Unión por Ucrania
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El 21 de abril de 2022, Estados Unidos anunció un paso clave para cumplir con el compromiso del presidente Biden de dar la bienvenida a los ucranianos que huyen de la invasión rusa de Ucrania. Unión por Ucrania proporciona un camino para que los ciudadanos ucranianos y sus familiares inmediatos que están fuera de Estados Unidos vengan a Estados Unidos y permanezcan temporalmente por un periodo de permiso de permanencia temporal (“parole”) de dos años. Los ucranianos que participan en Unión por Ucrania deben tener un patrocinador en Estados Unidos que acepte proporcionarles apoyo financiero durante la duración de su estadía en Estados Unidos.
El primer paso del proceso Unión por Ucrania es que el patrocinador con sede en Estados Unidos presente un Formulario I-134A, Solicitud en Línea para Convertirse En Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, con USCIS. El gobierno de Estados Unidos investigará al patrocinador y se asegurará de que pueda apoyar financieramente a la persona a la que acepta patrocinar.
Para obtener más información acerca de Unión por Ucrania, vea la página web de DHS (en inglés).
Usamos los siguientes términos en Unión por Ucrania
Término | Definición |
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Patrocinador | Una persona que tiene un estatus legal en Estados Unidos o que ha recibido un permiso de permanencia temporal (“parolee”) o es beneficiaria de acción diferida o salida forzada diferida (DED) que ha pasado la investigación de seguridad y antecedentes y ha demostrado recursos financieros suficientes para recibir, mantener y apoyar a las personas a quienes se comprometen a apoyar durante la duración de su estadía en los Estados Unidos. Ejemplos de personas que cumplen con el requisito de apoyo incluyen:
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Beneficiarios | Los beneficiarios incluyen al ciudadano ucraniano (o sus familiares inmediatos no ucranianos) que está fuera de Estados Unidos y que desea ser considerado para obtener un permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania. Los familiares inmediatos en este proceso incluyen:
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Quién Puede ser Considerado para el Permiso de Permanencia Temporal bajo Unión por Ucrania
Para ser considerado para el permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania, el beneficiario debe tener un patrocinador que presente el Formulario I-134A en su nombre.
Los beneficiarios son elegibles para este proceso si:
- Residían en Ucrania inmediatamente antes de la invasión rusa (hasta el 11 de febrero de 2022) y fueron desplazados por la invasión;
- Son ciudadanos ucranianos y poseen un pasaporte ucraniano válido (o es un hijo incluido en un pasaporte de uno de sus padres) o;
- Si no es un ciudadano ucraniano, es un familiar inmediato de un ciudadano ucraniano beneficiario de Unión por Ucrania que tiene un pasaporte válido y viaja con el beneficiario nacional ucraniano;
- Tiene un patrocinador que presentó un Formulario I-134A a nombre suyo que USCIS ha investigado y confirmado como adecuado;
- Pasa las verificaciones de seguridad biográficas y biométricas;
Aviso: Para ser eligible para este proceso, los hijos menores de 18 años deben viajar a un puerto de entrada de Estados Unidos bajo el cuidado y custodia de su padre o tutor legal. Los padres y los hijos menores que no residen en el mismo país antes de viajar aún pueden utilizar este proceso.
El patrocinador debe completar y presentar el Formulario I-134A con USCIS y ser examinado por el gobierno de Estados Unidos para protegerse contra la posible explotación y el abuso, y asegurarse de que puedan sostener financieramente a los ucranianos que está de acuerdo en patrocinar.
Quién No es Elegible para el Permiso de Permanencia Temporal bajo Unión por Ucrania
Los ciudadanos ucranianos que ya están presentes en Estados Unidos no serán considerados para permiso de permanencia temporal (“parole”) bajo Unión por Ucrania. Sin embargo, el Estatus de Protección Temporal puede estar disponible para los ciudadanos ucranianos que están presentes en Estados Unidos. Para más información, vea la página Estatus de Protección Temporal para Ucrania.
Los hijos menores de 18 años que llegan sin un padre o tutor legal no son elegibles para el permiso adelantado de viaje o ser considerados para el permiso de permanencia temporal de acuerdo con Unión por Ucrania. Si un hijo menor de 18 años llega a un puerto de entrada de Estados Unidos y no viaja con su padre o tutor legal puede ser colocado en la custodia del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), según requerido por ley bajo la Ley de Reautorización de Protección de Víctimas de Trata de Personas de 2008 (TVPRA), a fin de proteger al menor de la trata humana y otras formas de explotación. Para más información, visite el sitio web de HHS https://www.acf.hhs.gov/orr/programs/uc.
Los hijos menores de 18 años que no viajan con un padre o tutor legal, pero llegan a Estados Unidos a encontrarse con un padre o tutor legal, pueden solicitar el permiso de permanencia temporal (“parole”) a través del permiso estándar con el Formulario I-131. Bajo el proceso estándar del Formulario I-131 para permiso de permanencia temporal, el menor de 18 años que viaja sin un padre o tutor legal necesita, entre otra evidencia, un permiso escrito de parte de todos los adultos que tienen custodia legal del menor (lo que significa, padres o tutor(es) legal(es) para viajar a Estados Unidos.
La evidencia adicional presentada para acompañar al Formulario I-131 debe incluir:
- La duración de la estadía en Estados Unidos y
- Evidencia de la relación entre el hijo menor de 18 años y el padre o tutor legal que está en Estados Unidos y con el cual se va a reunir.
Si el tutor legal proporciona el permiso escrito, el solicitante debe incluir prueba de la custodia legal emitido por la autoridad gubernamental apropiada. Además, la solicitud debe incluir una declaración acerca de la relación del menor con la persona que presenta el Formulario I-131, y si tiene la intención de proporcionar cuidado y custodia del menor en Estados Unidos o reunir al menor con un padre o tutor legal en Estados Unidos. Para más información, vea nuestra página Permiso de Permanencia Temporal por Razones Humanitarias o de Beneficio Público Significativo, que tiene información sobre los requisitos para solicitar estos permisos para menores.
Se puede solicitar una exención de tarifas cuando presenta un Formulario I-131 para un menor ucraniano según se describe en este párrafo. Para más información sobre cómo solicitar una exención de tarifa, vea nuestra página Formulario I-912.
Vías para Hijos Menores de 18 años Fuera de Estados Unidos que Tienen Padres o Tutores Legales en Estados Unidos.
Si los padres o tutores legales de un hijo menor de 18 años tienen estatus legal en Estados Unidos, están bajo permiso humanitario (incluyendo una persona bajo permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania), o son beneficiarios de Acción Diferida o Salida Forzada Diferida (DED), y los padres o tutores legales tienen documentación o autorización para volver a ingresar a Estados Unidos después de regresar de un viaje fuera de Estados Unidos, pueden ser elegibles para viajar fuera de Estados Unidos para acompañar a su hijo menor de 18 años a Estados Unidos. El hijo menor debe ser de otra manera elegible para ser considerado para el permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania.
Para solicitar consideración bajo Unión por Ucrania, una persona de apoyo debe presentar un Formulario I-134A en nombre del menor de 18 años que busca reunirse con su padre o tutor legal en Estados Unidos. El padre o tutor legal del menor puede presentar el Formulario I-134A en nombre del menor si el padre o tutor legal tiene estatus legal en Estados Unidos, está bajo permiso de permanencia temporal o es beneficiario de acción diferida o DED. Sin embargo, no es necesario que la persona de apoyo que vive en Estados Unidos esté relacionado con el beneficiario para quien presentó el Formulario I-134A.
Después de que hayamos confirmado el Formulario I-134A, el patrocinador debe seguir estos pasos:
- Paso 1: Inicie sesión en su cuenta en línea.
- Paso 2: En la parte superior de la página web, seleccione el menú desplegable “My Account” (Mi cuenta) y seleccione “Inbox” (Bandeja de entrada).
- Paso 3: Haga clic en el botón “New Message”(Nuevo mensaje).
- Paso 4: Para el asunto, seleccione “Other” (Otro) en el menú desplegable y para el número de recibo del caso, seleccione el número de recibo del Formulario I-134A, Solicitud en Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero
- Paso 5: En el campo del mensaje, escriba “U4U Child Reunification” (Reunificación de menores U4U) e indique que se están comunicando con USCIS en nombre de un hijo menor de 18 años que es elegible para Unión por Ucrania y que tiene un padre o tutor legal que puede salir y reingresar a Estados Unidos para acompañar a su hijo para que pueda utilizar el proceso Unión por Ucrania. Además, el patrocinador deberá cargar en su cuenta en línea esta documentación de apoyo:
- Evidencia de la relación parental o custodia legal del niño. (La evidencia puede incluir un certificado de nacimiento del niño y documentos de identidad del padre o tutor legal. En general, la evidencia de custodia legal requiere un proceso legal o administrativo que involucre a los tribunales u otra entidad gubernamental reconocida; un poder notarial o escrito o declaración notariada no es un acuerdo formalmente reconocido.)
- Evidencia de que el padre o tutor legal tiene la documentación o autorización para volver a ingresar a Estados Unidos. Esta documentación puede incluir prueba de ciudadanía estadounidense, residencia permanente legal o un documento de permiso adelantado de viaje (Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida).
- Una declaración firmada que afirme que el padre o tutor legal acompañará al menor de 18 años a Estados Unidos y le proporcionará cuidado y custodia física en Estados Unidos
¿Pueden los futuros padres adoptivos utilizar el proceso estándar de permiso de permanencia temporal para solicitar la autorización de viaje de un niño ucraniano cuya adopción aún no se ha completado?
Los futuros padres adoptivos no pueden utilizar este proceso para traer un niño a Estados Unidos con fines de adopción. Para obtener información sobre adopciones en Ucrania, visite la página de información de adopción de DOS Ucrania.
Quién Puede Patrocinar a un Beneficiario bajo Unión por Ucrania
Los patrocinadores que presentan un Formulario I-134A a nombre de un beneficiario bajo Unión por Ucrania debe tener estatus legal en Estados Unidos o tener un permiso de permanencia temporal (“parolee”) o ser beneficiario de acción diferida o la salida forzosa diferida (DED) y estar dispuestas y ser capaces de recibir, mantener y apoyar al beneficiario indicado en el Formulario I-134A. Ejemplos de estos tipos de apoyo para los beneficios que los patrocinadores deben tener en cuenta al considerar su capacidad para cumplir con este compromiso incluyen:
- Recibir al beneficiario a su llegada a Estados Unidos y asegurar el transporte a la vivienda inicial;
- Garantizar que el beneficiario tenga una vivienda segura y apropiada durante la duración del permiso y las necesidades básicas iniciales;
- Según corresponda, ayudar al beneficiario a completar la documentación necesaria, como la relacionada con la autorización de empleo, la tarjeta de seguro social y los servicios para los que puede ser elegible;
- Garantizar que se satisfagan las necesidades cuidado de salud y necesidades médicas del beneficiario durante la duración del permiso; y
- Ayudar al beneficiario, según corresponda, a tener acceso a educación, aprender inglés y obtener empleo e inscribir a los hijos en la escuela.
Los patrocinadores deben incluir el nombre del beneficiario en el Formulario I-134A. Los patrocinadores no pueden presentar un Formulario I-134A a nombre de un beneficiario que no esté nombrado en el formulario. Un patrocinador podrá comprometerse a apoyar a más de un beneficiario, tales como miembros diferentes de un grupo familiar, pero deben presentar el Formulario I-134A por separado para cada beneficiario.
Se debe presentar al menos un Formulario I-134A por cada beneficiario. Múltiples patrocinadores pueden unirse para apoyar a un beneficiario. En este caso, un patrocinador debe presentar un Formulario I-134A e incluir en la presentación evidencia complementaria que demuestre la identidad y los recursos que proporcionarán los patrocinadores adicionales y adjuntar una declaración que explique la intención de compartir la responsabilidad para apoyar al beneficiario. La capacidad de estos patrocinadores para apoyar a un beneficiario se evaluará colectivamente.
El Formulario I-134A requiere que una persona firme el formulario; las organizaciones no pueden servir como el patrocinador nombrado en un Formulario I-134A. Sin embargo, si una organización u otra entidad proporciona ayuda financiera u otro tipo de servicio al beneficiario con el fin de facilitar el apoyo, esta información debe proporcionarse como parte de la evidencia presentada con el Formulario I-134A y se tendrá en cuenta al determinar la capacidad del patrocinador para apoyar al beneficiario.
No hay una tarifa para presentar un Formulario I-134A.
USCIS apoya el proceso de inmigración de Estados Unidos de muchas maneras, incluida la supervisión del proceso de aprobación para el apoyo financiero de los ciudadanos de los recién llegados a nuestro país. DOS ha colaborado con Welcome.us para proporcionar al pueblo estadounidense y al sector privado información sobre la acogida y el apoyo a las poblaciones recién llegadas. La página Welcome.us Ukraine incluye información para aquellos interesados en aprender más sobre el apoyo a las personas de Ucrania.
Los beneficiarios ucranianos no pueden solicitar directamente el permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania. Un patrocinador primero debe completar y presentar un Formulario I-134A con USCIS a nombre de un beneficiario ucraniano e incluir información sobre ellos y detalles de contacto, como por ejemplo, una dirección de correo electrónico. Si USCIS determina que el Formulario I-134A es adecuado, el beneficiario ucraniano recibirá información de USCIS acerca del próximo paso en el proceso de consideración para autorización de viaje a Estados Unidos y consideración para permiso de permanencia temporal por el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
A partir del 25 de abril de 2022, el proceso principal para los ucranianos que huyen de la invasión de Rusia y buscan obtener el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos es a través de Unión por Ucrania. Este proceso permite a los ucranianos aprobados a viajar a los Estados Unidos, ser considerados para el permiso de permanencia temporal por un período de hasta dos años y ser elegibles para solicitar autorización de empleo mientras están en Estados Unidos. Estados Unidos exhorta a los ucranianos en Europa que buscan viajar a Estados Unidos a completar la solicitud de Europa. A los ucranianos que se presenten en los puertos de entrada terrestres de Estados Unidos sin una visa válida o sin autorización previa para viajar a Estados Unidos a través de Unión por Ucrania se les podría negar la entrada y remitírseles a solicitar a través de este proceso.
Los ucranianos que tienen una solicitud de permiso de permanencia temporal pendiente presentada ante USCIS en el Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida, pero desean ser considerados para el permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania en su lugar deben hacer que su patrocinador presente un Formulario I-134A siguiendo estas instrucciones para ser considerados para el permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania. USCIS proporcionará a los peticionarios que actualmente tienen un Formulario I-131 pendiente para un beneficiario ucraniano un aviso que explique el proceso para consideración del permiso de permanencia temporal bajo Unión por Ucrania y las acciones que deben tomar si desean retirar su Formulario I-131 a la luz del nuevo proceso de Unión por Ucrania.
Después de que un patrocinador presenta el Formulario I-134A con USCIS, revisaremos la solicitud y la evidencia de apoyo para garantizar que el patrocinador tiene los recursos económicos suficientes para patrocinar al beneficiario ucraniano por la duración del periodo de permiso de permanencia temporal y llevaremos a cabo verificaciones de los antecedentes del patrocinador. Determinaremos si el Formulario I-134A es suficiente, y podríamos solicitar evidencia adicional para tomar nuestra determinación. Si el formulario es aprobado, los beneficiarios ucranianos recibirán un mensaje de correo electrónico de parte de USCIS con instrucciones sobre cómo crear una cuenta con myUSCIS y los pasos siguientes. Las personas deben verificar las bandejas de su buzón de correo electrónico, incluidas las de correo chatarra, para mensajes importantes de USCIS.
Si el Formulario I-134A es Suficiente
Si confirmamos que el Formulario I-134A es suficiente, el beneficiario ucraniano recibirá un correo electrónico de USCIS con instrucciones sobre cómo configurar una cuenta con myUSCIS y otros pasos siguientes. El beneficiario ucraniano deberá confirmar su información biográfica en myUSCIS y dar fe de la finalización de todos los requisitos, incluyendo:
- Una declaración para certificar que comprende los requisitos de relación familiar para niños menores de 18 años para Unión por Ucrania; y
- Una declaración de que ha completado los requisitos de vacunación o es elegible para una excepción a los requisitos de vacunas para el sarampión, la poliomielitis, y la primera dosis de una vacuna COVID-19 aprobada o autorizada por la FDA o una vacuna COVID-19 listada para uso de emergencia (EUL) de la OMS.
A su llegada a Estados Unidos, el beneficiario deberá certificar haber recibido un examen médico para la tuberculosis, incluida una prueba de detección de interferón gamma (IGRA), dentro de los 90 días.
Puede encontrar más información sobre los requisitos de la vacuna en la vista previa de la página de certificación de la vacuna (en inglés).
Si el Formulario I-134A no Está Completo
Si no podemos confirmar que el Formulario I-134A está completado, esa decisión es definitiva. El beneficiario ucraniano recibirá un correo electrónico de USCIS notificándoles que se determinó que el Formulario I-134A presentado en su nombre no está completo. El beneficiario ucraniano no será considerado para el permiso de permanencia temporal bajo Unidos por Ucrania base del Formulario I-134A que no ha sido completado. Sin embargo, el patrocinador puede presentar un nuevo Formulario I-134 nombre del mismo u otro beneficiario ucraniano, o un patrocinador diferente puede presentar un Formulario I-134A en nombre del beneficiario.
Autorización para Viajar a Estados Unidos
Una vez que el beneficiario ucraniano haya confirmado su información biográfica y haya certificado haber completado todos los demás requisitos, su caso será procesado. Los ucranianos recibirán un correo electrónico indicándoles que verifiquen su cuenta myUSCIS para conocer el resultado de su autorización para viajar. Si la persona ha sido autorizada a viajar a Estados Unidos para solicitar el permiso de permanencia temporal de conformidad con el proceso de Unión por Ucrania, será responsable de organizar y financiar su propio viaje. Esta autorización es válida por un período de 90 días.
Si ya solicitó el permiso de permanencia temporal a nombre de un beneficiario que es ciudadano ucraniano, y su Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida, está pendiente con USCIS, le enviaremos un aviso explicando que es elegible para volver a solicitar a través de Unión por Ucrania.
Beneficios de solicitar a través de Unión por Ucrania
- No hay tarifa para solicitar el permiso de permanencia temporal a través de Unión por Ucrania. Si anteriormente pagó la tarifa de procesamiento de su Formulario I-131, aunque las tarifas pagadas a USCIS generalmente no son reembolsables, le reembolsaremos las tarifas pagadas en esta circunstancia.
- Unión por Ucrania puede ayudar a los beneficiarios a recibir refugio seguro temporal en Estados Unidos más rápidamente. Debido a un aumento de solicitudes, nuestros tiempos de procesamiento para el Formulario I-131 de permiso humanitario son significativamente más largos de lo habitual.
Cómo solicitar a través de Unión por Ucrania si ya tiene un Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida, pendiente
Si ya presentó un Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida, para el permiso humanitario de permanencia temporal en nombre de un ucraniano que se encuentra fuera de los Estados Unidos, puede retirar su Formulario I-131 pendiente o dejar su Formulario I-131 pendiente con USCIS. Si retira su Formulario I-131, ello no tendrá ningún impacto sobre si puede presentar un Formulario I-134A a nombre de la misma persona bajo Unión por Ucrania.
- Si elige retirar su Formulario I-131 pendiente, recibirá un reembolso de la tarifa.
- Si decide dejar su Formulario I-131 pendiente, retendremos la tarifa y la adjudicaremos en el futuro.
- Si desea brindar apoyo a un beneficiario ucraniano bajo el proceso de Unión por Ucrania, debe presentar un nuevo Formulario I-134A, Solicitud en Línea para Convertirse En Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, incluso si ya presentó un Formulario I-134 anterior con su Formulario I-131 pendiente.
Autorización de Empleo
A partir del 21 de noviembre de 2022, los beneficiarios con permiso de permanencia en Estados Unidos en virtud de Unión por Ucrania tienen autorización de empleo incidental al permiso humanitario. Esto significa que, si está con permiso temporal en Estados Unidos bajo Unión por Ucrania en o antes del 30 de septiembre de 2024, USCIS no necesita que se apruebe su solicitud de autorización de empleo antes de que pueda trabajar en Estados Unidos. Su Formulario I-94 vigente, Registro de Entrada/Salida, con una clase de admisión (COA) de "UHP, o con un COA “DT” y Ucrania como el país de ciudadanía, es un recibo aceptable de la Lista A que muestra su identidad y autorización de empleo relacionada al Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo.
Dentro de 90 días posteriores a la contratación (o en el caso de una nueva verificación, la fecha de vencimiento de la autorización de empleo), debe proporcionarle a su empleador:
- Su Formulario I-765 vigente, Solicitud de Autorización de Empleo (EAD); o
- Su tarjeta de Seguro Social sin restricciones y un documento de identidad de la Lista B de las Listas de Documentos Aceptables del Formulario I-9. (Nota: una tarjeta del Seguro Social que no contenga restricciones de empleo no está disponible para las personas que no estén admitidas en Estados Unidos de forma permanente por lo que no estará disponible para las personas con permiso de permanencia temporal. Consulte la página web Tipos de Tarjetas del Seguro Social de la Administración del Seguro Social.
Las personas que recibieron su Formulario I-94 en el momento de su permiso de ingreso en Estados Unidos deben visitar el sitio web del Formulario I-94 de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de EE. UU. para ver e imprimir una copia de su Formulario I-94.
Para obtener más información, consulte Derechos y Recursos de los Empleados en Central I-9.
Exención de Tarifas para EAD Iniciales y de Reemplazo
A partir del 21 de noviembre de 2022, USCIS está exento de la tarifa para presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para EAD iniciales o de reemplazo para personas con permiso de permanencia en Estados Unidos bajo Unión por Ucrania. Para solicitar una autorización de empleo discrecional, debe enviar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, utilizando el código de categoría (c)(11). No necesita pagar una tarifa de presentación para su EAD inicial. A partir del 28 de noviembre de 2022, puede presentar su Formulario I-765 exento de tarifas en línea.
Para obtener la exención de tarifas al presentar el Formulario I-765 en línea para solicitar un EAD inicial:
- En la base de la sección de elegibilidad, proporcione su "categoría de elegibilidad";
- Para la categoría bajo la cual está solicitando, seleccione “c(11) Ukraine Parole” (Permiso Humanitario de Ucrania) del menú desplegable;
- Seleccione el motivo de su solicitud como “Initial permission to accept employment”; y
- Revise y envíe su solicitud para recibir una tarifa de $0.
Para obtener la exención de tarifas al enviar por correo un Formulario I-765 impreso a USCIS para solicitar un EAD inicial o de reemplazo:
- Seleccione “Initial permission to accept employment” (Permiso inicial para aceptar empleo) (Parte 1, Pregunta 1.a.);
- Ingrese Ukraine” (Ucrania) en:
- País de ciudadanía (Parte 2, Preguntas 18.a. y 18.b.), y/o
- País de nacimiento (Parte 2, Pregunta 19.c.);
- Ingrese “C11” en la Categoría de Elegibilidad (Parte 2, Pregunta 27); y
- No envíe ningún pago.
Aviso: Los que cualifiquen para la exención de tarifas deben presentar el Formulario I-765 con matasellos del 21 de noviembre de 2022 o presentado en línea a partir del 5 de diciembre de 2022.
Exhortamos a las personas con permiso humanitario a presentar el Formulario I-765 en línea. Para presentar el Formulario I-765 en línea, los solicitantes elegibles deben primero visitar my.uscis.gov para crear una cuenta de USCIS en línea. Crear una cuenta en línea no tiene costo, y ofrece una variedad de herramientas, incluida la capacidad de comunicarse con USCIS sobre su solicitud a través de una bandeja de entrada segura.
Cómo Obtener un Número y Tarjeta de Seguro Social
Usted debe tener un Número de Seguro Social (SSN) en su nombre debidamente asignado por la Administración del Seguro Social (SSA) para trabajar en Estados Unidos de modo que se puedan informar sus salarios y determinar la elegibilidad para los beneficios del Seguro Social. Le recomendamos que solicite un (SSN) por medio del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, y según las instrucciones del formulario. Si solicita un SSN en la Parte 2 (Ítems 13a-17.b) de su Formulario I-765 y se aprueba su solicitud, USCIS transmitirá electrónicamente esos datos a SSA, la cual le asignará un SSN y emitirá una tarjeta de Seguro Social. SSA enviará por correo su tarjeta de Seguro Social directamente a la dirección que proporcionó en el Formulario I-765.
Si no solicita un SSN en su Formulario I-765, puede solicitar un SSN según las instrucciones en la página web Número y Tarjeta de Seguro Social de la SSA.
Actualización de su Dirección
Si reside en Estados Unidos por más de 30 días, debe informar su dirección física en Estados Unidos. Puede cambiar su dirección en línea y actualizar su dirección en cualquier solicitud y petición pendiente al mismo tiempo por medio del sistema de cambio de dirección en línea de USCIS. Debe informar un cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a su mudanza a otro lugar de residencia física dentro de Estados Unidos o sus territorios.
El método anterior para cambiar su dirección actualizará la dirección registrada en USCIS para las peticiones o solicitudes pendientes para las que incluya números de recibo en el formulario.
Es importante incluir el número de recibo de cualquier caso pendiente con USCIS con su solicitud de cambio de dirección, para que podamos actualizar la dirección asociada con esos casos. Enviaremos documentos seguros a la dirección registrada, por lo que es importante incluir números de recibo de todos los casos pendientes. Puede encontrar el número de recibo en la Notificación de Recibo (Formulario I-797C) que emitimos después de que presentó su solicitud o petición. Enviamos notificaciones de recibo a la dirección registrada en la solicitud o petición.
Cancelación del Permiso
Si ya obtuvo el permiso en Estados Unidos, su permiso puede cancelarse automáticamente si:
- Usted sale de Estados Unidos; o
- Su período de permiso expira.
El Departamento de Seguridad Nacional también puede decidir cancelar su permiso de ingreso por otros motivos, como violar cualquier ley de Estados Unidos. Se espera que las personas que tienen un permiso de permanencia temporal vencido salgan del país por su propia voluntad. Las personas que sean encontradas en Estados Unidos después que haya vencido su permiso de permanencia temporal podrían ser referidas al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE) para procedimientos de inmigración.
Salir de Estados Unidos
Una autorización de viaje proporcionada a un beneficiario puede presentarse solo una vez para viajar a Estados Unidos para solicitar el permiso de permanencia temporal en el puerto de entrada de Estados Unidos. Si el beneficiario sale de Estados Unidos, su permiso de permanencia temporal terminará cuando salga. Si una persona con permiso de permanencia temporal quiere viajar al exterior y luego regresar a Estados Unidos como tal, debe solicitar un Documento de Viaje Adelantado mediante el Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida, antes de viajar al extranjero. Para obtener información sobre cómo solicitar un documento viaje adelantado mientras está en Estados Unidos, consulte la página del Formulario I-131.
A partir del 27 de febrero de 2024, aceptaremos y consideraremos, caso por caso, solicitudes de renovación del permiso de permanencia temporal de ciertos ucranianos y sus familiares directos que obtuvieron el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos a partir en o después del 11 de febrero de 2022. Puede encontrar la fecha en que obtuvo el permiso de permanencia temporal en su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, emitido por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos.
Para demostrar la elegibilidad para la renovación del permiso de permanencia temporal bajo este proceso, usted debe demostrar lo siguiente:
Que usted es un ciudadano ucraniano o familiar inmediato que recibió un permiso de permanencia temporal en Estados Unidos en o después del 11 de febrero de 2022;
Demostrar que existe una razón humanitaria urgente o un beneficio público significativo para un período adicional de permiso de permanencia temporal, incluyendo las razones humanitarias urgentes o factores de beneficio público significativo identificadas arriba, así como factores adicionales;
Garantizar que amerita un ejercicio favorable de la discreción procesal;
Estar físicamente presente en Estados Unidos;
Permanecer en un período actual de permiso de permanencia temporal y continuar cumpliendo con las condiciones del permiso de permanencia temporal inicial ; y
Cumple con las verificaciones claras de antecedentes biográficos y biométricos.
Para obtener más información, consulte nuestra página web Proceso de Renovación del Permiso de Permanencia Temporal (“Re-Parole”) para Ciertos Ucranianos y sus Familiares Inmediatos.
Beneficiarios
Si un beneficiario confirmado de un Formulario I-134A, Solicitud en Línea para Convertirse En Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, necesita corregir la información proporcionada al patrocinador que completó el Formulario I-134A, el beneficiario debe enviar un mensaje seguro a USCIS por medio de su cuenta de USCIS en línea. Si el beneficiario tiene un problema con el acceso a la cuenta en línea o necesita restablecer la contraseña, debe usar nuestro formulario de ayuda en línea. Para consultas sobre el estatus de un Formulario I-134A, los beneficiarios pueden enviar un mensaje seguro desde su cuenta de USCIS o llamar al Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283 (TTY 800-767-1833). El número para los que están fuera de Estados Unidos es 212-620-3418.
Patrocinadores
Para consultar sobre el estatus de un Formulario I-134A enviado o hacer una corrección a un Formulario I-134A enviado, los patrocinadores deben enviar un mensaje seguro desde su cuenta de USCIS en línea.
Para obtener más información, consulte la sección Cómo Contactar a USCIS acerca del Formulario I-134A en la página de Preguntas Frecuentes de Unión por Ucrania.
Hay muchas formas de abuso y explotación, incluida la violencia doméstica, el matrimonio forzado y la trata de personas. En Estados Unidos, existen leyes que pueden ayudarlo a evitar o escapar de una situación de abuso.
- La violencia doméstica es un patrón de comportamiento en una relación que se usa para ganar o mantener poder y control sobre una pareja íntima, padre o hijo. El abuso doméstico puede implicar amenazas o abuso físico, sexual, emocional, financiero o psicológico.
- El matrimonio forzado es un matrimonio que tiene lugar sin el consentimiento de una o ambas personas en el matrimonio. Consentimiento significa que ha dado su acuerdo completo, libre e informado para casarse con su futuro cónyuge y el momento del matrimonio. El matrimonio forzado puede ocurrir cuando los miembros de la familia u otras personas utilizan el abuso físico o emocional, las amenazas o el engaño para obligarlo a casarse sin su consentimiento. Para obtener información adicional sobre el matrimonio forzado, visite la página web de matrimonio forzado.
- La trata de personas implica explotar a alguien para forzar un acto sexual comercial o trabajo forzado. Generalmente, esta explotación debe involucrar fuerza, fraude o coerción para ser considerada trata de personas. Sin embargo, si alguien menor de 18 años es inducido a realizar un acto sexual comercial, eso se considera trata de personas, incluso si no hay fuerza, fraude o coerción.
Si ha sido víctima de matrimonio forzado, violencia doméstica, trata de personas u otro abuso, comuníquese con los recursos a continuación para recibir ayuda gratuita en su idioma:
- Línea Directa Nacional de Violencia Doméstica: 800-799-7233, 800-787-3224 (TTY), www.ndvh.org
- Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados: 800-843-5678, www.missingkids.com
- Centro Nacional para Víctimas de Delitos: 800-394-2255, 800-211-7996 (TTY), www.victimsofcrime.org
- Línea Directa Nacional de Trata de Personas: 888-373-7888, Texto: 233733
No queremos que se convierta en víctima de una estafa de inmigración. Si necesita asesoramiento legal en asuntos de inmigración, asegúrese de que la persona que lo ayude esté autorizada para brindar asesoramiento legal. Solo un abogado o representante acreditado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia puede brindarle asesoramiento legal. Visite la página Evite Estafas para obtener información y recursos.