pendiente, ajuste de estatus o solicitud de TPS. Si su período del permiso de permanencia temporal expira, es posible que ya no esté autorizado a trabajar a menos que se le haya otorgado un estatus migratorio que le permita trabajar, o que cualifique para una autorización de empleo basada en otra categoría de inmigración. Además, es posible que ya no sea elegible para los beneficios similares a los de los refugiados incluidos en la Ley de Asignaciones Suplementarias de Ucrania.
Si denegamos su solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal y usted no tiene otro estatus migratorio o solicitud pendiente de un beneficio de inmigración con USCIS, es posible que se le emita una notificación para comparecer ante un juez de inmigración y se le coloque en un proceso de remoción.
Nota: CBP y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. son responsables de remover a los no ciudadanos que están sujetos a una orden final de expulsión de Estados Unidos.
Si aprobamos su solicitud de renovación después de que usted presente el Formulario I-131 a través de este proceso, su Formulario I-94 se actualizará y se adjuntará a su notificación de aprobación emitida por USCIS. También puede ver e imprimir una copia de su Formulario I-94 actualizado en el sitio web del Formulario I-94 de CBP poco después de que aprobemos su solicitud de renovación.
La clase de admisión se indica en su Formulario I-94. Si no recibió un Formulario I-94 en formato impreso cuando obtuvo su permiso para ingresar a Estados Unidos, visite el sitio web del Formulario I-94 de CBP para ver e imprimir una copia de su Formulario I-94 electrónico. Para acceder a su Formulario I-94, deberá ingresar su nombre y apellido, fecha de nacimiento, número de documento o número A (incluida la letra A) y su país de ciudadanía. CBP tiene instrucciones sobre cómo buscar su Formulario I-94 actual en inglés (PDF).
No. Cuando solicita la renovación del permiso de permanencia temporal, está solicitando un nuevo período de permiso, no una extensión del permiso de permanencia temporal inicial. Si aprobamos su solicitud de renovación de permiso de permanencia temporal, debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para solicitar un nuevo EAD basado en el nuevo período de permiso de permanencia temporal.
Ciertos ciudadanos ucranianos y sus familiares inmediatos obtuvieron el permiso de permanencia temporal para ingresar a Estados Unidos durante un período aproximado de ocho semanas después de la invasión rusa a Ucrania y antes de que el proceso Unión por Ucrania estuviera disponible. Estas personas generalmente obtuvieron un permiso de permanencia temporal por un período de un año, mientras que los participantes en Unión por Ucrania recibieron un período de permiso de permanencia temporal de dos años. Como cuestión de discreción, DHS extendió los períodos iniciales de permiso para el antiguo grupo de personas con permiso de permanencia temporal, caso por caso, para igualar el período de dos años de permiso otorgado a las personas con permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania. DHS no concedió automáticamente la renovación del permiso, que es un nuevo período del permiso de permanencia temporal, a ninguna de estas poblaciones.
Sí, si usted es ucraniano o familiar inmediato de un ucraniano elegible, inicialmente obtuvo el permiso de permanencia temporal con una clase de admisión DT a partir del 11 de febrero de 2022 y es elegible según este proceso, puede solicitar la renovación. Si aprobamos su solicitud de renovación, puede solicitar un nuevo EAD basado en su nuevo período de permiso de permanencia temporal.
Sí, ciertos ciudadanos y nacionales ucranianos y sus familiares elegibles que residieron habitualmente por última vez en Ucrania son elegibles para los beneficios y servicios de refugiados de la ORR si obtuvieron permiso para ingresar a Estados Unidos desde el 24 de febrero de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2024. Las personas ucranianas con permiso de permanencia temporal que no llegaron durante este período no son necesariamente elegibles para los beneficios y servicios de refugiados de la ORR, incluso si obtuvieron el permiso de permanencia temporal bajo el programa Unión por Ucrania. Los siguientes familiares de personas ucranianas con permiso de permanencia temporal elegibles para la ORR son elegibles para recibir los beneficios y servicios para refugiados de la ORR, incluso si obtuvieron el permiso para ingresar a Estados Unidos después del 30 de septiembre de 2024:
- Cónyuges o hijos de personas ucranianas con permiso de permanencia temporal elegibles para la ORR que ingresaron a Estados Unidos con permiso desde el 24 de febrero de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2024. Los cónyuges y los hijos se definen en la sección 101(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (8 USC § 1101(b)).
- Padres, tutores legales o cuidadores principales de un niño no acompañado de Ucrania elegible para la ORR que ingresó a Estados Unidos con permiso de permanencia temporal desde el 24 de febrero de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2024. Un niño no acompañado se define dentro de 6 U.S.C. Artículo 279(g)(2).
Los ciudadanos ucranianos y sus familiares inmediatos que cumplan con estos requisitos seguirán teniendo derecho a recibir beneficios si no se ha cancelado su permiso de permanencia temporal. Los ucranianos que tienen otro estatus o categoría migratoria elegible para la ORR, como refugiado o asilado, son elegibles para recibir los beneficios y servicios de refugiados de la ORR de la manera estándar. No necesitan ingresar dentro de un período de tiempo particular y su estatus o categoría migratoria no afecta la duración de su elegibilidad.
No. No otorgamos extensiones automáticas de los períodos iniciales del permiso de permanencia temporal a los nacionales ucranianos y sus familiares directos que obtuvieron permiso condicional para ingresar a Estados Unidos a partir del 11 de febrero de 2022. Sin embargo, puede solicitar una renovación del período del permiso de permanencia temporal, también conocido como renovación del permiso de permanencia temporal, bajo este proceso. Tenga en cuenta que si solicita el Estatus de Protección Temporal (TPS) y se le concede el TPS, o consideramos que es elegible para el TPS después de una revisión inicial de su solicitud de TPS, será elegible para un Documento de Autorización de Empleo (EAD) basado en el TPS. En agosto de 2023, el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas, extendió la designación de TPS para Ucrania por 18 meses desde el 20 de octubre de 2023 hasta el 19 de abril de 2025. Los solicitantes elegibles bajo esta designación han estado físicamente presentes en Estados Unidos desde el 20 de octubre de 2023. El período de inscripción está abierto hasta el 19 de abril de 2025. Para obtener más información, visite la página web de TPS para Ucrania.
Además, si tiene una solicitud de asilo o ajuste de estatus pendiente y su período inicial del permiso de permanencia temporal está por vencer, puede solicitar la renovación del permiso de permanencia temporal presentando un Formulario I-131, ya sea en línea o en formato impreso por correo.
Sí. USCIS adjudicará su solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal pendiente incluso después de que expire su período del permiso de permanencia temporal inicial.
No. Los patrocinadores que aceptaron proporcionar apoyo financiero a los beneficiarios de U4U no necesitan presentar el Formulario I-134A para que un solicitante sea considerado para una renovación del permiso de permanencia temporal bajo este proceso.
Algunas personas en el permiso de permanencia temporal se consideran autorizadas al empleo como consecuencia de su permiso de permanencia temporal. Esto significa que después de que se les conceda la renovación del permiso de permanencia temporal, no necesitan esperar a que llegue un EAD por correo para continuar trabajando legalmente en Estados Unidos. Solo pueden continuar trabajando sin la renovación del EAD por hasta 90 días a partir de la fecha de contratación (o en el caso de una nueva verificación, la fecha en que vence la autorización de empleo). Esto se aplica a los no ciudadanos que obtuvieron el permiso de permanencia temporal para ingresar a Estados Unidos el 30 de septiembre de 2024 o antes y que tienen una clase de admisión "UHP" en su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida.
Si usted es una de estas personas con permiso de permanencia temporal, después de que le concedamos la renovación del permiso de permanencia temporal puede descargar e imprimir un Formulario I-94 actualizado del sitio web I-94 de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP), que mostrará tanto la “Fecha más reciente de Entrada” y clase de admisión. Si el Formulario I-94 muestra que la “Fecha de entrada más reciente” es el 30 de septiembre de 2024 o antes y la clase de admisión es “UHP”, puede usar el Formulario I-94 vigente como recibo aceptable de la Lista A que muestre su identidad y autorización de empleo por hasta 90 días para fines de Verificación de Elegibilidad de Empleo del Formulario I-9.
Nota: Las personas con permiso de permanencia temporal deben proporcionar a sus empleadores el Formulario I-94 electrónico descargado e impreso disponible en el sitio web de CBP I-94 y no el Formulario I-94 desprendible que se encuentra en la notificación de aprobación de la renovación del permiso de permanencia temporal del Formulario I-131. La información en el Formulario I-94 desprendible no contiene la fecha de entrada más reciente.
Usted debe obtener un EAD porque dentro de 90 días, las personas con permiso de permanencia temporal deben presentar un EAD vigente o una tarjeta de Seguro Social sin restricciones y un documento de identidad aceptable de la Lista B de las Listas de documentos aceptables del Formulario I-9 (como una licencia de conducir emitida por el estado o una tarjeta de identificación) para continuar trabajando.
Los nacionales ucranianos y sus familiares directos con permiso de ingreso a Estados Unidos a quienes se les haya aprobado una renovación del permiso de permanencia temporal no son elegibles para una licencia de conducir o una tarjeta de identificación que cumpla con REAL ID porque el permiso de permanencia temporal no está incluido en la Ley REAL ID (PDF) como una categoría de no ciudadano autorizados a recibir una licencia o tarjeta de identificación que cumpla con REAL ID. Sin embargo, las personas con el permiso de permanencia temporal con otra categoría elegible cubierta por la Ley REAL ID, como una solicitud aprobada o pendiente de TPS o asilo, pueden potencialmente cualificar para una licencia de conducir o tarjeta de identificación que cumpla con REAL ID.
Nota: Muchas autoridades emisoras de licencias de conducir permiten que las personas con permiso de permanencia temporal soliciten una licencia de conducir o una tarjeta de identificación que sea válida, pero que puede no cumplir con REAL ID.
Para obtener más información, consulte las preguntas frecuentes de REAL ID y las guías del Departamento de Vehículos Motorizados de la jurisdicción donde vive.
La siguiente tabla explica cómo hacer consultas sobre su solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal si es un nacional ucraniano elegible o un familiar directo que ha solicitado una renovación del permiso de permanencia temporal. La siguiente información aplica a personas:
- Que no hayan recibido una notificación de aprobación del Formulario I-797 de parte de USCIS notificándoles sobre su renovación del período del permiso de permanencia temporal;
- Que tengan pendiente un Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, ante USCIS para solicitar la renovación del permiso de permanencia temporal; y
- Cuyo período inicial del permiso de permanencia temporal vencerá en los próximos 14 días calendario.
Si usted | Entonces |
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Presentó el Formulario I-131 a través de su cuenta de USCIS en línea | Puede enviarnos un mensaje seguro desde su cuenta de USCIS en línea para preguntar acerca de su solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal. A través de su cuenta, también podrá ver las notificaciones, responder solicitudes de evidencia y verificar el estatus de su caso. |
Presentó un formulario impreso ante USCIS, y su número de recibo empieza con IOE | Le enviamos por correo una notificación de aceptación de cuenta relacionada a la creación de una cuenta de USCIS en línea. La carta tiene un código de acceso en línea que es válido por 90 días para ayudarlo a crear una cuenta. Si su código de acceso en línea ha caducado, aún puede vincular su formulario presentado en formato impreso a su cuenta de USCIS en línea. Durante este proceso, el sistema le dará la opción de solicitar un nuevo código, que le enviaremos por correo a su dirección registrada. Crear una cuenta de USCIS en línea le permite recibir alertas automáticas de casos por correo electrónico o mensaje de texto, verificar el estatus del caso, ver los tiempos de procesamiento, cargar evidencia, actualizar su dirección y enviarnos mensajes seguros usando cualquier dispositivo, similar a si hubiera presentado su formulario a través de la cuenta de USCIS en línea. |
Aún no ha creado su cuenta de USCIS en línea | Puede llamar al Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283 (TTY 800-767-1833) de lunes a viernes, de 8 a. m. a 8 p. m. hora del este. Cuando llame al Centro de Contacto de USCIS, diga “Ukrainian Re-parole” para que lo redirijan al servicio de asistencia en vivo. Es posible que tenga que esperar para hablar con un representante por teléfono. El Centro de Contacto de USCIS no proporcionará intérpretes que hablen ucraniano o ruso cuando llame. Si un representante de USCIS no puede resolver su problema de inmediato, enviaremos su solicitud a un oficial de servicios de inmigración de USCIS. Le enviaremos un correo electrónico para confirmar su solicitud y darle un estimado de cuándo nos comunicaremos con usted. Tenga la siguiente información cuando llame al Centro de Contacto de USCIS:
El representante del Centro de Contacto de USCIS podría solicitar al padre que proporcione información biográfica o de otro tipo adicional para verificar su identidad. |
Es el padre de un menor de 18 años que tiene permiso de permanencia temporal | No divulgaremos información sobre una persona menor de 18 años con permiso de permanencia temporal a menos que el padre o tutor legal que llama al Centro de Contacto de USCIS aparezca en la solicitud o petición del menor, o en el sistema de registro de USCIS correspondiente. Antes de discutir el caso del menor, los representantes del Centro de Contacto de USCIS verificarán la relación de la persona que llama con el menor basándose en la información actual en nuestro sistema de registros. También le pediremos a los padres que verifiquen la identidad del menor por medio de:
El representante del Centro de Contacto de USCIS podría solicitar al padre que proporcione información biográfica o de otro tipo adicional para verificar sus identidades. |
Comuníquese con el Centro de Contacto de USCIS para realizar una solicitud de trámite acelerado. El número gratuito del Centro de Contacto de USCIS es 800-375-5283 (TTY 800-767-1833), y nuestro horario de atención es de lunes a viernes, de 8 a.m. a 8 p.m., hora del este.
Usted puede pedirle a USCIS que acelere la adjudicación de una solicitud (como una solicitud o petición) para un beneficio de inmigración.
USCIS:
- Considera todas las solicitudes de aceleración caso por caso;
- Puede requerir documentación adicional para respaldar una solicitud; y
- Tiene la entera discreción de decidir si acepta adjudicar la solicitud acelerada.